BOLETÍN Nº 174 - 10 de septiembre de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 28 de agosto de 2013, por el que se aprueba la delimitación definitiva del entorno de protección del inmueble denominado palacio del Marqués de Huarte, sito en la localidad de Tudela (Navarra).

El inmueble denominado palacio del Marqués de Huarte, sito en la localidad de Tudela, fue declarado monumento histórico-artístico por Decreto de 15 de diciembre de 1989 (Boletín Oficial del Estado de 21 de diciembre de 1989).

De conformidad con lo establecido en el artículo 19.1 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, resulta necesario fijar y delimitar, de una manera precisa, el entorno protegido de este monumento.

El expediente requiere, según la Ley Foral anteriormente citada, la fijación de una delimitación provisional, una fase de información pública y su aprobación definitiva mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra.

La Resolución 92/2013, de 27 de marzo, de la Directora General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, delimitaba provisionalmente el entorno de protección y abría un periodo de información pública en el expediente de Bien de Interés Cultural del inmueble denominado palacio del Marqués de Huarte, sito en la localidad de Tudela.

La Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 77, de 24 de abril de 2013. No se han recibido alegaciones al expediente.

Con fecha 1 de julio de 2013 se dio traslado del expediente al Consejo Navarro de Cultura. El Consejo Navarro de Cultura ha emitido informe favorable con fecha 29 de julio de 2013.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales,

ACUERDA

1.º Aprobar la delimitación del entorno de protección del inmueble denominado palacio del Marqués de Huarte, sito en la localidad de Tudela (Navarra).

2.º El entorno de protección del inmueble denominado palacio del Marqués de Huarte, sito en Tudela, incluye las parcelas 43, 42 y 44, las fachadas de las parcelas 623, 624 y 625 hacia la calle Mercadal, la fachada de la parcela 626 hacia la calle Leache y las fachadas de la parcela 2 hacia las calles Mercadal, Jorge Burgaleta y Leache, todas ellas del polígono 5 del municipio de Tudela, las áreas de las calles Mercadal, Jorge Burgaleta y Leache comprendidas entre estas parcelas y el área de la calle Herrerías situada frente a las parcelas 43, 42 y 44 hasta su eje.

En el entorno de este monumento, exceptuada la parcela 43 ocupada por el propio monumento –en la que la protección es específica–, el nivel de protección queda establecido por las determinaciones del P.E.P.R.I. del casco antiguo de Tudela, informado por Resolución 212/2011, de 20 de mayo, del Director General de Cultura, estando sujeta en todo caso cualquier intervención a la autorización prevista en el artículo 36.1 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, conforme a lo indicado en el artículo 36.3.

3.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º El presente Acuerdo, pone fin a la vía administrativa y puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 28 de agosto de 2013.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, F. Javier Morrás Iturmendi.

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