BOLETÍN Nº 225 - 21 de noviembre de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 2703/2013, de 7 de noviembre, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos, por la que se aprueba el procedimiento para llevar a cabo la evaluación de los directores y directoras de centros docentes públicos, así como realizar la evaluación de aquellos cuyo mandato finaliza el 30 de junio de 2014.

Como desarrollo de lo dispuesto en los artículos 133 a 139 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se ha aprobado la Orden Foral 202/2010, de 2 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se regula la selección, la evaluación y la renovación del nombramiento de los directores y directoras de los centros públicos dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

El artículo 16 de la mencionada Orden Foral establece la obligatoriedad de realizar la evaluación de la función directiva al finalizar el mandato de todos aquellos directores y directoras que fueron propuestos por Comisión de selección. Esta evaluación final se emitirá en base al seguimiento realizado por el Servicio de Inspección Educativa a lo largo de los cuatro años de mandato.

La misma Orden Foral, en su artículo 15, dispone los ámbitos que se tendrán en cuenta para dicha evaluación y que los indicadores utilizados para la valoración de dichos ámbitos serán publicados en Resolución de carácter anual.

La Resolución 148/2010, de 31 de marzo, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, modificada por la Resolución 254/2010, de 8 de junio, publicó la relación nominal de candidatos seleccionados en el marco del procedimiento para la selección de los directores de los centros públicos docentes dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

Por todo lo anteriormente expuesto, es necesario, para los centros docentes públicos dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, establecer el procedimiento de evaluación de la función directiva, así como realizar la evaluación de la misma a aquellos directores y directoras que terminan su mandato a día 30 de junio de 2014 y fueron seleccionados y nombrados con carácter ordinario, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

En consecuencia, el Servicio de Recursos Humanos acuerda, en virtud de las atribuciones delegadas mediante Resolución 15/2011, de 3 de agosto, del Director General de Recursos Educativos del Departamento de Educación:

1.º Aprobar el procedimiento y los indicadores para llevar a cabo la supervisión de la función directiva, así como para realizar la evaluación final de la misma a aquellos directores y directoras de los centros docentes públicos dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, de acuerdo con lo establecido en los Anexos I y II de la presente Resolución.

2.º Realizar la evaluación final a los directores y directoras relacionados en el Anexo III que obtuvieron su nombramiento mediante la Resolución 148/2010, de 31 de marzo, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, modificada por la Resolución 254/2010, de 8 de junio, y finalizan su mandato el 30 de junio de 2014.

Para dicha evaluación se seguirá el procedimiento establecido en el Anexo I de la presente Resolución, adaptando el proceso de evaluación al tiempo que resta hasta la finalización de su mandato. En este sentido, el instrumento de evaluación referido a la observación se llevará a cabo realizando hasta dicha fecha, al menos, una visita al Consejo Escolar, al Claustro y a la Comisión de Coordinación Pedagógica.

3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución a Secretaría General Técnica, al Servicio de Inspección Educativa y a la Sección de Convocatorias, a los efectos oportunos.

Pamplona, 7 de noviembre de 2013.–La Directora del Servicio de Recursos Humanos, Begoña Unzué Vela.

ANEXO I

Procedimiento de evaluación

1. La función de evaluación será desempeñada por los inspectores o inspectoras designadas por el Director del Servicio de Inspección Educativa.

2. La supervisión del ejercicio de la función directiva se realizará mediante los siguientes instrumentos de evaluación: análisis documental, observación y entrevistas.

3. El análisis documental se realizará en base a los siguientes documentos: Proyecto de dirección, Programación general anual, documentación relacionada con el Sistema de gestión de calidad en su caso, resultados del rendimiento del alumnado (evaluaciones internas, evaluaciones diagnósticas, evaluaciones externas, resultados académicos), proyectos de innovación y formación sobrevenidos a las PGAs, horarios y calendarios, actas de los diferentes órganos del centro y cuantos documentos considere oportunos la Inspección. Igualmente se tendrá en cuenta la información-comunicación con y de la comunidad educativa (Página/s web, blogs, documentación escrita o informática utilizada en reuniones, encuestas de satisfacción, etc.).

4. La observación del funcionamiento de los distintos órganos colegiados y de coordinación del centro se basará en la realización de, al menos, una visita bienal al Consejo Escolar, al Claustro y a la Comisión de Coordinación Pedagógica.

5. Las entrevistas se realizarán al propio director o directora, al resto de componentes del equipo directivo y, al menos, a la mitad de los representantes del profesorado y de los padres y madres del Consejo escolar. El inspector o inspectora podrá ampliar las entrevistas bienales a otros miembros del Consejo escolar, si así lo considera oportuno a partir de las evidencias recogidas en el proceso.

6. Los instrumentos de evaluación utilizados deberán seguir los indicadores especificados, para cada uno de los ámbitos, en el Anexo II.

7. Si del análisis documental, de la observación y de las entrevistas se detectaran evidencias de áreas susceptibles de mejora, éstas le serán comunicadas al director o directora en entrevista personal a fin de que tome las medidas oportunas para su corrección.

8. La evaluación final procederá de la valoración del progreso de los resultados constatados en las distintas tareas evaluadoras realizadas a lo largo del mandato y dará origen a un informe de evaluación en el que constará la calificación de Apto o No Apto. Si el informe final del inspector o inspectora viniera a ser No Apto, antes de emitirse se dará audiencia al director o directora, se le informará de las causas que sustentan el informe negativo y se le dará oportunidad de aportar documentación y formular cuantas alegaciones considere oportunas para argumentar su desacuerdo con la calificación.

Esa documentación y las alegaciones deberán ser tenidas en cuenta antes de emitir el informe final, que de seguir siendo negativo deberá estar correctamente motivado.

9. El Director del Servicio de Inspección Educativa comunicará, antes del 15 de mayo de 2014, a la Directora del Servicio de Recursos Humanos, la relación de directores y directoras con el resultado de su evaluación, a fin de que dicte la correspondiente Resolución de renovación en el cargo, por un nuevo periodo de cuatro años, a quienes obtengan evaluación positiva y no se hayan manifestado en contra de su renovación.

ANEXO II

Ámbitos e indicadores para la evaluación de la función directiva

1. El Proyecto de Dirección se desarrolla respetando el Proyecto Educativo, la misión, la visión y los valores prioritarios que le sirven de guía al centro y siendo periódicamente evaluado según los indicadores propuestos por el propio Proyecto.

–El Proyecto de Dirección es conocido en sus líneas generales tanto por el Claustro como por el Consejo Escolar durante su vigencia.

–De no estar definidos el Proyecto Educativo, y en su caso, la misión, la visión y los valores del centro, la concreción de éstos está recogida en el propio Proyecto de Dirección.

–La Programación General Anual y sus distintos apartados son coherentes con el Proyecto de Dirección y el Proyecto Educativo.

–El director o directora rinde cuentas periódicamente de su Proyecto a la comunidad educativa.

–El director o directora lleva un registro de la evaluación sistemática, a lo largo del curso, de su Proyecto según los indicadores u objetivos del propio Proyecto así como el grado de cumplimiento, que se incluye anualmente en la Memoria con sus propuestas correctoras y de mejora y sus puntos fuertes y buenas prácticas.

2. El director o directora ejerce un liderazgo compartido.

–El director o directora comparte y delega tareas en otros miembros del claustro siguiendo los cauces reglamentarios (Claustros, CCP, Departamentos/Ciclos, Equipos de mejora ..)

–El director o directora establece los mecanismos necesarios para que las reuniones que se realizan en el centro sean eficaces y eficientes. (Publicidad de las actas, seguimiento de acuerdos ..)

–El director o directora proporciona un alto nivel de retroalimentación al profesorado creando una cultura de intercambio de la información (Gestión del Conocimiento).

–El director o directora utiliza sistemas de gestión que promueven la creatividad, la innovación y una gestión dinámica del conocimiento dentro de una política de búsqueda de la excelencia.

–El director o directora facilita recursos funcionales, tecnológicos y materiales al profesorado para que realice su trabajo con satisfacción profesional.

–El director o directora crea canales fluidos de comunicación con la comunidad educativa. El director o directora potencia y/o colabora con las evaluaciones del centro, tanto internas como externas.

3. La Dirección organiza el proceso clave de la enseñanza-aprendizaje con criterios de flexibilidad, eficacia y motivación.

–Existe una coordinación entre las programaciones de aula y los diferentes servicios de apoyo que existen en el centro.

–Implementa y gestiona el capital humano de forma eficaz y eficiente.

–La dirección articula los servicios y estrategias necesarias para atender con eficacia la atención a la diversidad.

–Se organizan grupos de alumnado de forma flexible para poder responder eficazmente a la diversidad de capacidades y necesidades.

–Se distribuyen equilibradamente y con criterios pedagógicos al alumnado problemático dentro de los cursos del mismo nivel.

–Los horarios del alumnado y del profesorado se gestionan con criterios pedagógicos.

–Evalúa de forma sistemática los resultados académicos, el grado de cumplimiento de los objetivos y de la propia satisfacción por parte de todos los grupos de interés.

4. El director o directora articula unas estructuras reglamentarias con otras, de modo que asegura el trabajo en equipo y la colaboración.

–La mayoría de los acuerdos se toman por negociación y consenso.

–Se desarrollan mecanismos de seguimiento y evaluación de las decisiones tomadas.

–Se llevan a cabo reuniones frecuentes del profesorado por ciclos, departamentos y transversales con el fin de asegurar los procesos claves de coordinación.

–Las reuniones de claustro están bien dirigidas y coordinadas incentivando la participación/implicación de todos sus miembros.

–Se organizan grupos de profesorado de forma flexible para poder responder eficazmente a la diversidad de alumnado y situaciones.

–Las distintas estructuras disponen de recursos suficientes y operativos (humanos, tecnológicos, funcionales y materiales) para desarrollar con eficacia su trabajo.

5. El director o directora cuida especialmente las relaciones de convivencia en el centro.

–La dirección promueve los valores del centro y la prevención de conflictos.

–La dirección del centro es sensible e interviene creando espacios de intermediación cuando se producen conflictos.

–El centro tiene mecanismos de supervisión de tal forma que facilitan el cumplimiento de las normas que emanan del Reglamento de convivencia.

–El director o directora vela por que haya una buena relación entre el personal docente y no docente y existan cauces y medios de información eficaces, para que todos los sectores de la comunidad educativa conozcan el Plan de convivencia.

–El centro toma medidas eficaces de tipo educativo cuando surgen conflictos o problemas de disciplina.

–Se resuelven los problemas de convivencia, teniendo en cuenta la versión del alumno o alumna y de todas las personas implicadas en el conflicto.

6. El director o directora implica a las familias en la vida escolar, para que colaboren con el profesorado en la educación de sus hijos e hijas.

–Se anima a las familias a desarrollar tareas útiles para la vida del centro, existe un contacto frecuente con las familias a través de vías tanto formales y planificadas como informales.

–El centro atiende las quejas de las familias con ánimo constructivo e intentando dar respuestas a las mismas.

–El centro solicita a los padres y madres que opinen sobre la calidad de los servicios prestados a sus hijos e hijas.

7. El director o directora promueve y anima las actividades culturales y extraescolares con el objetivo de integrar el currículo escolar con la experiencia vital del alumnado.

–El centro planifica y anima al alumnado para que asista a actividades lúdico-culturales.

–El centro plantea actividades al alumnado que armonicen los objetivos institucionales de la educación con sus intereses personales en función de su edad, entorno y modas dominantes.

–Las actividades extraescolares se diseñan teniendo en cuenta las sugerencias de cada departamento-ciclo.

–Se aprovechan los ciclos naturales y culturales para organizar actividades que favorezcan la integración y relación del alumnado con los eventos de su historia, cultura, lengua y folklore y centro escolar.

–El centro asigna un presupuesto específico dirigido a incentivar y realizar actividades complementarias, culturales y extraescolares.

8. El director o directora asume la representación del centro.

–Cumplimenta y envía, en plazo, la documentación preceptiva solicitada por las diferentes administraciones y en especial por el Departamento de Educación.

–Existen responsabilidades definidas a la hora de producir los distintos documentos, tanto impresos como informáticos (P.G.A., Memoria, DOC, Partes de Faltas, Programaciones, etc.)

–Los documentos siguen las pautas formales y de contenido del Departamento.

–El centro tiene modelos estándar para realizar la documentación no pautada por el Departamento.

ANEXO III

Directores a evaluar

NOMBRE

CENTRO

LOCALIDAD

DOMBLAS HERMOSO, CARMEN

CPEIP

ABÁRZUZA

SOLCHAGA LOS ARCOS, LUIS

CPEIP SAN FAUSTO

ANCIN

OSORIO MARTIN, FRANCISCO MANUEL

CPEIP VIRGEN DE LA CERCA

ANDOSILLA

EGUILUZ GAUBEKA, KOLDOBIKA GONTZAGA

CPEIP SAN MIGUEL

AOIZ

ANDUEZA LOPEZ, JOSE IGNACIO

CPEIP ALAIZ

BARAÑAIN

MARTINEZ ALONSO, GLORIA

CPEIP SAN JUAN DE JERUSALEN

CABANILLAS

RODRIGUEZ NATERA, RAFAEL

IESO LA PAZ

CINTRUENIGO

DIAZ BARCOS, LUIS CARLOS

IES MARQUES DE VILLENA

MARCILLA

CARMONA LOPEZ, ANTONIO

CPEIP

MURIETA

GARDE YOLDI, TOMAS JUAN ANGEL

CPEIP PRINCIPE DE VIANA

OLITE

JUBERA PELLEJERO, MARIA PURIFICACION

CPEIP GARCIA DE GALDEANO

PAMPLONA

TOLLAR ESTEBAN MARIA PILAR

CPEIP MENDIGOITI

PAMPLONA

CASERO LEAL, MARIA TERESA

ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS

PAMPLONA

ARACAMA AZCONA, EPIFANIA

CPEIP

PUENTE

LA REINA

PEREZ FERNANDEZ, MARIA VISITACION

CPEIP ELVIRA ESPAÑA

TUDELA

HUGUET MUNARRIZ, ALFREDO

CPEIP HUERTAS MAYORES

TUDELA

GALDEANO RESA, MARIA DEL MAR

CPEIP FELIX ZAPATERO

VALTIERRA

MAÑERU SANZ DE GALDEANO, LUIS JUAN

CPEIP SAN VEREMUNDO

VILLATUERTA

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