BOLETÍN Nº 95 - 21 de mayo de 2013

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

PAMPLONA

Requerimiento de legalización de obras en vivienda

La Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 27 de diciembre de 2012, adoptó la siguiente resolución:

RUV 27-DIC-12 (19/UV).

“Vistas las actuaciones practicadas con relación al expediente de Disciplina Urbanística número 2012/0156, incoado a don José Fermín Moreno Diego y don Yago Moreno, como consecuencia de la ejecución de determinadas obras en vivienda situada en el piso 4.º derecha del número 24-26 de la calle San Nicolás sin autorización municipal, así constatado en visita de inspección de fecha 26 de enero de 2012, y propugnando el informe técnico de 29 de mayo de 2012 su regularización si no fueran contrarias al ordenamiento vigente y, no figurando en este Área de Urbanismo y Vivienda la existencia de la oportuna licencia que las legitime, he resuelto:

1.–Requerir a don José Fermín Moreno Diego y don Yago Moreno, en tanto promotores, la legalización de las obras realizadas en vivienda situada en el piso 4.º derecha del número 24-26 de la calle San Nicolás, solicitando ante este Ayuntamiento en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al recibo de la presente resolución la pertinente licencia de obra, acompañada de proyecto suscrito por técnico competente que refleje el estado previo y defina la totalidad de las obras, ejecutadas y pendientes de ejecutar, describiendo claramente su objeto y fin y justificando su no afección a la estructura general del edificio, todo ello al amparo de lo dispuesto en los artículos 200, 199.b) y 189 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

2.–En el caso de que la mencionada legalización se denegase o ésta no se haya instado en el plazo concedido al efecto, este Ayuntamiento puede ordenar la reposición de la realidad física alterada restaurando el orden urbanístico infringido, e intimar al obligado, mediante la imposición de multas coercitivas, a ejecutar las medidas de restablecimiento, multas que podrán ser hasta doce sucesivas e imponerse por períodos de un mes y en cuantía de 600 a 6.000 euros, a tenor de lo establecido en el artículo 204 apartados 1.b), 1.c) y 3, párrafo segundo, de la Ley Foral 35/2002, en relación con los artículos 95, 96.1.c) y 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.–Conceder a los interesados un plazo de quince días, en virtud del artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contado a partir del siguiente a la notificación de la presente resolución, al efecto de que alegue y/o aporte las pruebas que considere oportunas en defensa de su derecho.”

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 14 de mayo de 2013.–El Alcalde, Enrique Maya Miranda.

Código del anuncio: L1307057