BOLETÍN Nº 95 - 21 de mayo de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BARAÑÁIN

Convocatoria para la provisión mediante oposición
de dos vacantes del puesto de trabajo de Oficial Administrativo con conocimiento de euskera

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada en fecha 22 de abril de 2013, se aprobaron las bases de la convocatoria para la provisión mediante oposición de dos vacantes del puesto de trabajo de Oficial Administrativo con conocimiento de euskera del Ayuntamiento de Barañáin que se publican a continuación.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Barañáin, 23 de abril de 2013.–El Alcalde-Presidente, José Antonio Mendive Rodríguez.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE OPOSICIÓN DE 2 PLAZAS VACANTES DE OFICIAL ADMINISTRATIVO (NIVEL C) CON CONOCIMIENTO DE EUSKERA, AL SERVICIO DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE BARAÑAIN

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, de las siguientes plazas vacantes de la plantilla del puesto de trabajo de Oficial Administrativo con conocimiento de euskera al servicio del M.I. Ayuntamiento de Barañáin, incluidas en la Oferta Pública de Empleo de 2011:

–Plaza 1.3 Secretario/a de Actas, adscrita al Área de Secretaría, régimen funcionarial, Nivel C, Idioma C1 (preceptividad euskera).

–Plaza 8.4 adscrita al Área de Euskera, régimen funcionarial, Nivel C, Idioma C1 (preceptividad euskera).

De las plazas convocadas, se asignará una al turno libre y otra al turno de promoción, conforme a la fórmula establecida en el artículo 15.3 del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

1.2. Si la vacante del turno de promoción quedase desierta por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumulará a la de turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo a la puntuación final obtenida.

1.3. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel C en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen en cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación y que figuren en la correspondiente Plantilla Orgánica.

1.4. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria, constituir con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso las siguientes relaciones de aspirantes a la provisión temporal del puesto trabajo de Oficial Administrativo con perfil lingüístico C1, de conformidad con las necesidades que se produzcan en el servicio:

a) Lista de aprobados sin plaza en el procedimiento selectivo de ingreso.

b) Lista de aspirantes constituidas con aquellos que no hubieran superado todos los ejercicios del procedimiento selectivo de ingreso, pero sí hayan superado los dos primeros.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Tener la nacionalidad española, nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea o de Estado incluido en el ámbito de aplicación de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores/as. También podrán participar el cónyuge (o pareja de hecho legalmente constituida) de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge (o pareja de hecho legalmente constituida), cuando no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo (resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención) en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de sus funciones públicas y no haber sido separado del servicio o despedido disciplinariamente de una Administración Pública.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la Función Pública.

f) Poseer conocimiento de euskera a nivel C1. Ello se podrá acreditar mediante la prueba realizada al efecto por el Instituto Navarro de Administración Pública, o mediante la presentación, adjunta a la solicitud, de la documentación que acredite estar en posesión del conocimiento requerido. A estos efectos, el régimen de convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan los conocimientos de vascuence, será el establecido normativamente para su utilización en las convocatorias de ingreso y provisión de puestos de trabajo de la Administraciones Públicas de Navarra, vigente en el momento de la publicación de la presente convocatoria.

Los aspirantes que deseen hacer la prueba del conocimiento del vascuence deberán indicarlo en la instancia general de solicitud de participación en la convocatoria. Esta prueba se realizará con anterioridad a la fase de oposición.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto de trabajo desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las administraciones públicas a excepción de los miembros de los cuerpos de policía de Navarra que deberán haber prestado efectivamente servicios durante ocho años en el correspondiente cuerpo.

Asimismo, los aspirantes al turno de promoción podrán suplir la carencia de posesión de titulación exigida en la presente convocatoria por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las administraciones públicas.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes propuestos para el nombramiento en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la presente convocatoria, a excepción de lo dispuesto en la Base 3.ª, y deberán ostentarse en el momento de la finalización del plazo de presentación de instancias de participación, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Barañáin sito en la Plaza Consistorial s/n de Barañáin (Oficina de atención ciudadana en horario de 8:30 a 14:00 horas) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Si el último día de plazo fuera inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I de la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. El modelo de instancia se facilitará en el Registro General del Ayuntamiento de Barañáin, pudiendo también obtenerse a través de Internet, en la dirección www.baranain.es.

3.2. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno.–Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

Dos.–Fotocopia compulsada de la titulación exigida.

Tres.–Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal laboral fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta del M.I. Ayuntamiento de Barañáin, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

Cuatro.–Justificante de haber abonado la cantidad de 9,40 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.4. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el señor Alcalde del Ayuntamiento de Barañáin dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficia de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de las reclamaciones y una vez resueltas estas, el señor Alcalde del Ayuntamiento de Barañáin dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: don Jose Antonio Mendive Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barañáin.

–Suplente: doña María Lecumberri Bonilla, Concejala del Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Barañáin.

–Vocal 1: doña Ana Diez de Ure Eraúl, Técnica de Cultura del Ayuntamiento de Barañáin y Delegada sindical de los funcionarios del Ayuntamiento de Barañáin.

–Suplente: don David Villagómez Martínez, Policía Municipal de Barañáin y Delegado sindical de los funcionarios del Ayuntamiento de Barañáin.

–Vocal 2: don Luis Marcelo Los Arcos Pérez, Técnico de grado medio de euskera del Instituto Navarro de Administración Pública.

–Suplente: don Fernando Oiartzun Sagastibeltza, Técnico de grado medio de euskera del Instituto Navarro de Administración Pública.

–Vocal 3: doña María Jesús Eugui Iráizoz, Oficial Administrativa de la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

–Suplente: doña Mercedes Melero Echauri, Oficial Administrativa de la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

–Vocal-Secretario: doña María José Azpíroz Zabaleta, oficial administrativo del Área de Secretaría del Ayuntamiento de Barañáin.

–Suplente: don Guillermo Ruano Ampudia, oficial administrativo del Área de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Barañáin.

5.2. El Tribunal se constituirá con anterioridad a las pruebas selectivas.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en la fecha que señale el Tribunal calificador, estando previsto que sea en el próximo mes de septiembre de 2013. En el mismo acto aprobatorio de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal calificador publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las pruebas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Barañáin y en Internet, en la dirección www.barañain.es.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

–Primer ejercicio: de carácter teórico-práctico, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas teórico-prácticas acerca de las materias del temario anexo, con tres alternativas de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida. Cada respuesta válida se valorará con un punto y las respuestas contestadas erróneamente, tendrán una penalización cifrada en el 0,25 de la valoración de cada una de las preguntas. La valoración individual de todas las preguntas será idéntica. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será de tres horas.

–Segundo ejercicio: de carácter práctico, consistirá en la redacción de dos documentos, ambos en castellano y en euskera, siguiendo las indicaciones precisas del Tribunal. La duración máxima del ejercicio será de dos horas.

–Tercer ejercicio: prueba informática, en la que serán de aplicación los programas Word y Excel.

–Cuarto ejercicio: se efectuarán pruebas psicotécnicas en las que se valorará la adecuación de los aspirantes a las plazas convocadas y será valorado objetivamente por el personal del Instituto Navarro de Administración Pública.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 120 puntos, distribuidos del siguiente modo:

–Primer ejercicio: hasta 50 puntos.

–Segundo ejercicio: hasta 40 puntos.

–Tercer ejercicio: hasta 20 puntos.

–Cuarto ejercicio: hasta 10 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a los ejercicios.

6.5. Los ejercicios se llevarán a cabo por el sistema de plicas a excepción, dadas sus características, del cuarto ejercicio.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Barañáin, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.barañain.es.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

7.–Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Barañáin la relación de aprobados con las calificaciones totales obtenidas y elevará a Junta de Gobierno Local, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento a favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada también a través de Internet en la dirección www.barañain.es.

Los empates que se produzcan, se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio de la oposición. De persistir el empate, se tomará en consideración la puntuación obtenida en el segundo ejercicio y tercer ejercicio, por este orden y, en caso de no resolverse éste, se realizará un sorteo público a los efectos oportunos.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar los siguientes documentos:

a) Una fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Certificado médico oficial de que la persona interesada no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el desarrollo de las funciones propias del cargo.

c) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública o despedido disciplinariamente de la misma.

d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento de Barañáin cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente después en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, con constituyendo acreditación de requisitos y condiciones precisos para ser nombrado para el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, sea requerida por el Ayuntamiento de Barañáin para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en esta convocatoria.

8.–Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto señale el Ayuntamiento de Barañáin, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán preferencia en la elección de vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de dicho turno.

9.–Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local se procederá al nombramiento de funcionarios del M.I. Ayuntamiento de Barañáin para desempeñar el puesto de trabajo de Oficial Administrativo y se adjudicarán las vacantes a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia de personal funcionario al servicio del Ayuntamiento de Barañáin y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse acogidos al correspondiente régimen de derechos pasivos, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Barañáin. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la presente convocatoria.

9.5. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente conforme a lo dispuesto en el apartado 7.4. de la presente convocatoria.

9.6. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores, no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.–Relaciones de aspirantes a la provisión temporal.

10.1. Las relaciones de aspirantes a la provisión temporal de plazas de Oficial Administrativo previstas en la base 1, apartado 4, que resulten del proceso de selección, serán objeto de publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Barañáin, pudiendo, no obstante, ser consultadas en Internet, en la dirección www.barañain.es.

10.2. El orden de prelación de las personas incluidas en tales relaciones de aspirantes a la provisión temporal de puestos de Oficial Administrativo vendrá determinado por la puntuación obtenida.

11.–Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano convocante, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal Calificador, podrá interponerse:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto objeto de impugnación, en el plazo de un mes a partir del siguiente al de su publicación o notificación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de los Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de publicación o notificación del acuerdo o acto que se recurra.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación o notificación del acuerdo o acto de aplicación que se recurra.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ................ mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ........ (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ..... de ....... de ....., natural de ........... (.......), nacionalidad ......, con domicilio actual en ......... (.......) calle ............. código postal ....... teléfono ........ teléfono trabajo ......

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de dos plazas del puesto de trabajo, en régimen funcionarial y nivel C, de Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Barañáin, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número ...., de fecha .......en el turno que se indica (marcar lo que proceda):

–Turno libre.

–Turno restringido.

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas, de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a ni despedido disciplinariamente del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Que a efectos de acreditar el conocimiento de euskera a nivel C1 (marcar lo que proceda):

–Adjunta a la presente instancia copia autentificada de la documentación que acredita estar en posesión del conocimiento de euskera a nivel C1.

–Solicita la realización de la prueba acreditativa del conocimiento de euskera a nivel C1.

Que adjunta a la presente instancia certificado que le habilita para participar en el turno restringido. (Tachar si no procede).

Que autoriza al Tribunal a acceder a su número de teléfono móvil para ser advertido mediante mensaje, del lugar, fecha y hora en que se celebrarán las sucesivas pruebas selectivas.

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Barañáin, ......... de ....... de 2013
(Firma)

ANEXO II

Temario

Tema 1.–La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial en la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2.–Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Amejoramiento del Régimen Foral: Instituciones Forales de Navarra: el Parlamento o Cortes de Navarra. El Gobierno de Navarra o Diputación Foral.

Tema 3.–Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre. Del Vascuence.

Tema 4.–Ordenanza reguladora del uso y fomento del euskera en el ámbito municipal de Barañáin.

Tema 5.–Las fuentes del Derecho Administrativo: Las leyes, sus clases. El reglamento y la potestad reglamentaria.

Tema 6.–El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 7.–El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 8.–Documentos administrativos: el oficio, la instancia, el certificado, el acta, la circular, el traslado de acuerdos.

Tema 9.–El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 10.–El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 11.–Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el procedimiento de responsabilidad de las Administraciones Públicas: Capítulo I: Ámbito de aplicación. Capítulo II: Procedimiento General.

Tema 12.–Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto por el que aprueba el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Tema 13.–Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local: Título II: El Municipio: Capítulo Primero: Territorio y Población. Capítulo II: Organización. Título V: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales: Capítulo Primero: Régimen de funcionamiento. Capítulo IV: Información y participación ciudadanas.

Tema 14.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Título I: El Municipio como Entidad Local de Navarra. Título III: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y participación ciudadanas. Título IX: El procedimiento y régimen jurídico, impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales de Navarra: En particular, el recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre).

Tema 15.–Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales: Título III: Funcionamiento de los órganos necesarios de los Entes Locales Territoriales. Título IV: Organización complementaria de los Entes Locales Territoriales.

Tema 16.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: Título I: Recursos de las Haciendas Locales de Navarra: Capítulo I: Clases de recursos. Capítulo II: Disposiciones comunes a todas las exacciones. Capítulo IV: Sección 7.ª: Tasas.

Tema 17.–Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Título Preliminar, Capítulo 2.º: Disposiciones comunes a las subvenciones públicas. Título I: Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Título II: El reintegro de las subvenciones. Título IV: Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.

Tema 18.–Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Planeamiento municipal, tipos de Planes. Título V: Intervención administrativa en la edificación y usos del suelo y disciplina urbanística, licencias urbanísticas.

Tema 19.–Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos (II): Los contratos de las Administraciones Públicas: Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato. Pliegos de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas particulares.

Tema 20.–Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos (III): Procedimientos de adjudicación. Normas de publicidad y plazos. Adjudicación, perfección y formalización.

Tema 21.–Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra: Utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público y de los bienes patrimoniales.

Tema 22.–El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 23.–El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 24.–Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Título Preliminar: Del ámbito de aplicación y los principios generales. Título Primero: Derechos de los ciudadanos a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos.

Código del anuncio: L1306083