BOLETÍN Nº 13 - 21 de enero de 2014

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ULTZAMA

Calendario laboral para el ejercicio 2014

El pleno del Ayuntamiento de Ultzama, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 2013, aprobó el calendario de días festivos entre semana durante el año 2014 para el personal al servicio del Ayuntamiento del Valle de Ultzama, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2014, las siguientes:

–1 de enero, miércoles, Fiesta de Año Nuevo.

–6 de enero, lunes, a la Festividad de la Epifanía del Señor (Reyes Magos).

–17 de enero, viernes: Festividad de San Antón.

–19 de marzo, miércoles, Festividad de San José Obrero.

–17 de abril: Jueves Santo.

–18 de abril: Viernes Santo.

–21 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo, jueves, Fiesta del Trabajo.

–1 de agosto, viernes, Fiestas de Larraintzar, 3 horas.

–15 de agosto, viernes, Festividad de la Asunción de la Virgen.

–1 de noviembre, sábado, Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre, miércoles, Festividad San Francisco Javier, (Día de Navarra).

–6 de diciembre, sábado, Día de la Constitución.

–8 de diciembre, lunes, Fiesta de la Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre, jueves, Natividad del Señor.

Además, se establecen 4 días más de fiesta por fiestas patronales, a elegir cada trabajador, con el condicionante de que no se cierre el Ayuntamiento al público.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2014, todos los domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Ultzama, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 15 minutos, de lunes a viernes de 8:00 a 15:15 horas.

B) El horario de atención al público y de apertura del Registro General queda establecido de 9:30 horas a 14:30 horas.

C) El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos y dejar únicamente siete días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Quedan pendientes del disfrute por parte de los trabajadores, elegir 3 días de asuntos propios, solicitados y justificados previamente al Señor Alcalde con la antelación suficiente.

D) La distribución de la jornada de trabajo señalada en el anterior apartado A), no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial, ni al personal adscrito al Centro Escolar, que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico, el cual deberá respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter anual.

Se hace la salvedad de que en todo caso la duración de la jornada anual quedará condicionada a la que se establezca definitivamente para el año 2014 con carácter general para las Administraciones Públicas de Navarra. A tal efecto y en el caso de existir alguna variación se realizarán los ajustes necesarios.

Larraintzar, Valle de Ultzama, 4 de diciembre de 2013.–El Alcalde, Francisco Javier Tornaría Iguelz.

Código del anuncio: L1317387