BOLETÍN Nº 225 - 21 de noviembre de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Corrección de errores de aprobación definitiva Estudio de Detalle de la manzana 140, parcela 455, edificio Colegio San José

Advertido error por omisión de datos en la publicación de anuncio de aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la Manzana 140, parcela 455, edificio del Colegio San José (polígono 34, parcela 455), promovida por congregación Hijas de la Cruz, efectuada en el Boletín Oficial de Navarra, número 139, de 22 de julio de 2013, página número 8119, se procede a su corrección insertando a continuación el texto omitido.

Tafalla, 5 de noviembre de 2013.–La Alcaldesa-Presidenta, Cristina Sota Pernaut.

NORMATIVA PROPUESTA

6.–Propuesta de ordenación.

(Ver planos número P.02 a P.04).

Dadas las circunstancias singulares del ámbito en cuestión, tanto en cuanto a su relación con el centro histórico, como a su ubicación, entidad e integración arqueológica previsible, con la ordenación propuesta en el P.E.R.I.C.H. vigente, no se conseguían alcanzar los parámetros económicos necesarios para rentabilizar los costes de la gestión para su desarrollo.

Por ello, y tras distintas opciones en cuanto al trazado, alineaciones y volumetrías posibles en la manzana en cuestión (y tras avanzar, de alguna forma, las posibles incidencias arqueológicas en el solar), se consideró la propuesta de edificación que se propone en éste, se concreta en la documentación gráfica adjunta y se explica a continuación.

El concepto global consiste en plantear la edificación, alineada a todas las calles y al parque, con el fondo edificable máximo permitido de 12,60 m, ocupando así todo su perímetro con los dos sótanos permitidos.

La manzana creada con dicho fondo edificable, se desarrollará con planta baja y dos plantas altas en todas las alineaciones de su traza y con planta baja y tres plantas altas, en su alineación al Paseo Padre Calatayud y, en la Calle República Argentina, en la longitud de 22 m, ya contemplados en la ordenación vigente.

En cuanto a los usos posibles en las diferentes plantas, se consideran los contemplados en la actual ordenación siendo, de carácter general, de garaje en sótanos, comercial y residencial en planta baja y residencial en las altas.

Por lo tanto, tal y como se contemplaba en la normativa al respecto, con el presente Estudio de Detalle, se modifican las alineaciones constructivas máximas, sin alterar, como se justifica en el siguiente apartado, los parámetros urbanísticos impuestos.

7.–Justificación/estudio comparativo de parámetros urbánisticos.

Además de las condiciones que el vigente P.G.O.U. impone para todo el ámbito municipal, y que se consideran incluidas en los parámetros que afectan al presente Estudio de Detalle, se recogen en su totalidad, las generales y las específicamente contempladas en el “Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Tafalla”.

Para hacer más evidente la justificación del cumplimiento de todos estos parámetros recogidos en el planeamiento superior, se incluye a continuación un cuadro en el que se concretan los correspondientes al Estudio de Detalle y que coinciden con los que, específicamente, se consideran para la parcela 455 de la manzana 140 en el PERICH.

PLANTA SÓTANO -2

2.121 m²

-G1 R2 R3

PLANTA SÓTANO -1

2.121 m²

G1 R2 R3

PLANTA SEMISÓTANO

273 m²

T1 R1

PLANTA BAJA

1.655 m²

T1 R1

PLANTA PRIMERA

1.655 m²

R1

PLANTA SEGUNDA

1.655 m²

R1

PLANTA TERCERA

762 m²

R1

TOTAL

6.000 m²

ESTUDIO DE DETALLE

USOS

P.E.R.I.C.H.

Previsto

Compatible

Tolerado

G1: Garajes

R2: Trasteros

R3: Usos comunes a viviendas

Usos compatibles y tolerados en planta baja y vinculados físicamente a un local del mismo uso en planta baja.

CUMPLE

T1: Comercio y terciario

R1: Vivienda

A1: Almacenes.

S1:Sociedades gastronómicas.

S2: Sedes de asociaciones.

S3: usos recreativos y de ocio de carácter privado y no lucrativo.

T2: Oficinas.

T3: Despachos profesionales.

T4: Talleres artesanales.

B1: Bares, restaurantes y servicios recreativos con acceso directo dese el espacio público.

G0: Acceso a garaje situado en sótano.

R1: Vivienda

T3: Despachos profesionales.

R4: Residencia eventual o comunitarios.

E1: enseñanza y academias.

Sólo podrán ocupar una planta del edificio o varias plantas si los locales están vinculados físicamente entre si y con el acceso independiente desde el espacio público.

Los interesados que no sean administraciones públicas podrán interponer contra el acto aprobatorio los siguientes recursos desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra:

a) Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto y no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el recurso, o se haya producido su desestimación presunta.

b) Recurso de alzada potestativo ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de acto o acuerdo si fuese expreso, o a la fecha en que se entienda denegada por silencio administrativo la correspondiente petición.

c) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados contencioso administrativos Navarra (o la Sala correspondiente) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de este acto, o al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta, por haber transcurrido un mes sin notificar la resolución del recurso.

Contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Código del anuncio: L1315457