BOLETÍN Nº 48 - 8 de marzo de 2012

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO DE ESTELLA/LIZARRA

Edicto. Procedimiento 328/2011

Don Carlos Javier Asin Basarte Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Estella/Lizarra.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 328/2011 a instancia del Banco Guipuzcoano S.A contra don Alberto Rodriguez Rodriguez y Ana Isabel Aranda Estepa sobre Hipoteca mobiliaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

Urbana. Número 23, tipo 6I, en el Bloque tercero del Edificio o conjunto denominado Grupo Ibarra II, en la Urbanización El Puy de Estella/Lizarra, paraje de Ibarra, hoy calle GP Ibarra II 19-24 04 23, polígono 3, parcela 934, subárea urbana 1, unidad urbana 5, inscrita al tomo 2537, libro 257, folio 113, finca número 7632, inscripción 9.ª

La valoración de la finca a efectos de subasta y según consta en escritura de préstamo hipotecario es de 295.820,55 euros.

La subasta tendrá lugar el día 20 de abril de 2012 a las 10:00 horas, en Sala de Vistas número 1 (Estella/Lizarra).

Condiciones de la subasta:

1.-Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarse de forma suficiente.

2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto número 0030 1846 42 000 5001274 y en observaciones 3146 0000 06 0328 11 ó de que han prestado aval bancario por el 20 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3.-Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4.-Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LEC.

5.-La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

6.-Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Estella/Lizarra, 7 de febrero de 2012.-El Secretario Judicial, Carlos Javier Asin Basarte.

Código del anuncio: J1202244