1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 292E/2013, de 17 de julio, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales, al proyecto de Centro de Transformación intemperie compacto denominado Aientsa y su entronque con la red eléctrica, en el término municipal de Arantza, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.
Expediente: Autorización de Afecciones Ambientales.
Actividad: Centro de Transformación intemperie compacto denominado Aientsa en Arantza.
Anejo Reglamento LFIPA: 2C-Actividades y proyectos sometidos a autorización de afecciones ambientales.
Municipio: Arantza.
Promotor: Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.
Ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe I del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.
El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.
El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
La actuación proyectada consiste en la construcción de un centro de transformación intemperie compacto de 250 kva denominado CTIC Aientsa, que será abastecido desde una nueva acometida eléctrica que partirá desde el apoyo N-123 (existente y a sustituir) de la línea eléctrica STR Lesaka-Igantzi 13,2 kV s/c. Así mismo se desmontará el CTI existente denominado Aienas.
Consta en el expediente informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 1436/2011, de 13 de septiembre del Director General de Medio Ambiente y Agua.
RESUELVO:
1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de Centro de Transformación intemperie compacto denominado Aientsa y su entronque con la red eléctrica, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.
2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:
De contenido ambiental:
–El apoyo de conversión aéreo-subterráneo se construirá de acuerdo a la documentación complementaria presentada el 25 de junio de 2013.
De contenido urbanístico:
–De acuerdo al artículo 112.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, los elementos aéreos vinculados a la infraestructura (cierres, apoyos, construcciones) deberán respetar la zona de servidumbre de 3 metros medidos desde el borde exterior de los caminos públicos.
–Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, la empresa promotora se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia que se trate.
3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.
4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.
5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Arantza, al Guarderío Forestal (demarcación Bidasoa) y al interesado, a los efectos oportunos.
Pamplona, 17 de julio de 2013.–El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.
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