BOLETÍN Nº 70 - 13 de abril de 2012

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE BURGOS

Edicto. Procedimiento 662/2011

Doña Antonia María García-Morato Moreno-Manzanaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Burgos, hago saber.

Que en el procedimiento ordinario 662/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Francisco Javier Gutiérrez Tapia contra la empresa Arzobispado de Burgos - Fundación Canónica San Pablo Siloe sobre ordinario, se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"En Burgos, a veintisiete de enero de 2012.

Don Jesús Carlos Galán Parada, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Tres, tras haber visto los presentes autos sobre Procedimiento ordinario 662/2011 entre partes, de una y como demandante don Francisco Javier Gutiérrez Tapia, que comparece asistido por el Letrado don Eduardo Mozas García y de otra como demandados, Arzobispado de Burgos, que comparece representado por el Letrado don Juan Narciso Alonso Herrería y la Fundación Canónica San Pablo Siloe, que no comparece pese a estar debidamente citada ...

Fallo:

Que teniendo por desistida la parte actora respecto a la Fundación Canónica San Pablo Siloe y desestimando como desestimo la demanda interpuesta por don Francisco Javier Gutiérrez Tapia contra el Arzobispado de Burgos, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada de los pedimentos de la demanda.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Asimismo, hágase saber a las partes que contra la presente Sentencia podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado Graduado Social colegiado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo."

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la Resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fundación Canónica San Pablo Siloe, expido el presente.

Burgos, 15 de febrero de 2012.-La Secretaria Judicial, Antonia María García-Morato Moreno-Manzanaro.

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