BOLETÍN Nº 7 - 11 de enero de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 28 de diciembre de 2012, por el que se autoriza la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado y Máster en la Universidad Pública de Navarra.

La Universidad Pública de Navarra ha solicitado al Gobierno de Navarra la autorización para la implantación de nuevas titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior que completan su oferta actual y presentado la documentación requerida por el Decreto Foral 298/1998, de 13 de octubre, por el que se establece el procedimiento para la creación o reconocimiento de centros universitarios y autorizaciones de estudios superiores en la Comunidad Foral de Navarra.

Todas las titulaciones cuentan con la evaluación favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), han sido verificadas positivamente por el Consejo de Universidades y han sido informadas favorablemente por el Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra.

El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades emite informe favorable sobre la propuesta de implantación de los títulos propuestos.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Educación,

ACUERDA:

1.º Autorizar la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Grado y Máster en la Universidad Pública de Navarra, recogidas en el Anexo I, en las condiciones que determinan los planes de estudios que han sido evaluados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y verificados por el Consejo de Universidades.

2.º Trasladar el presente Acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria y al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para que eleve al Gobierno español la propuesta para el establecimiento del carácter oficial de los títulos autorizados y proceda a su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

3.º Trasladar el presente Acuerdo al Rector de la Universidad Pública de Navarra con la indicación de que contra el presente Acuerdo cabe la interposición de recurso contencioso administrativo ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

4.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 28 de diciembre de 2012.-El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Morrás Iturmendi.

ANEXO I

Nuevas titulaciones que se autorizan

Grados:

1. Grado en Ingeniería Mecánica.

2. Grado en Ingeniería Eléctrica y Electrónica.

3. Grado en Innovación de Procesos y Productos Alimentarios.

Másteres universitarios.

1. Máster Universitario en Técnicas de Computación en Economía.

2. Máster Universitario en Análisis Económico y Financiero.

3. Máster Universitario en Derecho Privado y Patrimonial (Interuniversitario).

4. Máster Universitario en Acceso a la Abogacía.

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