BOLETÍN Nº 89 - 11 de mayo de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 11E/2012, de 20 de marzo, del Consejero de Fomento y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de Normas Subsidiarias de Murillo el Cuende, referida a la zona de prohibición de granjas y regulación de actividades constructivas en suelo no urbanizable, promovida por el Ayuntamiento de Murillo el Cuende.

El Ayuntamiento de Murillo el Cuende ha presentado ante el Departamento de Fomento y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 143/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Fomento y Vivienda,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la Modificación de Normas Subsidiarias de Murillo el Cuende, referida a la zona de prohibición de granjas y regulación de actividades constructivas en suelo no urbanizable, promovida por el Ayuntamiento de Murillo el Cuende.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Murillo el Cuende y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 20 de marzo de 2012.-El Consejero de Fomento y Vivienda, Anai Astiz Medrano.

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