BOLETÍN Nº 81 - 30 de abril de 2012

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZIZUR MAYOR

Aprobación definitiva de la norma reguladora de los precios
públicos por entrada, inscripción o matrícula en cursos
y actividades de carácter socio-cultural y de ocio y tiempo libre

El Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en la sesión celebrada el día 27 de enero de 2012, acordó la aprobación inicial y posterior tramitación reglamentaria de la "Norma reguladora de los precios públicos por entrada, inscripción o matrícula en cursos de actividades de carácter socio-cultural y de ocio y tiempo libre, organizados por el Local Juvenil-Gaztetxe 'Ametxea', par la juventud de Zizur Mayor".

El expediente de dicha Norma fue sometido a información pública mediante publicación de anuncio al efecto en el Boletín Oficial de Navarra número 36, de fecha 21 de febrero de 2012, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sin que durante el plazo de información pública, ni posteriormente, se hayan presentado alegaciones al expediente, por lo que el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, según lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Lo que se publica, junto con el texto íntegro de dicha Norma, para que surta los efectos jurídicos previstos.

Zizur Mayor, 2 de abril de 2012.-El Alcalde, Luis María Iriarte Larumbe.

NORMA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS
POR ENTRADA, INSCRIPCIÓN O MATRÍCULA EN CURSOS
Y ACTIVIDADES DE CARÁCTER SOCIO-CULTURAL
Y DE OCIO Y TIEMPO LIBRE, ORGANIZADOS
POR EL LOCAL JUVENIL-GAZTETXE "AMETXEA",
PARA LA JUVENTUD DE ZIZUR MAYOR

Fundamento

Artículo 1. La presente exacción se establece de acuerdo con lo dispuesto en la subsección 2.ª, sección 2.ª, Capítulo III, Título Primero de la Ley Foral 2/1995, de las Haciendas Locales de Navarra, y en virtud de la autorización contenida en el artículo 28 de la misma.

Concepto

Artículo 2. Se exigirán precios públicos en concepto de entrada, matrícula o cualquier otro concepto análogo que, en definitiva, suponga la adquisición de un derecho para participar o asistir a cursos, actividades de carácter socio-cultural, ocio y tiempo libre, que organice el Local Juvenil-Gaztetxe "Ametxea" del Ayuntamiento de Zizur Mayor a lo largo del año y que no estén comprendidos en otras Normas de aplicación de precios públicos.

Obligados al pago

Artículo 3. 1) Estarán obligados al pago de los precios públicos quienes se beneficien de los servicios o actividades, es decir, las personas o entidades que participen o asistan a cursos, actividades de carácter socio-cultural, ocio y tiempo libre, que organice el Local Juvenil-Gaztetxe "Ametxea" del Ayuntamiento de Zizur Mayor a lo largo del año.

2) No se exigirán precios públicos en los siguientes supuestos: por la utilización del local que lleven a cabo personas, entidades, asociaciones, fundaciones, federaciones, Gobierno de Navarra y ayuntamientos, cuando la actividad a desarrollar se considere de interés por el órgano municipal competente.

Normas de gestión y recaudación

Artículo 4. El importe del precio público se abonará en el momento de retirar la entrada o formalizar la inscripción o matrícula. No obstante el órgano competente podrá exigir el depósito previo de su importe total o parcial.

Artículo 5. La recaudación se hará en la forma y lugar establecidos en cada caso por las bases de organización de curso o actividad.

Artículo 6. Cuando por causas no imputables al obligado/a al pago del precio, el servicio, curso o actividad no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.

Artículo 7. Las personas no empadronadas solamente serán admitidas cuando queden plazas libres en los cursos o talleres. Para ellas el precio de cada curso será un 50 % superior al de las personas empadronadas según la tabla anterior.

Artículo 8. En caso de que el/la solicitante pueda ser beneficiario/a de alguna reducción, esta reducción será valorada por el Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Zizur Mayor. Se tendrán en cuenta los principios y objetivos que se enuncian en la Ley de Servicios Sociales 15/2006 de 14 de diciembre.

Artículo 9. No se devolverá el importe abonado una vez cumplimentada la inscripción definitiva.

Artículo 10. Acabado el período de inscripción, en caso de quedar plazas libres en alguno de los cursos ofertados, podrán darse nuevas matrículas siempre y cuando abonen la totalidad del curso.

Artículo 11. En caso de suspensión de algún curso o taller por parte de los/as organizadores/as se devolverá la cuantía de la cuota a los/as usuarios/as inscritos según determine el Ayuntamiento.

Artículo 12. En todo lo relativo a infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal General.

Tarifas

Artículo 13. Las tarifas a aplicar serán las que figuran en el Anexo de la presente Norma o las que en cada caso se fijen atendiendo a las características especiales de la actividad a desarrollar y llevarán incluida, en su caso, la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido.

ANEXO

Tarifas

EDAD

EMPADRONADOS/AS

NO EMPADRONADOS/AS

De 12 a 20 años

1,00 euros/hora

1,50 euros/hora

De 21 a 30 años

1,50 euros/hora

2,25 euros/hora

Actividades de pago puntual

ACTIVIDAD

EMPADRONADOS/AS

NO EMPADRONADOS/AS

Voy y vengo

3 euros/billete

50% a añadir sobre el precio de empadronados

Entradas actuaciones

3 euros/billete

50% a añadir sobre el precio de empadronados

Fiestas

3 euros/billete

50% a añadir sobre el precio de empadronados

Nuevas iniciativas

3 euros/billete

50% a añadir sobre el precio de empadronados

Código del anuncio: L1205201