BOLETÍN Nº 133 - 12 de julio de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 337/2013, de 20 de junio, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueba la implantación, de forma experimental durante el curso 2013/2014, de la jornada escolar continua o la jornada escolar flexible en determinados centros que imparten Educación infantil y primaria de la Comunidad Foral de Navarra.

La Resolución 210/2013, de 26 de abril, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, regula el procedimiento para la implantación, de forma experimental durante el curso 2013/2014, de la jornada escolar continua, en un máximo de seis centros, y de la jornada escolar flexible, en un máximo de veinte centros, de educación infantil y primaria, tanto públicos como privados concertados, de la Comunidad Foral de Navarra.

En la citada Resolución 210/2013, se establecen los requisitos que deberán cumplir los centros solicitantes para la aprobación de la implantación de la jornada escolar continua y de la jornada escolar flexible.

Una vez analizados los Proyectos presentados por los centros solicitantes y comprobado que las actas de las votaciones del censo del Claustro, del censo del Consejo Escolar y del censo de familias cumplen con el requisito de que, al menos, dos tercios, de las personas con derecho a voto de cada uno ellos, están a favor del cambio a jornada continua o a jornada flexible.

Visto el informe favorable emitido por el Director del Servicio de Ordenación e Igualdad de Oportunidades para que se proceda a la implantación de forma experimental durante el curso 2013/2014, de la jornada escolar continua o de la jornada escolar flexible en determinados centros que imparten Educación infantil y primaria de la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la implantación, de forma experimental durante el curso 2013/2014, de la jornada escolar continua en los centros que imparten Educación infantil y primaria, según se establece en el punto 3 del Anexo I.

2.º Aprobar la implantación, de forma experimental durante el curso 2013/2014, de la jornada escolar flexible en los centros que imparten Educación infantil y primaria, según se establece en el punto 2 del Anexo II.

3.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución a los Servicios de Ordenación e Igualdad de Oportunidades, de Participación Educativa, Atención al Profesorado y TIC, de Inspección Educativa, de Recursos Humanos, así como al Boletín Oficial de Navarra para su publicación.

Pamplona, 20 de junio de 2013.–El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota.

ANEXO I

Centros seleccionados para implantar,
de forma experimental durante el curso 2013/2014, la jornada continua

1. La implantación de la jornada continua, de forma experimental para el curso 2013/2014, ha sido solicitada por los siguientes 24 centros:

CENTRO

TIPO

LOCALIDAD

1

Santa Bárbara

Público

Monreal

2

Pitillas

Público

Pitillas

3

Nuestra Señora del Rosario

Público

Sartaguda

4

Sagrado Corazón

Privado

Alsasua

5

Virgen del Soto

Público

Caparroso

6

Dos de Mayo

Público

Castejón

7

Virgen de Gracia

Público

Cárcar

8

José Luis de Arrese

Público

Corella

9

Fco. Javier Sáenz de Oiza

Público

Cáseda

10

Río Arga

Público

Berbinzana

11

Francisco Arbeloa

Público

Azagra

12

San Juan

Público

Lumbier

13

San Bartolomé

Público

Marcilla

14

Ximénez de Rada

Público

Rada

15

García Galdeano

Público

Pamplona

16

Nuestra Señora del Patrocinio

Público

Milagro

17

El Castellar

Público

Villafranca

18

Marqués de la Real Defensa

Público

Tafalla

19

Julián M.ª Espinal Olcoz

Público

Mendigorría

20

Mendialdea I

Público

Berriozar

21

Martín de Azpilcueta

Público

Barasoain

22

San Salvador

Público

Oteiza

23

Elías Terés Sádaba

Público

Funes

24

Ángel Martínez Baigorri

Público

Lodosa

2. La Resolución 210/2013, de 26 de abril, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, en su Anexo I, apartado 3.–Aprobación, punto 2, dispone que en caso de que hubiera más de seis proyectos que cumplan con todos los requisitos, los centros se ordenarán, para su selección, en orden de mayor a menor porcentaje de votos a favor manifestado por las familias. En caso de existir empate, éste se dirimirá por sorteo.

3. Por lo tanto, teniendo en cuenta el punto anterior, los seis centros seleccionados para implantar, de forma experimental durante el curso 2013/2014, la jornada continua son los siguientes:

CENTRO

TIPO

LOCALIDAD

FAMILIAS

(% a favor)

1

Santa Bárbara

Público

Monreal

100,00%

2

Pitillas

Público

Pitillas

100,00%

3

Nuestra Señora del Rosario

Público

Sartaguda

96,87%

4

Sagrado Corazón

Concertado

Alsasua

90,90%

5

Virgen del Soto

Público

Caparroso

90,62%

6

Dos de Mayo

Público

Castejón

88,07%

ANEXO II

Centros seleccionados para implantar,
de forma experimental durante el curso 2013/2014, la jornada flexible

1. La implantación de la jornada flexible, de forma experimental para el curso 2013/2014, ha sido solicitada por 11 centros.

2. Los centros seleccionados para implantar, de forma experimental durante el curso 2013/2014, la jornada flexible son los siguientes:

CENTRO

TIPO

LOCALIDAD

FAMILIAS

(% a favor)

1

Santos Justo y Pastor

Público

Fustiñana

87,27%

2

Juan de Palafox

Público

Fitero

86,36%

3

Félix Zapatero

Público

Valtierra

77,88%

4

Nuestra Señora de la Asunción

Público

Santacara

75,47%

5

Nicasio de Landa

Público

Echavacoiz

74,54%

6

Cerro de la Cruz

Público

Cortes

73,99%

7

Otero de Navascués

Público

Cintruénigo

72,80%

8

Hilarión Eslava

Público

Burlada

70,43%

9

Lago de Mendillorri

Público

Pamplona

67,05%

3. Se desestiman, por incumplir el requisito de aprobación por al menos dos tercios del censo de familias, las solicitudes presentadas por los centros que a continuación se relacionan:

–Colegio Público “Monte San Julián” de Tudela.

–Colegio Público “San Francisco” de Pamplona.

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