BOLETÍN Nº 37 - 22 de febrero de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 546/2012, de 20 de diciembre, del Director General de Recursos Educativos, por la que se conceden las subvenciones a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Programas de Currículo Adaptado externos, para el curso 2012-2013, y se autoriza abono de las mismas correspondientes al periodo de septiembre a diciembre de 2012.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su preámbulo que la atención a la diversidad es un principio que debe regir toda la enseñanza básica para proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades. El Capítulo II, referido a la compensación de las desigualdades en educación, establece que con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, las administraciones educativas desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.

Por Resolución 345/2009, de 25 de junio, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, se autorizó el desarrollo del Programa Currículo Adaptado (PCA) a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Foral de Navarra.

Mediante Resolución 87/2012, de 20 de marzo, del Director General de Recursos Educativos, se prorrogaron los módulos económicos de subvención del año 2011, para el 2012, correspondiente a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Programas de Currículo Adaptado externos.

Mediante Acuerdo de Gobierno de 21 de noviembre de 2012, se autoriza al Director General de Recursos Educativos a conceder de forma directa las subvenciones necesarias para la financiación de los Programas de Currículo Adaptado en Organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Foral de Navarra, autorizados por Resolución 345/2009, de 25 de junio, para el curso 2012-2013.

Mediante Acuerdo de Gobierno de 1 de marzo de 2010, se autoriza al Director General de Recursos Educativos a conceder de forma directa las subvenciones necesarias para la financiación del Programa de Currículo Adaptado en tres unidades y una dotación de jornada y media de personal formador en la Fundación Ilundain Haritz Berri.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Conceder las subvenciones a los centros concertados y organizaciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo a la presente Resolución, para los gastos originados por los Programas de Currículo Adaptado, que se encuentran en funcionamiento, durante el curso 2012-2013, y que ascienden a una cuantía global de 723.201,36 euros.

2.º Autorizar el abono de las cuantías equivalentes al 40% del módulo económico, a los centros que se encuentran en funcionamiento, durante el curso 2012-2013, por importe de 419.671,62 euros, con cargo a la partida 410003 41140 4811-322D02, "Centros de atención a niños desescolarizados: Granja Ilundain, Taller Echavacoiz.", del presupuesto para el ejercicio del año 2012, que se relacionan:

N.I.F.

CENTRO

EXP. CONT.

40%

G31725484

Granja-Escuela "Haritz Berri"

40000024

108.480,21

G31725484

Granja-Escuela "Haritz Berri"

40000024

21.910,85

G31780562

Fund. Taller-Esc. "Etxabakoitz"

40005039

72.320,14

R3100108D

Centro "Puente"

40005039

72.320,14

G31729114

"La Ribera"

40005039

72.320,14

G31279961

Taller-Escuela "Lantxotegi"

40005039

36.160,07

G71005235

Taller Escuela "El Castillo"

40005039

36.160,07

419.671,62

El resto, 433.920,80 euros, se abonarán en dos plazos equivalentes al 45% y 15%, correspondiente al periodo de enero a agosto del año 2013, junto con lo correspondiente a la Granja-Escuela "Haritz Berri" (195.586,59 euros), con cargo a la partida que al efecto se establezca en el presupuesto para el ejercicio 2013.

3.º Esta subvención tiene por objeto que el alumnado sea atendido en condiciones de gratuidad y reciban el currículo y las medidas de promoción y compensación educativas contenidas en la Orden Foral 93/2008, de 13 de junio.

La subvención habrá de utilizarse en los conceptos siguientes:

Coste del personal formador: profesorado y/o expertos.

Gastos de funcionamiento, adquisición y amortización del equipamiento que se requiera.

Otros costes indirectos.

En el coste del personal formador, salarios más cargas sociales, incluye una ratio de personal formador para impartir 30 horas semanales lectivas y un cuarto de jornada por unidad de personal complementario no docente.

4.º La Entidad titular beneficiaria de la subvención deberá presentar ante el Servicio de Recursos Económicos, antes del 20 de febrero de 2013 la siguiente documentación:

Certificado del Departamento de Economía y Hacienda de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias.

Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social.

Y antes del día 15 de octubre de 2013, la siguiente documentación:

1.-Justificación de los gastos de personal.

Certificado de la empresa del pago de las nóminas de las personas que hayan trabajado en el programa, con expresión de sus nombres, cuantías y categoría profesional según el Convenio colectivo que les afecte.

Justificante de las cotizaciones de la Seguridad Social de los mismos.

Justificantes de las retenciones de las cantidades correspondientes al I.R.P.F.

Cuando se trate de personal autónomo, justificante del pago, de la liquidación del I.V.A. y contrato de prestación de servicios correspondiente.

2.-Certificado de haber incluido en el inventario de la Entidad, el material inventariable adquirido con cargo a la subvención.

Índice y relación numerada y ordenada de los recibos y facturas (originales y fotocopias) de los costes de funcionamiento, amortización del equipamiento y otros costes indirectos.

La no justificación de la subvención percibida conllevará el reintegro de las cantidades no justificadas.

5.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la misma.

6.º Ordenar la publicación de la presente Resolución y Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Trasladar la presente Resolución y Anexo a los centros interesados, al Servicio de Atención al Desarrollo e Inclusión de las Personas del Departamento de Políticas Sociales, al Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, a los Servicios de Ordenación e Igualdad de Oportunidades, Inspección Educativa, y de Recursos Económicos, a las Secciones de Atención a la Diversidad y Necesidades Educativas Especiales, y de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio, y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

Pamplona, 20 de diciembre de 2012.-El Director General de Recursos Educativos, Íñigo Huarte Huarte.

ANEXO

UDS.

ABONO
40%

ABONO
45%

ABONO
15%

TOTAL
SUBVENCIÓN

PAMPLONA

FUND. TALLER-ESC. "ETXABAKOITZ"

2

72.320,14

81.360,15

27.120,05

180.800,34

PUENTE LA REINA

CENTRO "PUENTE"

2

72.320,14

81.360,15

27.120,05

180.800,34

CASCANTE

"LA RIBERA"

2

72.320,14

81.360,15

27.120,05

180.800,34

BERRIOZAR

TALLER-ESCUELA "LANTXOTEGI"

1

36.160,07

40.680,08

13.560,02

90.400,17

TUDELA

TALLER ESCUELA "EL CASTILLO"

1

36.160,07

40.680,08

13.560,02

90.400,17

TOTAL

8

289.280,56

325.440,61

108.480,19

723.201,36

289.280,56

433.920,80

2012

2013

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