BOLETÍN Nº 112 - 13 de junio de 2013

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 7/2013, de 24 de mayo, del Director del Servicio de Agricultura, por delegación del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se da conformidad al curso de adaptación de la formación que capacita para la aplicación de fitosanitarios en su nivel “básico”, impartida de acuerdo con la Orden Foral 75/2006, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a las nuevas exigencias establecidas en el Real Decreto 1311/2012, presentado por el Instituto Navarro de Tecnologías e Infraestructuras Agroalimentarias (INTIA).

El Instituto Navarro de Tecnologías e Infraestructuras Agroalimentarias (INTIA) ha solicitado la conformidad de un curso de adaptación de la formación impartida de acuerdo con la Orden Foral 75/2006, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a las nuevas exigencias establecidas en el Real Decreto 1311/2012, del nivel “básico”.

Dicho curso de adaptación está regulado, en Navarra, mediante la Resolución 76/2013, de 1 de febrero, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se da conformidad para la adaptación de la formación que capacita para la aplicación de fitosanitarios a la Directiva 128/2009 sobre el uso sostenible.

Revisada la documentación presentada por la citada entidad y comprobado que cumple con los requisitos establecidos.

Por Resolución 124/2012, de 27 de enero, del Director General de Agricultura y Ganadería, se delega en el Director del Servicio de Agricultura determinadas competencias administrativas que en materia de agricultura atribuye la normativa al Director General de Agricultura y Ganadería.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Dar la conformidad al curso de adaptación de la formación que capacita para la aplicación de fitosanitarios en su nivel “básico”, impartida de acuerdo con la Orden Foral 75/2006, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a las nuevas exigencias establecidas en el Real Decreto 1311/2012, presentado por el Instituto Navarro de Tecnologías e Infraestructuras Agroalimentarias (INTIA), debiendo de cumplir las siguientes condiciones:

–En las distintas ediciones del citado curso se respetará el programa, horas lectivas, profesorado, contenido y controles de evaluación incluidos en la documentación presentada.

–La realización de cada edición del curso deberá comunicarse, al menos, con quince días de antelación al Departamento de Agricultura, Medio Ambiente y Administración Local.

–Una vez finalizado el curso deberá presentar a dicho Departamento un informe sobre los resultados del curso impartido.

–Deberán entregar a cada alumno que haya cursado con aprovechamiento dicho curso, un certificado acreditativo de esta circunstancia.

–Para la expedición del carné de manipulador de productos fitosanitarios deberá presentar la documentación que el mencionado Departamento determine.

–La documentación correspondiente a los ejercicios en base a la cual se realiza la evaluación de los alumnos deberá guardarse y estar a disposición del Departamento de Agricultura, Medio Ambiente y Administración Local durante, al menos, un año desde la realización de la misma.

–La formación, así como la documentación y demás material de apoyo utilizado en el curso, deberán mantenerse actualizados para cada edición y, en su caso, corregirlos de acuerdo con las directrices que dicte el Departamento de Agricultura, Medio Ambiente y Administración Local.

–Cualquier modificación de la información aportada en la solicitud deberá comunicarse al Departamento de Agricultura, Medio Ambiente y Administración Local en un plazo de, al menos, quince días antes de la realización de la siguiente edición del curso.

2.º Notificar la presente resolución al interesado y al Negociado de Medios de Producción Agrícola y Sostenibilidad, a los efectos oportunos y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 24 de mayo de 2013.–El Director del Servicio de Agricultura, Rubén Palacios Goñi.

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