BOLETÍN Nº 161 - 22 de agosto de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.5. Estatutos y Convenios colectivos

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2013, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de prórroga del Convenio Colectivo del sector Servicios Auxiliares de Navarra, en materia de ultraactividad.

Visto el texto del Acuerdo de prórroga del Convenio Colectivo del sector Servicios Auxiliares de Navarra (Código número 31008825012009), en materia de ultraactividad, que tuvo entrada en este Registro en fecha 10 de julio de 2013, y que fue suscrito el día 5 de julio de 2013 por la Comisión Negociadora del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO:

1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 18 de julio de 2013.–La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

ACUERDO DE ULTRACTIVIDAD
CONVENIO COLECTIVO DE SERVICIOS AUXILIARES DE NAVARRA

En virtud de los acuerdos en los que se exhorta a las partes a llegar a acuerdos para prolongar la ultractividad de los Convenios Colectivos más allá del 8 de julio de 2013.

Acuerdos adoptados, por una parte en la Comunidad Foral de Navarra entre las centrales sindicales UGT y CCOO con la CEN, el pasado 4 de junio de 2012. Y por otra parte, firmado por UGT y CCOO con la CEOE y CEPYME el pasado día 23 de mayo de 2013 a nivel estatal para la ultractividad de los Convenios Colectivos al amparo del II ANC.

Las partes como integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Servicios Auxiliares de Navarra alcanzan el siguiente acuerdo:

–Reunidos, de una parte:

Don Carlos Esquisabel.

Doña Patricia Calonge.

Don David Bueno.

Don Jose Manuel Ayesa (Asesor).

Todos ellos por la Asociación de Empresas de Servicios Auxiliares de Navarra.

–Y de otra:

Don Luis Hernandez por UGT.

Doña Sera Alonso por UGT.

Don Juan Antonio Vidal por CCOO.

Don Fernando Munarriz por CCOO.

ACUERDAN:

–Prorrogar la eficacia jurídica y el contenido normativo de todas sus cláusulas del Convenio Colectivo de Servicios Auxiliares de Navarra actualmente vigente (Convenio Colectivo 2008-2009-2010-2011), por un nuevo espacio de tiempo, hasta el 31 de diciembre de 2013.

–De esta manera la ultractividad del Convenio Colectivo se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 por mutuo acuerdo de las partes.

–Si llegado el término del plazo marcado, no hubiese alcanzado acuerdo se podría solicitar, si las partes están de acuerdo, un arbitraje en cuyo caso se producirá un laudo vinculante que dirimirá las discrepancias existentes.

En Pamplona, a 5 de julio de 2013.

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