6. Otros anuncios
6.1. Edictos de notificación
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR
Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación
Notificación para: Doña Nieves Altagracia Florentino Merino.
Acto que se notifica: Providencia de 21 de marzo de 2013.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 21 de marzo de 2013, dictada en el recurso de alzada número 13-00937, interpuesto por doña Nieves Altagracia Florentino Merino, contra resolución de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 31 de diciembre de 2012 (23/SC), desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución de la propia Concejalía de fecha 28 de agosto de 2012, sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
“En la ciudad de Pamplona, a veintiuno de marzo de 2013.
Por recibido el recurso de alzada número 13-00937, interpuesto por doña Nieves Altagracia Florentino Merino contra resolución de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 31 de diciembre de 2012 (23/SC), desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución de la propia Concejalía de fecha 28 de agosto de 2012, sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.
Observada la omisión padecida, pues el escrito de recurso aparece firmado por orden, se requiere a doña Nieves Altagracia Florentino Merino a fin de que, en plazo de diez días hábiles, (los sábados tienen la consideración de días hábiles) que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:
–Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece firmado por orden) o bien remita a este Tribunal fotocopia del referido escrito de recurso debidamente firmado, así como fotocopia de su D.N.I. al objeto de cotejar las firmas de ambos documentos.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.”
Pamplona, 9 de abril de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña Nieves Altagracia Florentino Merino.
Acto que se notifica: Providencia de 21 de marzo de 2013.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 21 de marzo de 2013, dictada en el recurso de alzada número 13-00938, interpuesto por doña Nieves Altagracia Florentino Merino, contra resolución de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 31 de diciembre de 2012 (22/SC), desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución de la propia Concejalía de fecha 28 de agosto de 2012, sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
“En la ciudad de Pamplona, a veintiuno de marzo de 2013.
Por recibido el recurso de alzada número 13-00938, interpuesto por doña Nieves Altagracia Florentino Merino contra resolución de la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 31 de diciembre de 2012 (22/SC), desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución de la propia Concejalía de fecha 28 de agosto de 2012, sobre sanción por incumplimiento del horario de cierre establecido.
Observada la omisión padecida, pues el escrito de recurso aparece firmado por orden, se requiere a doña Nieves Altagracia Florentino Merino a fin de que, en plazo de diez días hábiles, (los sábados tienen la consideración de días hábiles) que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:
–Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece firmado por orden) o bien remita a este Tribunal fotocopia del referido escrito de recurso debidamente firmado, así como fotocopia de su D.N.I. al objeto de cotejar las firmas de ambos documentos.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.”
Pamplona, 9 de abril de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Gotzon Revilla Álvarez.
Acto que se notifica: Providencia de 8 de marzo de 2013.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 8 de marzo de 2013, dictada en el recurso de alzada número 13-01167, interpuesto por don Gotzon Revilla Álvarez, contra resolución de la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 11 de diciembre de 2012, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio (expediente municipal número 8791/12), sobre reclamación en vía ejecutiva por importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
“En la ciudad de Pamplona, a ocho de marzo de 2013.
Por recibido el recurso de alzada número 13-01167, interpuesto por don Gotzon Revilla Álvarez contra resolución de la Directora de Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 11 de diciembre de 2012, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio (expediente municipal número 8791/12), sobre reclamación en vía ejecutiva por importe de multa de tráfico.
Observada la omisión padecida, pues el escrito de recurso aparece firmado por orden, se requiere a don Gotzon Revilla Álvarez a fin de que, en plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:
–Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece firmado por orden) o bien remita a este Tribunal fotocopia del referido escrito de recurso debidamente firmado, así como fotocopia de su D.N.I. al objeto de cotejar las firmas de ambos documentos.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.”
Pamplona, 9 de abril de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Francisco López Asurabarrena.
Acto que se notifica: Providencia de 15 de marzo de 2013.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 15 de marzo de 2013, dictada en el recurso de alzada número 13-01251, interpuesto por don Francisco López Asurabarrena, contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona notificada mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de Navarra de fecha 6 de febrero de 2013 (expediente municipal número 90196/10), sobre reclamación en vía ejecutiva por importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
“En la ciudad de Pamplona, a quince de marzo de 2013.
Por recibido el recurso de alzada número 13-01251, interpuesto por don Francisco López Asurabarrena contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona notificada mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de Navarra de fecha 6 de febrero de 2013 (expediente municipal número 90196/10), sobre reclamación en vía ejecutiva por importe de multa de tráfico.
Observada la omisión padecida, pues el escrito de recurso aparece sin firmar por el recurrente, se requiere a don Francisco López Asurabarrena a fin de que, en plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:
–Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece sin firmar) o bien remita a este Tribunal fotocopia del referido escrito de recurso debidamente firmado, así como fotocopia de su D.N.I. al objeto de cotejar las firmas de ambos documentos.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.”
Pamplona, 9 de abril de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
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