BOLETÍN Nº 70 - 13 de abril de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 106/2012, de 30 de marzo, del Director General de Recursos Educativos, por la que se resuelve parcial y provisionalmente la Convocatoria General de Becas y Ayudas para el alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios, correspondiente al curso 2011/2012.

Visto el informe que presenta la Directora del Servicio de Recursos Económicos respecto a la resolución parcial y provisional de la Convocatoria General de Becas y Ayudas al Estudio correspondiente al curso 2011/2012, aprobada mediante Resolución 3/2011, de 22 de julio, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 169, de 26 de agosto de 2011 y en cumplimiento de las normas 12.ª1 y 15.ª1 de la citada resolución. Quedan pendientes de resolver algunos expedientes a los que se les ha solicitado datos, y algunos de los resueltos están pendientes de presentación de la credencial de concesión o denegación de las becas de Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

En virtud de las facultades atribuidas en el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Conceder provisionalmente las becas al estudio, sin perjuicio de las reclamaciones a que hubiera lugar, para los estudiantes que se relacionan en el Anexo I, correspondiente a estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios con cargo a la partida 410002 41140 4800 323100, denominada "Becas y ayudas para enseñanzas medias y estudios superiores", del Presupuesto de 2012.

2.º Denegar provisionalmente las solicitudes de becas a los estudiantes que figuran en el Anexo II por incumplimiento de los requisitos de la Convocatoria hasta tanto finalicen los trabajos de recogida de información complementaria y se resuelvan las solicitudes de revisión de los expedientes de beca o ayuda que se presenten en plazo y forma reglamentarios, significando que a medida que se compruebe la corrección de la solicitud y de la documentación obtenida, se efectuará su concesión y abono, si procede.

3.º Las percepciones por tramo de renta y por los conceptos de becas o ayudas a la enseñanza, transporte, comedor, residencia, así como las correspondientes a las ayudas extraordinarias, son las que se señalan en la norma 11.ª de la citada Convocatoria.

4.º La cuantía exacta a abonar a los beneficiarios será la resultante de deducir de la ayuda concedida por el Gobierno de Navarra, el importe de la beca concedida por el Ministerio de Educación o Gobierno Vasco, conforme a lo dispuesto en la Norma 11.ª de la citada Convocatoria.

5.º Para dar cumplimiento a la Norma 15 de la Convocatoria citada, los solicitantes incluidos en los anexos I y II, que consideren que les han sido aplicados erróneamente los criterios de adjudicación o que, de sus circunstancias económicas y académicas resulta tener mejor derecho que otro candidato concreto al que le haya sido adjudicada ayuda, podrá solicitar la revisión de su expediente de beca o ayuda en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, que se dirigirá al Servicio de Recursos Económicos. Dicho Servicio podrá, asimismo, revisar de oficio los expedientes en los que se aprecie error o vulneración de lo previsto en la Convocatoria General de Becas y Ayudas del curso 2011/2012.

6.º La campaña de becas y ayudas correspondiente a la Convocatoria General de 2011/2012, se cerrará definitivamente el 30 de septiembre de 2012. Si algún expediente o reclamación se resuelve posteriormente, se abonará con las becas del próximo curso 2012/2013.

7.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y exponer los anexos de esta Resolución en:

-La oficina de Información al Público del Gobierno de Navarra, Avenida Carlos III, número 2 de Pamplona.

-Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, calle Santo Domingo, s/n, de Pamplona.

8.º Trasladar la presente Resolución al Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, Servicio de Recursos Económicos, Sección de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio, y Negociados de Becas y Gestión Económica.

Pamplona, 30 de marzo de 2012.-El Director General de Recursos Educativos, Íñigo Huarte Huarte.

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