BOLETÍN Nº 60 - 27 de marzo de 2013

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE LOGROÑO

Edicto. Procedimiento 20/2013

Doña Judit González Barriales, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Logroño, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 20/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de doña Almudena Miera Sainz contra la empresa Almoir, Sociedad Limitada, Calle El Molino 1 3, Sociedad Limitada, Finca Justa Sociedad Limitada, Inmuebles Lion 2001, Sociedad Limitada, Retroingeniería del plástico Sociedad Limitada, Viblaju, Sociedad Limitada, Inversiones La Jalpilla Sociedad Anónima, Gravas Jubera Sociedad Limitada, Canteras del Valle Sociedad Limitada, Rusticas 2010, Sociedad Limitada, Maderas en general Juasta, Sociedad Limitada, Fondo de Garantía Salarial, sobre Ordinario, se ha acordado citar a Maderas en General Juasta, en ignorado paradero a fin de que comparezcan en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social 3, situado en calle Manzanera 4-6-8 el día 9/07/2013 a las 10:45 horas al acto de conciliación ante la Secretaria Judicial y, en su caso, a las 10:50 horas al acto de juicio ante la Magistrado-Juez, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que se pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Maderas en General Juasta en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra de Navarra.

Logroño, 22 de febrero de 2013.–La Secretaria Judicial, Judit González Barriales.

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