BOLETÍN Nº 67 - 10 de abril de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CORELLA

Aprobación definitiva modificación PEPRI

El Pleno del Ayuntamiento de Corella en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2013, aprobó definitivamente la modificación de la Normativa del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo de Corella, artículos75 (carpinterías exteriores), que queda redactado del modo siquiente:

“Artículo 75. Carpinterías.

1. Normativa general:

–Las carpinterías se ejecutarán preferentemente en madera barnizada o pintada en colores y texturas tradicionalmente empleados.

–Las carpinterías de un edificio serán del mismo diseño, color y material, al menos, en todas sus plantas superiores. Quedan prohibido el empleo de carpinterías de hojas correderas en las fachadas exteriores de las edificaciones.

2. Normativa específica para edificios catalogados con grado I y II de protección:

–En los edificios catalogados con grado I y II de protección, las carpinterías deberán ejecutarse obligatoriamente en madera, independientemente de la zona (A1, A2, A3) en la que se ubiquen. No se admitirán las imitaciones.

–La misma limitación se aplicará en aquellos casos en los que, habiendo desaparecido el edificio original protegido, exista la obligación de reproducir su imagen y características en el edificio de nueva planta que se construya en su lugar.

3. Normativa específica para edificios incluidos en la zona A1:

–Se permite la utilización de carpinterías de PVC y Aluminio con acabado que imite el aspecto y tacto de la madera natural barnizada. De forma excepcional podrá admitirse la utilización de otros materiales (acero, poliuretano), siempre y cuando quede acreditada su calidad y su acabado imite el aspecto y tacto de la madera natural barnizada.

–Se permite, exclusivamente en edificios de nueva planta no incluidos en el supuesto contemplado en el apartado 2, la utilización de carpintería metálica para pintar, lacar o anodizar en colores oscuros, tradicionalmente empleados.

El promotor deberá presentar junto con la solicitud de licencia de obras, una muestra real de la carpintería. En ningún caso se autorizará la colocación de carpinterías que no cuenten con el informe favorable de los Servicios Técnicos Municipales.

4. Normativa específica para edificios incluidos en las zonas A2 y A3:

–Se permite la utilización de materiales que imiten a la madera, siempre y cuando quede acreditada su calidad y su acabado final ofrezca el aspecto y tacto de la madera natural barnizada.

–Se permite la utilización de carpintería metálica para pintar, lacar o anodizar en colores oscuros tradicionalmente empleados.

–En el caso de utilizar un material que imite a la madera, o que no sea de madera o metálico, el promotor deberá presentar junto con la solicitud de licencia de obras, una muestra real de la carpintería. En ningún caso se autorizará la colocación de carpinterías que no cuenten con el visto bueno de los Servicios Técnicos Municipales.”

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

Corella, 25 de marzo de 2013.–El Alcalde, Javier Navarro Arellano.

Código del anuncio: L1304541