BOLETÍN Nº 152 - 8 de agosto de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 293/2013, de 17 de julio, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de acometida a CTIC Arranobieta desde la línea ST Bidasoa-Irún y Centro de Transformación en el término municipal de Sunbilla, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Expediente: Autorización de Afecciones Ambientales.

Actividad: Electrificación de línea aérea y subterránea: Acometida a CTIC Arranobieta línea ST Bidasoa-Irún y Centro de Transformación en Sunbilla.

Anejo Reglamento LFIPA: 2C-Actividades y proyectos sometidos a autorización de afecciones ambientales.

Municipio: Sunbilla.

Promotor: Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe I del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación proyectada tiene por objeto la alimentación de un nuevo centro transformación intemperie de 250 kva denominado CTIC Arranobieta, mediante la construcción de una nueva línea eléctrica subterránea de aproximadamente 10 metros de longitud, en la parcela 231 del polígono 2 del término municipal de Sunbilla, con el objeto de mejorar las instalaciones eléctricas actuales y garantizar la continuidad y calidad del suministro. Además se sustituirá el apoyo T-9111 de la línea ST Bidasoa-Irún 30 kv.

Consta en el expediente informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 1436/2011, de 13 de septiembre del Director General de Medio Ambiente y Agua.

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de acometida a CTIC Arranobieta desde la línea ST Bidasoa-Irún y Centro de Transformación en el término municipal de Sunbilla, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas correctoras:

–El apoyo de derivación y conversión aéreo-subterránea se deberá ejecutar de acuerdo a la documentación complementaria presentada con fecha 25 de junio de 2013.

–Las construcciones, apoyos o instalaciones que emerjan del terreno deberán respetar al menos una zona de servidumbre de los “caminos” de tres metros medidos desde el borde exterior del mismo, minimizando en lo posible el impacto visual en el entorno natural, conforme a los artículos 112 y 88 de la Ley Foral 35/2002.

–En caso de que en el transcurso de los trabajos apareciera algún resto arqueológico, se deberá paralizar las obras y se comunicará el hallazgo de forma inmediata al órgano foral competente en Arqueología (Sección de arqueología del Servicio de Patrimonio Histórico de Gobierno de Navarra), considerándose como infracción grave cualquier afección al mismo por omisión de esta consideración (art. 54 de la Ley Foral 14/2005, del Patrimonio cultural de Navarra y artículos 42.3 y 44 de la Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español).

–Las actividades y usos propuestos conllevan otras autorizaciones independientes a la presente, de las que el promotor deberá proveerse de modo previo a la licencia de obras, en razón de la materia de que se trate; en particular de las siguientes:

  • Autorización de la Dirección General de Obras Públicas de este Departamento, en virtud del artículo 46 de la Ley Foral 5/2007 de Carreteras de Navarra, conforme a la tramitación indicada en su artículo 47, ya que la infraestructura sobrevuela la carreteras NA-1210-Puerto Belate en el ámbito del kilómetro 34.
  • Autorización del Organismo de cuenca correspondiente (Cantábrica), en relación a los dos punto en los que se vuela sobre cauce público y apoyo en su zona de policía, del Río Bidasoa.

–La presente autorización se refiere exclusivamente a la implantación de la infraestructura eléctrica, siendo el Ayuntamiento quien evalúe la situación administrativa de los usos que se llevan a cabo en los caseríos a los que se da servicio, habiéndose considerado la construcción como preexistente a la exigencia de trámites territoriales autorizatorios.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Sunbilla, al Guarderío Forestal (demarcación Bidasoa) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de julio de 2013.–El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

Código del anuncio: F1310558

Hace cien años

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