BOLETÍN Nº 241 - 12 de diciembre de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 494/2012, de 4 de diciembre, del Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda, por la que se convocan las pruebas, para el año 2013, de obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.

El Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (Boletín Oficial del Estado número 184, de 2 de agosto de 2007), incorporó al derecho español la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003.

En este Real Decreto se regulan las condiciones para la obtención del certificado de aptitud profesional, acreditativo de la correspondiente cualificación inicial, y de la realización de los cursos de formación continua, necesarios para la conducción por vías públicas españolas de vehículos de empresa establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.

En aplicación del artículo 15 del citado Real Decreto, procede realizar la convocatoria de las pruebas para la obtención del mencionado certificado, de acuerdo con las bases que establecen en el Anexo I.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria, para el año 2013, de realización de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, necesario para la conducción por vías publicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, definidas en el Reglamento General de Conductores.

2.º El tribunal que presidirá la realización de las pruebas estará compuesto por las siguientes personas:

-Presidente: Don Miguel Ángel Jiménez de Cisneros y Fonfría, Director del Servicio de Transportes.

-Suplente: Doña Amaya Ruiz Irurita, Jefa de la Sección de Explotación de Transportes.

Vocales:

-Doña Charo Loitegui Biurrun, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico de Transportes y Junta Arbitral.

-Doña Raquel Bujanda Perales, Jefa de la Sección de Planificación y Control.

-Doña Ángela Sanz Rives, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) adscrita a la Sección de Régimen Jurídico de Transportes y Junta Arbitral.

Suplentes:

-Doña Rosa M.ª Romero Vélaz, Técnico de Administración Pública (Rama Económica) adscrita a la Sección de Planificación y Control.

-Don Iñigo Belzunegui Iturria, Ingeniero Técnico de Obras Públicas de la Sección de Explotación de Transportes.

-Don Iñaki Azcona Mendizábal, Jefe del Negociado de Gestión de Transporte de Viajeros y Operadores de Transporte.

-Secretaria:

Doña María Senosiáin Labat, Jefa del Negociado de Control Jurídico de Transportes.

-Suplente: Doña Laura Echeverría Itúrbide, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) adscrita a la Sección de Régimen Jurídico de Transportes y Junta Arbitral.

3.º Aprobar las Bases de la convocatoria, que figuran en el Anexo I.

4.º Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Transportes y a los miembros del Tribunal.

6.º Indicar que contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Fomento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 4 de diciembre de 2012.-El Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Antonio Marcén Zunzarren.

ANEXO I

Bases de la convocatoria, para el año 2013, de realización de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción
de las categorías C-1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D O D+E,
definidas en el reglamento general de conductores

Primera.-Condiciones generales de los aspirantes.

Para ser admitido a estas pruebas, será necesario cumplir los siguientes requisitos:

-Haber superado los cursos preceptivos, ya sea en su modalidad ordinaria o acelerada, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de examen.

-Tener y acreditar su residencia habitual en la Comunidad Foral de Navarra. Sin embargo, podrán concurrir las personas residentes en territorio de otra comunidad autónoma, siempre que, por causa debidamente justificada, cuenten con autorización del órgano convocante.

Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en su documento nacional de identidad en vigor. Sólo se admitirá que el domicilio es distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

1. Que el aspirante acredite, mediante el certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.

2. Que el aspirante acredite que, aún habiendo tenido su domicilio en lugar distinto menos de 185 días del último año, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, escuela o centros docentes no implica el traslado de la residencia habitual.

Segunda.-Solicitudes.

1. Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud de una de las siguientes maneras:

A través de Internet, cumplimentando el formulario que aparece en el Portal del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, dentro del epígrafe "Servicios", apartado "temas", subapartado "Transporte".

Presentando una solicitud, según el modelo que figura en el Anexo lI de estas Bases en la oficina de Registro General del Gobierno de Navarra situada en el Departamento de Fomento (Avenida San Ignacio, número 3, planta baja, Pamplona) y, asimismo, en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio (Boletín Oficial de Navarra número 95, de 7 de agosto) o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha solicitud se podrá obtener de Internet en este Anexo, o bien solicitándola en el Servicio de Transportes.

2. Se acompañará la solicitud de la siguiente documentación.

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad vigente.

b) Si el domicilio que figure en el documento nacional de identidad no es de la Comunidad Foral de Navarra, deberá acreditar la residencia en Navarra mediante certificado de empadronamiento, en el que figure que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

Para el caso de una antigüedad inferior a 185 días en el empadronamiento, deberá adjuntarse documentación acreditativa de las razones familiares o profesionales que le han obligado a cambiar su residencia a la Comunidad de Foral de Navarra.

c) Justificante de haber ingresado en la cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad correspondiente en concepto de presentación a examen, establecida en la normativa foral al respecto.

3. En el caso de que la solicitud se realice por Internet, dicha documentación se enviará mediante tramitación on-line.

Podrá solicitarse la inscripción a examen aun cuando no haya finalizado el curso previo de formación, siempre y cuando el curso finalice antes de que transcurra el período de subsanación de solicitudes y en ese plazo se haga constar fehacientemente ante la Administración que se ha superado el mismo (mediante la certificación telemática que debe presentar el centro donde se ha realizado el curso).

Cualquiera que sea la fórmula elegida para inscribirse en las pruebas, tanto la solicitud como la documentación necesaria deberá presentarse en los plazos indicados en el Anexo IIl de estas Bases.

La solicitud solo será válida para la convocatoria a la que se presente, debiendo volver a cumplimentarla si se desea realizar la prueba en convocatorias posteriores. En este caso bastará con presentar la instancia y carta de pago, indicando en la instancia que no presenta el resto de la documentación por obrar ya en poder de la Administración, al haberla aportado en las convocatorias anteriores.

Tercera.-Los plazos para presentar las solicitudes son los que figuran en la tabla del Anexo lll.

Cuarta.-Lista provisional y definitiva de admitidos y excluidos.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la lista provisional de admitidos y excluidos, junto con el lugar y el horario de celebración de las pruebas, se publicará en el tablón de anuncios de las oficinas del Servicio de Transportes (calle Alhóndiga, número 1, de Pamplona) y en la página mencionada de internet, en las fechas indicadas en el Anexo II de estas Bases (para cada una de las convocatorias).

Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, hasta la fecha indicada en el Anexo lII de estas Bases (para cada una de las convocatorias).

Las listas definitivas de admitidos y excluidos se harán públicas, de igual forma, en las fechas indicadas en el Anexo II de estas Bases (para cada una de las convocatorias).

Quinta.-Desarrollo de las pruebas.

Los aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas provistos de DNI u otro documento que acredite fidedignamente su identidad, a criterio del tribunal.

Sexta.-Estructura y calificación del examen.

En cuanto a la materia objeto del examen, la estructura de las pruebas y su calificación, se estará a lo establecido en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

El examen constará de 100 preguntas tipo test, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, siendo las respuestas correctas valoradas con un punto, las erróneas se penalizarán con 0,5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

Para aprobar el examen será necesario obtener al menos 50 puntos.

Para la realización del ejercicio se dispondrá de un tiempo de dos horas.

La utilización de dispositivos electrónicos durante el examen conllevará la inmediata expulsión y la retirada de la hoja de respuestas por parte de los miembros del Tribunal.

Los conductores que cuenten ya con el correspondiente certificado de aptitud profesional, y deseen ampliar o modificar sus actividades para efectuar transporte de viajeros o el de mercancías, realizarán solo la parte del examen que corresponda a los objetivos 1.4, 1.5, 2.2 y 3.7 de la sección 2.ª del anexo I del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, si pretenden realizar transporte de viajeros y la parte correspondiente a los objetivos 1.4, 2.2 y 3.7 de la sección 1.ª del anexo I del referido texto legal, para poder realizar transporte de mercancías.

Séptima.-Relación de aprobados.

1. Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios de las oficinas del Servicio de Transportes (calle Alhóndiga número 1, de Pamplona) y en la página web de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda (Portal del Gobierno de Navarra: www.navarra.es dentro de "Servicios", apartado "temas", subapartado "Transporte"), la relación de aprobados, y dará traslado de la misma al Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda.

2. La Resolución del Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda aprobando la relación de aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Fomento en el plazo de un mes a contar desde la referida publicación.

ANEXO II

Solicitud de inscripción a las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o viajeros por carretera

A) Datos del solicitante:

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

Número del D.N.I.

Fecha nacimiento

Lugar de nacimiento

Nacionalidad

Número de teléfono

Domicilio (calle, número)

Localidad domicilio

Provincia domicilio

Código Postal

Centro en el que ha realizado el curso

Fecha fin de curso

Modalidad curso: ordinario, acelerado.

El solicitante cuyos datos figuran arriba solicita ser admitido a las pruebas contenidas en la convocatoria aprobada por resolución de la Directora General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda para la obtención del certificado de aptitud profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o viajeros por carretera.

B) Pruebas a las que se presenta (ponga una X donde proceda).

[ ] Cualificación inicial de viajeros.

[ ] Cualificación inicial de mercancías.

[ ] Ampliación a cualificación inicial de viajeros.

[ ] Ampliación a cualificación inicial de mercancías.

C) La tasa por derechos de examen, es de (ver normativa foral) euros.

Pamplona, a .............................................................
Firma

ANEXO III

Fechas de examen, plazos de presentación de solicitudes,
publicación de listas provisionales, fecha límite de subsanación
y publicación de listas definitivas

Plazo de presentación de solicitudes

Publicación de listas provisionales, horario y lugar del examen

Fecha límite de subsanación

Publicación de listas definitivas

Fecha de examen

Del 8/01/13 al 28/01/13

31de enero de 2013

14 de febrero de 2013

18 de febrero de 2013

22 de febrero de 2013

Del 4/03/13 al 22/03/13

3 de abril de 2013

17 de abril de 2013

22 de abril de 2013

26 de abril de 2013

Del 6/05/13 al 24/05/13

30 de mayo de 2013

13 de junio de 2013

17 de junio de 2013

21 de junio de 2013

Del 15/07/13 al 5/08/13

8 de agosto de 2013

23 de agosto de 2013

27 de agosto de 2013

30 de agosto de 2013

Del 9/09/13 al 27/09/13

2 de octubre de 2013

16 de octubre de 2013

21 de octubre de 2013

25 de octubre de 2013

Del 24/10/13 al 14/11/13

19 de noviembre de 2013

5 de diciembre de 2013

10 de diciembre de 2013

13 de diciembre de 2013

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