BOLETÍN Nº 55 - 20 de marzo de 2012

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

BERA

Bajas por caducidad de extranjeros no comunitarios sin permiso de residencia permanente

La Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de ll de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, establece la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el Padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación.

Comprobados los datos de las inscripciones en el Padrón de Habitantes de esta localidad de las personas que se indican a continuación según información facilitada por el Instituto Nacional de Estadística, correspondía renovar sus inscripciones en las fechas indicadas.

Transcurrido el plazo oportuno de renovación, sin que los relacionados hayan manifestado su voluntad expresa de renovar su inscripción,

HE RESUELTO:

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística, proceder a la baja por caducidad de las siguientes inscripciones en el Padrón de Habitantes de esta localidad:

Apellidos y nombre: Gómez Salinas, Sebastian José. N.º documento: XD449135Y. F. Caducidad: 20-03-2011. F. nacimiento.: 22-06-1982. Nacionalidad: Argentina.

Apellidos y nombre: Medina Espinosa, Fredy Vicente. N.º documento: X04393114E. F. Caducidad: 31-07-2011. F. nacimiento: 22/03/1981. Nacionalidad: Ecuador.

Apellidos y nombre: Villavicencio Beltran José Ramiro. N.º documento: X09149271D. F. Caducidad: 02-11-2011. F. nacimiento.: 03-12-1985. Nacionalidad: Ecuador.

Apellidos y nombre: Carrillo Yanez Jorge Asdrael. N.º documento: X05731764A. F. Caducidad: 08-01-2012. F. nacimiento: 23/06/1963. Nacionalidad: Ecuador.

2. Fecha de baja será la de comunicación personal de esta resolución, o si no fuera posible, la del día de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Contra dicha resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de ésta resolución.

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de esta resolución.

Bera, 28 de febrero de 2012.-La Alcaldesa, María Sol M. Taberna Iratzoki.

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