BOLETÍN Nº 16 - 24 de enero de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CARCASTILLO

Aprobación de tipos y tarifas

El Ayuntamiento de Carcastillo, en sesión celebrada el 20 de diciembre del 2012, adoptó acuerdo de aprobación inicial de tasas, precios públicos y tipos impositivos para el año 2013:

-Contribución urbana: 0,265.

-Contribución rústica: 0,448.

-Impuesto Vehículos: Las tarifas que marca la ley.

-Impuesto Construcciones:

  • 3,25% solicitudes de licencia con proyecto.
  • 4,80% solicitudes de licencia sin proyecto.

-Impuesto Actividades Económicas: 37%.

-Impuesto Incremento Valor de los Terrenos: 13,48.

-Ordenanzas:

1.-Por utilización de Instalaciones Deportivas.

  • Piscinas:
  • Abonos mayores: 56 euros.
  • Abonos menores de 12 años: 29 euros.
  • Abonos de 12 a 16 años: 40 euros.
  • Abonos jubilados y mayores de 65 años: 29 euros.
  • Abonos quincenales: 22 euros.
  • Entradas mayores: 5 euros.
  • Entradas menores: 3 euros.
  • Entradas jubilados: 3 euros.
  • Familias numerosas, pensionistas y minusválidos: 20% dto.
  • En unidades familiares donde se adquieran varios abonos de temporada el primero de ellos será al precio estipulado, el segundo tendrá un descuento del 10%, el tercero de un 20% y el cuarto de un 30% y así sucesivamente. Los primeros abonos a adquirir y aplicar descuentos en la unidad familiar serán los de los adultos, debiendo adquirirse todos los abonos de la unidad familiar a la vez para poder aplicarse el descuento.

Las familias numerosas podrán optar por la opción que consideren más conveniente de las dos.

  • Polideportivo:
  • Futbito mayores: 18,40 euros/hora.
  • Futbito de 11 a 16 años: 6,60 euros/hora.
  • Futbito menores: 6,60 euros/hora.
  • Badminton: 1,45 euros/pers. De +16 años - 0,78 euros edad escolar.
  • Entrenamiento balonmano, baloncesto menores: 3,85 euros/hora.
  • Entrenamiento balonmano, baloncesto adultos: 18,40 euros/hora.
  • Entrenamiento balonmano, baloncesto de 11 a 16 años: 6,60 euros/hora.

Estarán exentos del cobro de la tasas por la utilización de cualquier instalación municipal los equipos federados del pueblo que participen en competiciones.

2.-Por apertura de zanjas en terrenos de uso público o cualquier remoción del pavimento ó aceras:

  • Apertura de zanjas: Precio valor mercado en cada momento.

3.-Por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo:

  • Por aprovechamiento del suelo:
  • Mercadillos por metro lineal: 1,60 euros.
  • Rastrillo: 2,75 euros.
  • Vehículos-bar: 12,25 euros.
  • Vehículos ambulantes: 12,25 euros.
  • Por aprovechamiento del subsuelo:
  • Por tanque instalado: 320 euros.
  • Cuota mínima por instalación y aprovechamiento de redes generales de distribución de gas por metro lineal al año: 6,35 euros.
  • Por ocupación de calles, materiales de escombros y otros para la ejecución de obras:
  • Primer mes a 0,32 euros/m².
  • A partir del primer mes a 0,43 euros/m².
  • Por corte de calle:
  • A razón 6,38 euros/día.

4.-Cine.

  • Adultos:
  • Entrada: 4 euros.
  • Abono 10 entradas: 35 euros.
  • Infantil:
  • Entrada: 3,5 euros.
  • Abono de 10 entradas: 30 euros.

5.-Tarifas a la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos:

  • Expedición de certificados: 1 euro.
  • Expedición de certificados históricos: 2 euros.
  • Fotocopia compulsada: 1,50 euros.
  • Compulsa: 1 euro.
  • Consulta en archivo: Plazo máximo de 15 días.
  • Licencias de actividad clasificada:

1. Ud. Informe favorable o requerimiento de los proyectos de actividades clasificadas descritas en el anejo 4D de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: Lo que acuerde Namainsa.

2. Ud. Informe favorable o requerimiento para la concesión de licencias de apertura de actividades clasificadas de proyectos descritos en el anejo 4 D de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de intervención para la protección ambiental: Lo que acuerde Namainsa.

3. Ud. Informe favorable o requerimiento para la concesión de licencias de apertura de actividades clasificadas de proyectos descritos en los anejos 4 A, 4B y 4C de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental: Lo que acuerde Namainsa.

4. Ud. Informe de Consultas o denuncias solicitadas por el Ayuntamiento: Lo que acuerde Namainsa.

5. Ud. Visita de técnico para la elaboración del informe correspondiente: Lo que acuerde Namainsa.

6. Ud. Informes en el Procedimiento de obtención de Licencia de Actividad Inocua de la Ley Foral 4/2005: Lo que acuerde Namainsa.

7. Ud. Informes en el Procedimiento de obtención de Licencia de Apertura de Actividad inocua de la Ley Foral 4/2005: Lo que acuerde Namainsa.

8. Ud. Visita de técnico para la elaboración del informe de Actividad Inocua: Lo que acuerde Namainsa.

9. Publicaciones en periódicos y boletines de tramitaciones de expedientes: el coste de dicha publicación.

2.-Este acuerdo entrará en vigor con efectos del día 1 de enero del 2013.

3.-Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento a los efectos legales oportunos, haciendo saber que contra la presente acuerdo cabe interponer de forma optativa alguno de los siguientes recursos:

-Mediante interposición de recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento de Carcastillo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

-Mediante la interposición directa de recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

-Mediante la interposición de recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Carcastillo, 20 de diciembre del 2012.-El Alcalde, Constantino Alfaro Cortes.

Código del anuncio: L1217837