BOLETÍN Nº 187 - 27 de septiembre de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BERRIOZAR

Convocatoria para la creación de una lista de contratación
para sustituciones de Técnicos/as de Euskera

El Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar, por resolución de alcaldía número 20130641, aprobó la Convocatoria para la creación de una lista de contratación para sustituciones de técnicos/as de euskera.

Berriozar, 19 de septiembre de 2013.–El Alcalde, Frantzisko Xabier Lasa Gorraiz.

CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN
DE UNA LISTA DE CONTRATACIÓN PARA SUSTITUCIONES
DE TÉCNICOS/AS DE EUSKARA

1. Normas generales.

1.1. Por acuerdo de Pleno de fecha 30 de abril de 2008, se aprobó el Convenio de Colaboración entre Entidades Locales para la realización de un listado para contrataciones temporales de técnicos/as de euskera. Es objeto de la presente convocatoria la creación de una lista de contratación para sustituciones de Técnicos/as de euskara en las siguientes entidades locales: Ayuntamiento del Valle de Aranguren, Ayuntamiento de Villava, Ayuntamiento de Auritz-Burguete, Ayuntamiento de Barañain, Ayuntamiento de Baztan, Ayuntamiento de Berrioplano, Ayuntamiento de Berriozar, Ayuntamiento de Burlada, Ayuntamiento de Galar, Ayuntamiento de Puente la Reina/Gares, Ayuntamiento de Estella/Lizarra, Ayuntamiento de Esteribar, Ayuntamiento de Orkoien, Ayuntamiento de Tafalla, Ayuntamiento de Huarte, Ayuntamiento de Zizur Mayor, Junta General del Valle de Aezkoa, Junta General del Valle de Roncal, Junta General del Valle de Salazar, Mancomunidad de Euskara de Bortziriak, Mancomunidad de Irantzu, Mancomunidad de Euskara de Navarra Norte, Mancomunidad de Malerreka, Mancomunidad de Sakana.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel B, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio y demás disposiciones que lo desarrollan o modifican. Si resultara nombrado un aspirante con titulación superior, la retribución sería la correspondiente a la titulación exigida para el puesto.

1.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano administrativo competente.

2. Funciones a desempeñar.

2.1. Elaboración, gestión, seguimiento y control de los planes generales y sectoriales para la normalización y fomento del euskara en la entidad local correspondiente.

2.2. Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por la entidad local correspondiente, en lo referente a la normalización y fomento del euskara, así como su control y seguimiento.

2.3. Prestar apoyo y ayuda técnica a los Servicios prestados por la entidad local correspondiente, así como a los demás sectores de la sociedad de dicha entidad local en sus actividades relacionadas con el euskara.

2.4. Asesorar a las asociaciones del municipio correspondiente y demás agentes sociales del mismo, en materias relacionadas con la sociolingüística.

2.5. Participar en las comisión de euskara de la entidad local correspondiente.

2.6. Impulsar las relaciones con otros Ayuntamientos, Mancomunidades, Servicios de Euskara e Instituciones Forales, así como su coordinación.

2.7. Impulsar las relaciones con asociaciones y grupos, tanto locales como foráneos, que trabajan en la normalización y fomento del euskara, así como su coordinación.

2.8. Cualquier otra que le sea encomendada por la entidad local correspondiente, siempre y cuando esté relacionada con el puesto de trabajo.

3. Requisitos de los/las aspirantes.

3.1. Para ser admitidos/as a la presente oposición, los/las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales suscritos por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles o de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de euskara EGA o equivalente.

d) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes. De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente el Título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública. Los/Las aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y contratados en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del contrato.

g) Estar en posesión de permiso de conducir como mínimo de clase B y disponer de vehículo.

4. Solicitudes.

4.1. Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Berriozar (Kaleberri 7) o por alguno de los medios recogidos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, se podrán presentar en el Registro Telemático del Ayuntamiento de Berriozar (www.berriozar.es).

Las solicitudes se deberán cumplimentar según el modelo del primer anexo, que estará disponible en la Oficina de Atención Ciudadana (Kaleberri 7) y en www.berriozar.es.

En la solicitud las personas aspirantes deberán declarar que, en la fecha de finalización del plazo para presentación de solicitudes, cumplen todas las condiciones exigidas en la convocatoria.

4.2. Junto con la solicitud, las personas aspirantes presentarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

b) Fotocopia de los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos en los puntos c, d y g del apartado 3.1 de la presente convocatoria.

c) La documentación acreditativa de los méritos que se quieran presentar en la fase de concurso según la base 7 de la convocatoria.

4.3. Las fotocopias de los documentos serán compulsadas, salvo en el caso del envío telemático. En este caso, las personas aspirantes deberán presentar al tribunal, el día en que se realice la primera prueba de la fase de oposición, los documentos originales correspondientes a las fotocopias enviadas con anterioridad (no se aceptarán nuevos documentos). De no hacerlo así el o la aspirante quedarán fuera de la convocatoria.

4.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Admisión de aspirantes y procedimiento.

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el alcalde del Ayuntamiento de Berriozar dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial de Berriozar y en la web municipal: www.berriozar.es.

5.2. Los/Las aspirantes excluidos/as, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el alcalde del Ayuntamiento de Berriozar dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y ordenará la publicación de la misma en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial de Berriozar y en la web municipal.

6. Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Suplente: Concejala responsable del área de euskera del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Vocal: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

Suplente: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

Vocal: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

Suplente: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

Vocal: Delegado-a sindical del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Suplente: Delegado-a sindical del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Secretaria: Técnica de euskera del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

Suplente: Responsable del Área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Berriozar o persona en quien delegue.

6.2. El Tribunal habrá de constituirse mediante convocatoria de su presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.

6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

6.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, los/las aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en aquéllas.

7. Desarrollo del concurso.

7.1. La fase del concurso tendrá una valoración máxima de 25 puntos distribuidos de la siguiente forma:

a) Por haber trabajado en una entidad local en funciones de Técnico de Euskara, por cada año, 3 puntos, hasta un máximo de 9 puntos. Por fracción, en días o tipo de jornada, la parte proporcional.

b) Por haber trabajado en otra administración pública en funciones de Técnico de Euskara, por cada año, 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos. Por fracción, en días o tipo de jornada, la parte proporcional.

c) Por haber trabajado en asociaciones o entidades privadas en la normalización del euskara como dinamizador, coordinador o técnico, por cada año, 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos. Por fracción, en días o tipo de jornada, la parte proporcional.

d) Titulaciones académicas:

–Postgrados en Planificación Lingüística: 4 puntos.

–Licenciatura en Filología Vasca: 1 punto.

–Licenciatura en Sociología: 1 punto.

e) Por asistencia a cursos de duración superior a 15 horas, que a juicio del Tribunal guarden relación con el puesto de trabajo a que se refiere la convocatoria, máximo 2 puntos.

En este apartado se tendrán en cuenta solamente los cursos sobre sociolingüística y los cursos de perfeccionamiento del nivel de euskera superiores a nivel EGA. No se tendrán en cuenta, entre otros, los cursos relacionados con los ámbitos de la lingüística, pedagogía o glotodidáctica. Los puntos se distribuirán de la siguiente forma:

–Por cada curso de 15-30 horas de duración: 0,20 puntos.

–Por cada curso de 31-50 horas de duración: 0,40 puntos.

–Por cada curso de 51-100 horas de duración: 0,60 puntos.

–Por cada curso de más de 101 horas de duración: 0,80 puntos.

f) Por publicaciones, comunicaciones, trabajos de investigación relativos a materias relacionadas con la convocatoria, según valoración del Tribunal, máximo 2 puntos (el tribunal juzgará la calidad suficiente de los trabajos).

–Por cada libro publicado: 1 punto.

–Por cada artículo publicado: 0,25 puntos.

–Por cada comunicación, conferencia, curso o trabajo de investigación sin publicar: 0,15 puntos.

7.2. Para acreditar la experiencia laboral se presentarán, por un lado, los certificados expedidos por los contratantes (detallando el tipo de trabajo, la fecha de comienzo y de fin de contrato, así como tipo de jornada), y por otro lado, el certificado de vida laboral.

7.3. El tribunal podrá solicitar a las personas aspirantes la documentación complementaria pertinente que necesite para puntuar la fase de concurso.

7.4. La puntuación obtenida por los candidatos en la fase de concurso se publicará en en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y en la página web municipal, con anterioridad a la celebración de la fase de oposición.

8. Pruebas.

8.1. La valoración máxima del conjunto de las pruebas será de 75 puntos. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no consigan la mitad de la puntuación fijada como máxima en cada prueba y ejercicio.

8.2. Se llevarán a cabo tres pruebas: la primera de capacitación lingüística específica en euskera, necesaria para el puesto de trabajo; la segunda sobre conocimientos teóricos y la tercera sobre capacidades relacionadas con el trabajo práctico del puesto. Cada prueba constará de los siguientes ejercicios:

Primera prueba: Prueba de capacitación lingüística específica en euskera, necesaria para el puesto de trabajo. Puntuación máxima de la prueba: 15 puntos. Constará de tres ejercicios:

Primer ejercicio. Capacitación oral. Será individual y tendrá una duración de diez minutos. Máxima puntuación: 5 puntos (serán necesarios 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

Segundo ejercicio. Capacitación escrita sobre la corrección de un texto en euskera. Máxima puntuación: 5 puntos (serán necesarios 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

Tercer ejercicio. Capacitación escrita: traducción al euskera de un texto en castellano. Máxima puntuación: 5 puntos (serán necesarios 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

El segundo y tercer ejercicio se harán uno a continuación del otro, y tendrán una duración máxima de hora y media.

Segunda prueba: Prueba sobre conocimientos teóricos. Máxima puntuación: 30 puntos. Se realizarán dos ejercicios:

Primer ejercicio. Test sobre los temas del anexo II: 80 preguntas a responder en una hora. Se podrá obtener una puntuación máxima de 15 puntos (para poder pasar al siguiente ejercicio, como mínimo, se deberán obtener 7,5). Cada pregunta contestada erroneamente tendrá una penalización de 0,08 puntos.

Segundo ejercicio. Comentario sobre un texto propuesto por el tribunal. Máximo 30 líneas. Tiempo máximo: una hora. Se podrá obtener una puntuación máxima de 15 puntos (para poder pasar a la siguiente prueba, como mínimo, se deberán obtener 7,5 puntos).

Tercera prueba. Valorará los conocimientos prácticos sobre la actividad del puesto de trabajo. Máximo 30 puntos. Se realizará un único ejercicio:

Redacción y defensa del plan general para la normalización del euskera en zona que se elija entre las siguientes:

1. Aezkoa y Aoiz.

2. Valle de Aranguren.

3. Burguete, Valle de Erro, Valcarlos, Roncesvalles y Valle de Arce.

4. Villava.

5. Barañain.

6. Baztan.

7. Berrioplano.

8. Berriozar.

9. Burlada.

10. Mancomunidad de Bortziriak.

11. Esteribar.

12. Galar.

13. Puente la Reina.

14. Mankomunidad de Irantzu.

15. Mancomunidad de Euskara de Navarra-Norte.

16. Estella/Lizarra.

17. Zona de la Mancomunidad de Malerreka.

18. Orkoien, Etxauri, y Cendea de Oltza.

19. Sakana.

20. Tafalla.

21. Uharte.

22. Roncal y Salazar.

23. Zizur Mayor.

El informe del citado plan se deberá presentar el día en que se realice la segunda prueba (los/as aspirantes que no lo entreguen quedarán eliminados/as). Se entregarán 5 copias del informe.

El tribunal valorará tanto el informe como su defensa oral. Los aspirantes dispondrán de media hora para la defensa y durante 15 minutos más el tribunal podrá hacer las preguntas que juzgue oportunas. Los/las aspirantes que no hagan la exposición ante el tribunal quedarán eliminados.

En el plan se deberán desarrollar cuando menos los siguientes aspectos: diagnóstico de la situación del euskera, objetivos, criterios para fijar las prioridades, agentes y medios de la comarca, actividades concretas y herramientas de evaluación.

El Ayuntamiento de Berriozar, siempre que le sea posible, pondrá a disposición de las personas aspirantes que así lo soliciten los siguientes recursos para hacer la presentación ante el tribunal: ordenador portatil, proyector y pantalla 150 cm x 150 cm. La persona aspirante que decida utilizarlos, no dispondrá de tiempo añadido, lo tendrá que manifestar en el momento de presentar las copias del informe y, el día de la defensa, deberá facilitar las copias de los archivos informáticos que vaya a utilizar a la hora y en el formato que la secretaría del tribunal le comunique con antelación. De cualquier manera, si en el momento de hacer la presentación surge algún problema técnico, el o la aspirante no podrá pedir responsabilidades ni al tribunal ni al Ayuntamiento de Berriozar.

Este ejercicio tendrá una valoración máxima de 30 puntos (siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo).

8.3. Las pruebas escritas se realizarán mediante sistema de plicas y las personas aspirantes utilizarán boligrafo azul.

8.4. Todas las pruebas se realizarán en euskara.

8.5. No se permitirá llevar al examen material de consulta para la realización de ninguno de los ejercicios.

8.6. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único al que las personas aspirantes deberán comparecer provistas del Documento de Identidad. Quedarán eliminadas las personas que no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados por cualquier motivo.

9. Valoración de las pruebas.

9.1. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio de que se trate. En el supuesto de que entre las puntuaciones máxima y mínima emitidas por los miembros del Tribunal calificador, exista una diferencia superior al 30 por ciento de la puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se trate, no se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la media aritmética con el resto de las puntuaciones.

9.2. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial de Berriozar y en la página web municipal, la lista de aspirantes aprobados/as con las calificaciones obtenidas y, así mismo, el lugar, la fecha y hora de celebración de la siguiente prueba.

10. Relación de aprobados/as.

10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial de Berriozar y en la página web municipal, la relación de aprobados/as por orden de puntuación obtenida, partiendo del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en las pruebas y en la fase de concurso.

10.2. Si se da el caso de puntuaciones finales iguales entre dos o más personas, quedará por delante en la lista de contratación la persona con mayor puntuación en la tercera prueba. Si también hay igualdad de puntos en la tercera prueba se decidirá el orden según las puntuaciones en el primer ejercicio de la segunda prueba y, seguidamente, en el segundo ejercicio de a segunda prueba. Si persiste el empate se decidirá por sorteo.

11. Gestión de las listas de contratación.

La lista de contratación tendrá una vigencia de cuatro años, salvo que se agote en un plazo inferior o se realice una nueva convocatoria.

La lista de contratación surgida de esta convocatoria será la preferente a la hora de cubrir las vacantes en las plazas de técnicos-as de euskera de las Administraciones Locales. Si la vacante no se cubre con esta lista, la entidad gestora podrá utilizar las listas generadas en convocatorias anteriores (de la más reciente a la más antigua), siempre que se encuentren en vigor según el convenio aprobado por las entidades firmantes.

12. Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de aplicación de la misma podrá interponerse recurso de reposición antre el mismo órgano que ha aprobado la presente convocatoria en el plazo de un mes, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación o notificación del acto recurrido y, optativamente, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación o notificación del acto recurrido.

Berriozar, 19 de septiembre de 2013.–El Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar, Xabier Lasa Gorraiz.

ANEXO I

Modelo de instancia

Convocatoria para la creación de una lista de contratación para sustituciones de técnicos/as de euskera municipales.

–Datos de la persona solicitante:

Nombre y apellidos:

Fecha de nacimiento:

DNI:

Domicilio:

Localidad y código postal:

Teléfono(s):

Correo electrónico:

Expone: Que el Ayuntamiento de Berriozar ha publicado la convocatoria para la creación de una lista de contratación para sustituciones de técnicos/as de euskara. Que adjunto fotocopia de los documentos exigidos en la convocatoria, así como de los méritos a valorar en la fase de concurso, todas ellas en las condiciones que marca la convocatoria.

Declaración jurada: Declaro que cumplo todos y cada uno de los requisitos exigidos en el punto 3.1. de la convocatoria.

Solicita: Se admita la presente instancia y, en consecuencia, en las pruebas de la convocatoria.

Fecha y firma del/de la solicitante

Protección de datos: En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias propias de esta Administración y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Berriozar, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (Kaleberri, 7, 31013 Berriozar).

SEÑOR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE BERRIOZAR.

ANEXO II

Temario de la prueba de conocimientos teóricos

1. Conceptos básicos referentes a las lenguas en contacto: comunidad lingüística, lenguas minorizadas, multilingüismo, diglosia, conflicto lingüístico, normalización lingüística, política lingüística, planificación lingüística, ecología lingüística, derechos lingüísticos y oficialidad.

2. Estatus legal del euskera. Constituciones, estatutos de autonomía y leyes orgánicas. Ley Foral del Vascuence. Principales disposiciones que desarrollan la Ley Foral del Vascuence y ordenanzas municipales del euskera en Navarra.

3. Situación demolingüística del euskera en Euskal Herria. Datos y estudios sobre capacitación lingüística, transmisión del euskera y datos y estadísticas en torno al uso del euskera.

4. Situación funcional del euskera. El uso del euskera en ámbitos sociales.

5. Historia sociolingüística del euskera.

6. Tratados, convenios y declaraciones internacionales relacionados con la pluralidad lingüística.

7. Repertorio lingüístico: variantes y espacios lingüísticos. Repertorio del euskera: estándar, variantes geográficas, lenguaje juvenil, lenguaje administrativo...

8. Aportaciones teóricas de la sociolingüística internacional: Fishman, Mackey, Cooper, Aracil...

9. Aportación teórica de la sociolingüística de Euskal Herria: Txepetx, Txillardegi, Odriozola, Zalbide...

10. Metodologías para la investigación sociolingüística. Métodos cualitativos, cuantitativos y participativos. Medición del uso del euskera en la calle.

11. Modelos de política lingüística utilizados en la normalización de lenguas minorizadas en el contexto internacional. Los conceptos de territorialidad y derecho personal.

12. Infraestructura para la normalización del euskera en Euskal Herria. Entidades públicas y sociales.

13. Planes de normalización lingüística en entidades públicas y privadas.

14. Tratamiento del euskera en los puestos de la administración. Preceptividad. Niveles de conocimiento. Equivalencias.

15. Servicios de Euskera de las entidades locales de Navarra. Red de Técnicos/as Municipales de Euskera (Nuets).

16. Modos de enseñanza/aprendizaje del euskera. Euskaldunización y alfabetización de personas adultas. Modelos lingüísticos.

17. Calidad del euskera. Corrección. Adecuación. Coherencia. Cohesión.

18. Herramientas para trabajar en euskera: software en euskera, diccionarios, libros de estilo, memorias de traducción, servicios de asesoramiento...

19. Organización y competencias de las entidades locales de Navarra.

Código del anuncio: L1313044

Hace cien años

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