BOLETÍN Nº 130 - 9 de julio de 2013

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación

Notificación para: don David García De la Torre.

Acto que se notifica: Resolución número 3308, de 28 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00064, interpuesto por don David García de la Torre contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 817465/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3308 de 28 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 27 de septiembre de 2012, dictada por importe de 76,23 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 817465/09); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: doña Sabina Herreros Pascual.

Acto que se notifica: Resolución número 3423, de 30 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00090, interpuesto por doña Sabina Herreros Pascual contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 689840/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3423 de 30 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 27 de septiembre de 2012, dictada por importe de 76,43 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 689840/10); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: doña Laura Urquizu Barasoain.

Acto que se notifica: Resolución número 3424, de 30 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00091, interpuesto por doña Laura Urquizu Barasoain contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 6328/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3424 de 30 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 27 de septiembre de 2012, dictada por importe de 185,50 euros para la recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico no abonada en periodo de pago voluntario (expediente municipal número 6328/10); acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3372, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00213, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 12022/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3372 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 12022/10); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3373, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00214, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 479598/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3373 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 479598/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3374, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00215, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 359120/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3374 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, correspondiendo dicha cantidad en su totalidad al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 359120/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3375, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00216, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 796608/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3375 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 796608/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3376, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00217, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 826796/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3376 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 826796/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3377, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00218, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 624782/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3377 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 624782/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3378, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00219, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2013 (expediente municipal número 849381/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3378 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 849381/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3379, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00220, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 826664/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3379 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 826664/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3380, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00221, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2013 (expediente municipal número 207210/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3380 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 207210/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3381, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00222, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 212064/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3381 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 212064/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Vidaurre Orayen.

Acto que se notifica: Resolución número 3382, de 29 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00223, interpuesto por don Fernando Vidaurre Orayen contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de agosto de 2012 (expediente municipal número 423465/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3382 de 29 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 10 de agosto de 2012, por un importe total embargado de 14,93 euros, sin que corresponda cantidad alguna al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 423465/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Erik Ávila Morales.

Acto que se notifica: Resolución número 3499, de 31 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00408, interpuesto por don Erik Ávila Morales contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 170709/11), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3499 de 31 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el 27 de septiembre de 2012, por un importe de 367,59 euros, en reclamación de multa por infracción de tráfico (expediente número 170709/11, por circular a 81 km/h en vía urbana, el 1 de marzo de 2011); acto que se anula por no ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Paulo Manuel Lopes Pinheiro.

Acto que se notifica: Resolución número 3532, de 3 de junio de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00414, interpuesto por don Paulo Manuel Lopes Pinheiro contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 7512/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3532 de 3 de junio de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el 27 de septiembre de 2012, por un importe de 76,04 euros, en reclamación de multa por infracción de tráfico (expediente número 7512/10, por estacionar un vehículo en zona señalizada como de parada prohibida sin obstruir gravemente la circulación); acto que se confirma por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Jara Lusarreta.

Acto que se notifica: Resolución número 3506, de 31 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00420, interpuesto por don Fernando Jara Lusarreta contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 538219/10), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3506 de 31 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra providencia de apremio dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el 27 de septiembre de 2012, por un importe de 76,16 euros, en reclamación de multa por infracción de tráfico (expediente número 538219/10, por estacionar sin tique o tarjeta de residente en vigor); acto que se confirma por ser acorde a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Jara Lusarreta.

Acto que se notifica: Resolución número 3507, de 31 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00421, interpuesto por don Fernando Jara Lusarreta contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 3 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 258910/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3507 de 31 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 3 de septiembre de 2012, por un importe total embargado de 471,50 euros, de los que 81,09 corresponden al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 258910/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Fernando Jara Lusarreta.

Acto que se notifica: Resolución número 3508, de 31 de mayo de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00422, interpuesto por don Fernando Jara Lusarreta contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 3 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 579627/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3508 de 31 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 3 de septiembre de 2012, por un importe total embargado de 471,50 euros, de los que 40,26 corresponden al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 579627/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Alfonso Tomás Suescun Amatriain.

Acto que se notifica: Resolución número 3534, de 3 de junio de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00428, interpuesto por don Alfonso Tomás Suescun Amatriain contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 3 de septiembre de 2012 (expediente municipal número 809553/09), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3534 de 3 de junio de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona, el día 3 de septiembre de 2012, por un importe total embargado de 147,57 euros, de los que 80,47 corresponden al presente débito y recaída en el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva de una sanción de tráfico (expediente número 809553/09); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: don Juan Carbonell Jiménez.

Acto que se notifica: Resolución número 3669, de 7 de junio de 2013.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

El recurso de alzada número 13-00506, interpuesto por don Juan Carbonell Jiménez contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Peralta de fecha 2 de noviembre de 2012 (expediente municipal número 126/12), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3669 de 7 de junio de 2013, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

“Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución sancionadora de la Alcaldía del Ayuntamiento de Peralta, de 2 de noviembre de 2012, por la que se impuso multa por la comisión de una infracción leve en materia de tráfico consistente en estacionar en lugar prohibido, zona delimitada con señal vertical r-308 (expediente sancionador 126/12); acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.”

Contra la precedente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación.

Pamplona, 21 de junio de 2013.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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