BOLETÍN Nº 152 - 8 de agosto de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 256E/2013, de 17 de junio, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede con condiciones la Autorización de Afecciones Ambientales, al Proyecto de Estación de Tratamiento de Agua Potable de Leitza situado en diversas parcelas del polígono 2 junto al depósito de agua de esa localidad, promovido por el Ayuntamiento de Leitza.

Objeto: Resolución.

Referencia: Código Expediente: 0001-0015-2013-000046.

Unidad gestora: Dirección General de Medio Ambiente y Agua. Servicio de Calidad Ambiental. Sección de Evaluación Ambiental. Calle González Tablas, 9, 31005 Pamplona. Teléfono: 848 427625. Correo electrónico: secevamb@cfnavarra.es.

Expediente: Autorización de Afecciones Ambientales.

Actividad: Estación de tratamiento de agua potable de Leitza.

Anejo Reglamento LFIPA: 2C-Actividades y proyectos sometidos a autorización de afecciones ambientales.

Localidad: Leitza. Municipio: Leitza.

Polígono: 2. Parcelas: 210, 712, 242 y 499.

Promotor: Ayuntamiento de Leitza.

Fecha solicitud: 08/03/2013.

Por Resolución 217/E2013, de 23 de mayo del Director del Servicio de Calidad Ambiental se concedió la Autorización de Afecciones Ambientales, al Proyecto de Estación de Tratamiento de Agua Potable de Leitza situado en diversas parcelas del polígono 2 junto al depósito de agua de esa localidad, promovido por el Ayuntamiento de Leitza.

Con posterioridad se ha recibido el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 5 de junio de 2013. Dicho informe es favorable con la condición de que el promotor se provea de cuantas autorizaciones sean precisas para la implantación del proyecto.

La actuación proyectada consiste en construir una estación potabilizadora de aguas en el Depósito de Agua de Leitza situado en la parcela 499 del polígono 2 de Leitza, para lo que se deberán ejecutar diversas actuaciones de reforma y ampliación del mismo y adecuar el sistema de conducciones que llegan al depósito. Entre estas obras se hace necesario unificar cinco conducciones que llegan al depósito en un colector general y la sustitución de la conducción que proviene del manantial de Otemotz que será instalada siguiendo el trazado de la conducción actual. Este último tramo de una longitud aproximada de 180 m será de FD Ø 150 mm. Este tramo discurre por prados siendo las afecciones medioambientales mínimas al reponerse la tierra vegetal.

La documentación entregada incluye un análisis de los residuos generado por las obras de acondicionamiento y construcción de la ETAP y de la propia conducción.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 1436/2011, de 13 de septiembre del Director General de Medio Ambiente y Agua.

RESUELVO:

1.º Conceder con condiciones Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto Estación de Tratamiento de Agua Potable de Leitza en el entorno inmediato al depósito de agua de Leitza, promovido por el Ayuntamiento de Leitza.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas correctoras:

–Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución (carreteras, caminos públicos, cauces públicos, redes de servicios u otras), el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

–Los residuos de demolición y construcción que se generen deberán ser gestionados por gestor autorizado.

–Las tierras de excavación obtenidas se deberán reponer en las zanjas abiertas o se extiendan en el entorno inmediato al depósito de agua de tal manera que se recupere la cubierta vegetal de modo natural o mediante siembra de herbáceas tras las obras.

–En caso de que esas tierras sean extendidas contiguamente al depósito, si no son aptas para su revegetación se retirará previamente la cubierta de tierra fértil del área donde se van a extender para su reposición sobre la zona de vertido.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Leitza y al Guarderío Forestal demarcación 1 (Bidasoa), a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de junio de 2013.–El Director de Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

Código del anuncio: F1310583

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