BOLETÍN Nº 174 - 10 de septiembre de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

TUDELA

Convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de 1 plaza de Empleado/a de Servicios Múltiples (Nivel D) al servicio del Ayuntamiento de Tudela

Mediante Resolución de Alcaldía número 1206/2013, de 8 de agosto, se ha aprobado la convocatoria y sus Bases (adjuntas) para la provisión, en promoción interna restringida y mediante oposición, de 1 plaza de nivel D de Empleado de Servicios Múltiples.

El concurso oposición se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes,

BASES

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición de 1 plaza de nivel D, a través del procedimiento previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y también establecido en el artículo 32.2 del vigente Acuerdo sobre condiciones de empleo de los funcionarios y trabajadores contratados fijos y temporales del M.I. Ayuntamiento de Tudela y de sus Organismos Autónomos.

1.2. De conformidad con lo previsto en el acuerdo aprobatorio de la Plantilla Orgánica Municipal para el año 2007, adoptado en sesión de Pleno de 26 de octubre de 2007, la plaza objeto de provisión es 1 puesto de Empleado/a de Servicios Múltiples.

1.3. Quien, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para desempeñar el puesto de trabajo indicado, será encuadrado en el nivel D y percibirá las retribuciones correspondientes a dicho nivel o grupo.

1.4. Será promocionado el/la aspirante que haya superado la fase de oposición.

1.5. La persona promocionada quedará adscrita al mismo servicio o área en el que estaba, ejecutando los trabajos y funciones adecuados al nivel y categoría de la convocatoria y a los estudios exigidos, desempeñando las funciones que venía realizando hasta el momento, además de las derivadas de su nuevo nivel de encuadramiento.

1.6. La participación en la presente promoción de nivel no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera el empleado o empleada antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

2.–Requisitos de los y las aspirantes.

Para ser admitidos/as a la presente oposición, los y las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a o contratado/a laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Tudela y hallarse encuadrado/a en el nivel o grupo E.

b) Haber sido nombrado/a o contratado/a para ocupar un puesto de Peón o Peón de Guardarropía.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra.

e) Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

La ausencia del requisito de titulación podrá suplirse por la acreditación de ocho años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

Los anteriores requisitos deberán acreditarse en el momento de la presentación de instancias.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Tudela, o por alguno de los procedimientos regulados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en el plazo de 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I en la presente convocatoria y que será facilitado en la Oficina del Servicio de Atención al ciudadano del Ayuntamiento de Tudela (plaza Vieja número 1, o en oficina en calle Escos Catalan número 1, de Tudela), en Internet www.tudela.es, y en ellas los y las aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para concurrir a esta oposición, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2. Se adjuntará con la instancia la documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la base 2 de la presente convocatoria.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tudela, página Web municipal, así como la notificación personal a los interesados.

4.2. Los y las aspirantes excluidos, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de su notificación.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que deberá ser notificada personalmente a las mismas y publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y página Web municipal. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Pendiente de designar.

–Suplente: Pendiente de desginar.

–Vocal: Don José Luis Sangüesa Ochoa (Coordinador Deportivo del Ayuntamiento de Tudela).

–Suplente: Don Jesús Zubieta Mozaz. Técnico de Grado Medio del Area de Atención al Ciudadano.

–Vocal: Don Francisco Javier González Marco (Empleado de Servicios Múltiples, adscrito a Deportes).

–Suplente: Doña Ana Felipe Sáenz (Empleado de Servicios Múltiples, adscrito a Deportes).

–Vocal: Don Jesús Fernández Miranda (Empleado de Servicios Múltiples, adscrito a Educación).

–Suplente: Doña Ana Cristina Martínez Cisneros (Empleado de Servicios Múltiples, adscrito a Educación).

–Vocal: Un representante del personal designado a propuesta de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela.

–Suplente: Un representante del personal designado a propuesta de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Tudela.

–Secretario: Doña Ana Rosa Valero Gómez (Oficial Administrativo de Personal).

–Suplente: Don Jesús M. Zueco Sánchez (Oficial Administrativo de Personal).

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

6.–Desarrollo de la oposición.

6.1. El ejercicio consistirá en el desarrollo de una prueba teórico-práctica, de carácter específico para el puesto objeto de convocatoria y que versará sobre las funciones, cometidos y desempeño de los mismos.

6.2. La puntuación máxima total de la fase de oposición será de 50 puntos, quedando eliminados aquellos opositores que no alcancen, al menos, 25 puntos.

6.3. Una vez terminado el ejercicio, el Tribunal, en el plazo de diez días, hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tudela y en la página Web municipal la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas.

6.4. La prueba se realizará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas quedarán eliminados.

7.–Relación de aprobados.

7.1. Terminada la calificación del ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tudela y en la página Web municipal, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida.

7.2. El Tribunal elevará al órgano competente propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, según lo establecido en el apartado 6.2. de la presente convocatoria.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el procedimiento selectivo a que se refiere la base anterior, el Alcalde nombrará mediante resolución a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, especificando su nuevo nivel de encuadramiento. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. Los aspirantes nombrados deberá tomar posesión o formalizar anexo a su contrato laboral en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Quien en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos los derechos para la adquisición del nuevo nivel de encuadramiento.

9.–Recursos.

Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma que no emanen del Tribunal Calificador, podrá interponerse, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Asimismo, le asiste el derecho a presentar una queja gratuita ante el Defensor del Pueblo de Navarra, si bien debe tenerse en cuenta que la presentación de dicha queja no suspende la ejecución de las resoluciones administrativas o judiciales, ni interrumpe los plazos legales para recurrir contra ellas si fuera procedente.

Tudela, 8 de agosto de 2013.–El Sr. Alcalde en Funciones del M.I. Ayuntamiento de Tudela, firma ilegible.

Nota: Todas las referencias para las que en esta convocatoria y sus anexos se utiliza la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.

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