BOLETÍN Nº 99 - 25 de mayo de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 17E/2012, de 26 de abril, del Consejero de Fomento y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Fustiñana en el AR1-S2, parcelas 1275 y 1276 del polígono 10, promovida por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Fustiñana ha presentado ante el Departamento de Fomento y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 143/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Fomento y Vivienda,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Fustiñana en el AR1-S2, parcelas 1275 y 1276 del polígono 10, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Fustiñana y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de abril de 2012.-El Consejero de Fomento y Vivienda, Anai Astiz Medrano.

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