BOLETÍN Nº 43 - 4 de marzo de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación definitiva de modificación de la “Ordenanza municipal reguladora de las ayudas para la renovación de locales en zonas de concentración comercial”

El Pleno del M.I. Ayuntamiento de Tudela, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 2012, aprobó inicialmente la modificación de la “Ordenanza municipal reguladora de las ayudas para la renovación de locales en zonas de concentración comercial” así como tener por anulados sendos anuncios publicados en el Boletín Oficial de Navarra, número 214, de 31 de octubre de 2012.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones se procede a la aprobación definitiva de modificación de la citada Ordenanza, disponiendo la publicación a los efectos pertinentes.

Tudela, 15 de febrero de 2013.–El Alcalde-Presidente, Luis Casado Oliver.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS AYUDAS PARA LA RENOVACIÓN DE LOCALES EN ZONAS DE CONCENTRACION COMERCIAL

1. Exposición de motivos.

El comercio y la ciudad se determinan mutuamente creando un marco de relación social y económica. Los cambios en los hábitos de vida y la actual forma de crecer de las ciudades determinan una posición poco ventajosa para el pequeño comercio frente a las cada vez más habituales áreas comerciales periféricas.

La sostenibilidad económica y social de las ciudades depende de la capacidad de adaptación de los entornos urbanos y de los comercios locales a las nuevas necesidades de consumo de los ciudadanos.

En el Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad en el Comercio (2009/12) elaborado por la Dirección General de Política Comercial dependiente de la Secretaria de Estado de Turismo y Comercio, en el Programa Fomento del Comercio Urbano, en una de sus cuatro líneas contempla la actuación “Adecuación y modernización de establecimientos comerciales”.

En el II Plan de modernización del Comercio Interior de Navarra 2008/2011, en el Programa I: Mejora de la competitividad del comercio minorista de Navarra establece las medidas a desarrollar para la modernización de los establecimientos comerciales.

El proyecto para el impulso del empleo y la actividad comercial de Tudela, a desarrollar a lo largo de los próximos cuatro años recoge lo anteriormente citado y contempla como una de las actuaciones la convocatoria de subvenciones para la mejora de los locales comerciales existentes y la adecuación de locales destinados a nuevas actividades que se ubiquen en el casco Viejo de Tudela.

Por todo ello el Ayuntamiento de Tudela, a través de la Concejalía de Comercio, OMIC y Sanidad, desea favorecer la atracción de nueva actividad en la zona comercial del Casco Viejo y contribuir a la mejora de los espacios comerciales ya existentes en todas las calles comerciales de la trama urbana de Tudela con la intención de que esta revierta en la mejora del entorno y la imagen pública del local.

El comercio urbano y las políticas que favorecen su desarrollo son elementos clave en las actuaciones municipales.

2. Objeto.

La presente ordenanza regula las ayudas para el apoyo y fomento de rehabilitación y adecuación de los locales comerciales situados en las calles comerciales de la trama urbana de Tudela, así como las actuaciones de adecuación de locales para nuevos negocios ubicados en la zona 1.

Las tres zonas comerciales que se mencionan a lo largo de la ordenanza y que identificaremos como zona 1, zona 2 y zona 3; vienen determinadas por el Plan de Dinamización Comercial de Tudela. En el anexo 1 se especifican detalladamente las calles comerciales incluidas en cada una de ellas.

Para la exclusión o inclusión de nuevas calles en dicho anexo, de conformidad con la estrategia de conformación de un Centro Comercial Urbano, una vez puesto en conocimiento de las Asociaciones de Comerciantes, se adoptará acuerdo por la Junta de Gobierno Local.

3. Importe.

Los gastos que se autoricen para la adjudicación de ayudas objeto de esta ordenanza, quedarán condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 47001.7611 “subvenciones entidades comercio” del Presupuesto Municipal.

La subvención máxima por proyecto es de 10.000 euros.

La cuantía mínima de gasto exigible por proyecto es de 3.000 euros.

4. Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención.

Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas o sociedades irregulares que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser titulares o serlo en el momento de la resolución definitiva si se trata de una nueva actividad ubicada en la zona 1, de un comercio integrado en alguna de las siguientes agrupaciones del IAE:

–Agrupación 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.

–Agrupación 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.

b) Si se trata de una actividad existente, haber ejercido la actividad en el local para el que se solicita la ayuda como mínimo durante los dos años anteriores al momento de la solicitud de la subvención (tomando como fecha de inicio de la actividad el alta en el IAE).

c) Si se trata de una nueva actividad ubicada en la zona 1, haber realizado una memoria de la iniciativa empresarial y estar de alta en el IAE en el momento de la resolución definitiva de la subvención.

d) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la seguridad social, Hacienda del Gobierno de Navarra y con el Ayuntamiento de Tudela.

e) Haber solicitado las correspondientes licencias de obras (obligatoria en todos los casos) y las necesarias y perceptivas para el ejercicio de la actividad de que se trate.

f) Tener un número de hasta 10 trabajadores.

g) Estar ubicado en alguna de las calles comerciales de tres zonas delimitadas en el Anexo 1.

Quedan excluidas de las ayudas reguladas en esta ordenanza aquellas iniciativas comerciales que se desarrollen en locales propiedad del Ayuntamiento de Tudela.

Todos los comercios deberán ocupar por lo menos en un 70% la planta baja.

Podrán beneficiarse de subvención las actuaciones de reforma realizadas entre el 1 de noviembre del año anterior y el 31 de octubre del año en curso. Se considerará fecha de inicio la de la solicitud del permiso de obra y como final la de la aceptación del final de obra por parte del Ayuntamiento. Las iniciadas en el periodo indicado pero no finalizadas a 31 de octubre, entrarán en la siguiente convocatoria una vez obtenido el final de obra.

5. Documentos a aportar por los solicitantes.

En todos los casos:

a) Instancia de solicitud dirigida al Ayuntamiento de Tudela.

b) Solicitud del permiso de obra o legalización.

c) Presupuesto detallado de la obra a realizar acompañado de presupuestos detallados o facturas proforma.

d) Contrato de alquiler o escritura de propiedad del local.

e) Fotocopia compulsada de la escritura de constitución debidamente inscrita en el registro mercantil y documento acreditativo del representante legal (si se trata de una personalidad jurídica).

f) DNI de la persona física o del representante legal de la actividad constituida y CIF de la empresa.

g) Copia del IAE.

h) Certificado de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

i) Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con la Hacienda Pública expedido por el Departamento de Economía y Hacienda.

j) Declaración responsable de que reúne los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario.

k) Declaración responsable en la que se haga constar que el solicitante no se halla incurso en ninguna prohibición.

l) Declaración responsable en la que se haga constar que el solicitante no ha solicitado para el mismo fin subvención alguna.

m) Certificado de datos bancarios de domiciliación.

n) Declaración responsable según el modelo, sobre el número de trabajadores de la empresa (comercios existentes).

Si se trata de una nueva actividad ubicada en la zona 1:

ñ) Memoria sobre la iniciativa empresarial.

6. Plazo y lugar de presentación de la solicitud.

Las solicitudes de los interesados deberán formularse mediante instancia firmada por el solicitante que deberá ajustarse al modelo normalizado que figura como Anexo 2 a la presente ordenanza.

El plazo de presentación de solicitudes se extiende a lo largo del periodo reconocido como subvencionable, estableciéndose como fecha tope para la admisión hasta el 30 de noviembre.

Las propuestas podrán presentarse en el SAC de la Casa Consistorial de Tudela, en la oficina municipal del Barrio de Lourdes o en cualquier de los previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este último caso, el interesado deberá comunicárselo al Ayuntamiento mediante fax (948 417 119) o telegrama dirigido al SAC del Ayuntamiento de Tudela.

7. Resolución de la solicitud.

Los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden de presentación de las solicitudes, hasta el límite de disponibilidad presupuestaria de cada año, salvo que circunstancias económicas excepcionales justifiquen la minoración del límite disponible.

El Ayuntamiento de Tudela examinará las solicitudes y la documentación adjunta conforme a los criterios establecidos en la presente ordenanza, pudiendo solicitar para ello cuanta información complementaria o aclaratoria considere precisa.

Finalizada la evaluación, el órgano instructor elevará propuesta de resolución al órgano competente en la que hará constar que los beneficiarios cumplen con todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención. La propuesta de resolución se trasladará a la Junta de Gobierno Local. La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de la solicitud.

8. Subsanacion de defectos de las solictudes.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento Administrativo común.

9. Gastos subvencionables.

Serán gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y en concreto los que tengan como finalidad las siguientes actuaciones:

a) Reformas para la eliminación de barreras arquitectónicas y mejoras de la accesibilidad a los locales.

b) Reparación y rehabilitación de fachadas.

c) Reforma y reparación de escaparates.

d) Instalación de persianas, rótulos, toldos y cualquier otro elemento que incide positivamente en la imagen exterior del establecimiento.

e) Instalación de iluminación de escaparates, fachada y sala de ventas.

f) Elementos de cierre exterior y protección de escaparates.

g) Reformas en pavimentos exteriores y vestíbulos de acceso.

h) Carpintería y huecos de fachada.

i) Acristalamiento de seguridad.

j) Sistemas de detección y protección contra incendios.

k) Restauración de elementos especiales y de interés arquitectónico.

No forman parte del presupuesto protegible los gastos tasas o impuestos (licencias, IVA, ocupación por vía pública).

Se considerará gasto efectivamente realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la fecha de presentación de la justificación que se establece en esta convocatoria.

10. CuantÍa de la ayuda.

El importe de las subvenciones será el siguiente:

–Locales situados en la zona 1: 35%.

–Locales situados en la zona 2: 25%.

–Locales situados en la zona 3: 15%.

El cálculo de la subvención se realizará a partir del presupuesto protegible presentado de forma detallada y justificada.

Se aplicará el porcentaje que le corresponde por zona al total del presupuesto admitido. El resultado, hasta un máximo de 10.000 euros, será la cantidad que le corresponde percibir al solicitante una vez ha justificado debidamente el gasto previsto en la solicitud.

La cantidad concedida inicialmente no podrá aumentar aunque el gasto aumente, pero se recalculará si una vez realizada la obra y justificada, los gastos son inferiores al total tomado como referencia en el momento de la concesión.

11. Compatibilidad de las ayudas.

Para la instalación de nuevas actividades en la zona 1, esta subvención es compatible y se complementa con las “ayudas a la creación de nuevas empresas” del Ayuntamiento de Tudela.

En el caso de que el local a mejorar esté situado en el Casco Antiguo de Tudela, en el ámbito del PEPRI, la subvención se podrá complementar con las “ayudas a la ejecución de obras en el Casco Antiguo de Tudela” gestionadas por la ORVE.

Las subvenciones de esta convocatoria tienen el carácter de ayudas de “minimis” conforme a lo previsto en el reglamento (CE) número 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de “minimis”.

Las ayudas concedidas en virtud de la presente ordenanza serán compatibles con otras, cualesquiera que sea su naturaleza y administración o entidad concedente, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de la reforma realizada.

12. Obligaciones del beneficiario.

Son obligaciones de los beneficiarios las establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones 11/2005, y en similares términos el 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tal y como se detalla a continuación:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, efectuar por el órgano concedente, así como cualquiera otra de comprobación y control financiero que se puedan realizar, aportando cuanta información le sea referida en el ejercicio de las actuaciones anteriores que no obre en los archivos municipales.

d) Mantener la actividad comercial en el local objeto de la subvención durante 12 meses a partir de la resolución para el pago de la subvención, con posibilidad de tener que modificar o reintegrar la subvención siempre que el cierre no haya sido imputado a causa mayor. Pasados los 12 meses el ayuntamiento podrá solicitar documentación que acredite que se han cumplido los requisitos.

e) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas e ingresos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

f) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con Hacienda Pública mediante justificante expedido por el Departamento de Economía y Hacienda. El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Tudela se hará de oficio.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Dar la adecuada publicidad de que la actuación ha sido subvencionada por el Ayuntamiento de Tudela.

13. Justificación de la subvención.

La memoria justificativa que ha de rendirse ante el órgano concedente de la subvención constituye un acto obligatorio del beneficiario, y consiste en la justificación de todos los gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada, bajo responsabilidad del declarante, mediante los justificantes directos del mismo.

La memoria justificativa estará formada por los documentos que a continuación se indican:

a) Memoria fotográfica del antes y después de la actuación realizada.

b) Relación suscrita y numerada de los gastos realizados, ordenada y totalizada por conceptos. Se utilizará el mismo orden utilizado en el presupuesto presentado en el momento de la solicitud de la subvención.

c) Documentos justificativos y facturas que acrediten el gasto realizado, ordenados correlativamente según el número de orden asignado en la relación numerada. Se presentarán fotocopias compulsadas o conformadas por el servicio gestor.

d) Documentos acreditativos de los pagos realizados, Se acreditará mediante adeudo bancario o recibo debidamente firmado.

e) Copia del alta en el IAE.

f) Final de obra.

La fecha tope para la presentación de la justificación de la subvención concedida en esta convocatoria será el 30 de noviembre del año en curso.

Tanto las facturas como los documentos que justifican los pagos deberán tener una fecha comprendida entre el 1 de noviembre del año anterior y la fecha tope para la presentación de la justificación del año en curso.

14. Pago de la subvención.

Una vez que la actividad se haya realizado y justificado correctamente, se procederá al pago de la totalidad de la subvención.

15. Cancelacion de la ayuda, infracciones y sanciones.

Las infracciones y sanciones en materia de subvenciones y ayudas públicas se regirán por lo establecido en la Disposición Transitoria segunda, punto 4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General De Subvenciones, en el Título IV de dicha Ley y en el Reglamento de desarrollo de la mencionada ley aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

16. Proteccion de datos de carácter general.

A tenor de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos que se recaban de los solicitantes podrán ser incorporados a un fichero automatizado de titularidad del Ayuntamiento de Tudela.

Así mismo, los solicitantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento.

17. Régimen de recursos.

Contra la presente ordenanza podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo del mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

Contra los actos dictados en aplicación de esta ordenanza, podrá interponerse además, recurso de reposición ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo correspondiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Se establece un plazo extraordinario de presentación de solicitudes a contar desde el 19 de octubre de 2012 (día posterior a la publicación definitiva de la ordenanza en el Boletín Oficial de Navarra), hasta un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la propia disposición transitoria en el Boletín Oficial de Navarra, para aquellas actuaciones realizadas entre el 1 de noviembre de 2011 al 31 de octubre de 2012, susceptibles de acogerse a las ayudas. Igualmente y por las dificultades que pudiera suponer su cumplimentación, eximir de la presentación de lo dispuesto en el artículo 13.a) relativo a la memoria fotográfica del antes y después de la actuación realizada.

ANEXO 1

Calles comerciales por Zonas de Tudela

ZONA 1

Casco

1

HERRERÍAS

2

YANGUAS Y MIRANDA

3

PLAZA NUEVA

4

CARNICERÍAS

5

PLAZA MERCADAL

6

RÚA

7

PLAZA SAN JAIME

8

CONCARERA

9

MURO

ZONA 2

Centro

10

CARRERA

11

EZA

12

PLAZA CONSTITUCIÓN

13

PLAZA SANCHO EL FUERTE

14

PABLO SARASATE

15

CAPUCHINOS

16

AVENIDA ZARAGOZA

17

J. ANTONIO FERNÁNDEZ

18

SAN MARCIAL

19

FERNANDO REMACHA

20

ARANAZ Y VIDES

21

PASEO INVIERNO

22

CUESTA LA ESTACIÓN

ZONA 3

Lourdes

23

FERNÁNDEZ PORTOLÉS

24

PLAZA PADRE LASA

25

AVENIDA SANTA ANA

26

FUENTE CANÓNIGOS

27

ROBLES PINTADO

28

GARIJO SATRUSTEGUI

29

NEVOT MORACHO

30

CAPARROSO PAÑOS

31

ARCOS ESCRIBANO

32

LACARRA MUNILLA

Fuente: “Plan de Actuación Comercial de Tudela”. Ayuntamiento de Tudela (2009).

ANEXO 2

DATOS DEL SOLICITANTE

NIF

Nombre y 2 apellidos

Domicilio

(calle, número y piso)

C.P.

Localidad

Provincia

Tfno.

Móvil

Fax

E-mail

DATOS DEL COMERCIO

CIF

Nombre

Domicilio

(calle, número y piso)

C.P.

Localidad

Provincia

Tfno.

Móvil

Fax

E-mail

IAE

Fecha de alta

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

a) Eliminación de barreras arquitectónicas y mejoras de accesibilidad

b) Reparación y rehabilitación de fachadas

c) Reforma y reparación de escaparates

d) Instalación de persianas, rótulos, toldos y otros elementos exteriores

e) iluminación de escaparates, fachada y sala de ventas

f) Elementos de cierre exterior y protección de escaparates

g) Reformas en pavimentos exteriores y vestíbulos de acceso

h) Carpintería y huecos de fachada

i) Acristalamiento de seguridad

j) Sistemas de detección y protección contra incendios

k) Restauración de elementos especiales y de interés arquitectónico

ZONA

Zona 1

Zona 2

Zona 3

Información sobre solicitud de otras ayudas.

ENTIDAD

CONVOCATORIA

CONCEPTOS

CANTIDAD

1

2

3

PRESUPUESTO PREVISTO

Presupuesto ejecución (sin tasas ni impuestos)

Ingresos previstos.

PROCEDENCIA DE LA FINANCIACIÓN

EUROS

%

Ayudas previstas de otras entidades

Aportación personal

Ayuda solicitada en esta convocatoria

TOTAL

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

Solicitud del permiso de obra

Contrato de alquiler o escritura de propiedad del local

Fotocopia escritura constitución

DNI del solicitante

CIF de la empresa

Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social

Certificado de estar al corriente con la Hacienda Pública

Copia del IAE (si se trata de un comercio ya existente)

Certificado de datos bancarios de domiciliación

Declaración responsable del numero de trabajadores de la empresa

Memoria sobre la iniciativa empresarial

El/la abajo firmante SOLICITA ser admitido/da en la convocatoria a que se refiere esta solicitud,

DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria y se compromete cumplir todas las obligaciones de las mismas pudiendo probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.

DECLARA que no se haya incurso en ninguna causa de prohibición enumerada y no ha solicitado para el mismo fin ninguna otra subvención que no haya sido incluida en la información facilitada.

En Tudela, a ....... de ..................... de 201....

(firma del solicitante)

Nota: Es necesario firmar en el lateral el resto de hojas que componen la solicitud.

Código del anuncio: L1302481