BOLETÍN Nº 241 - 12 de diciembre de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 477/2012, de 21 de noviembre, del Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda, por la que se aprueban las tarifas de los servicios interurbanos de taxi.

Mediante Resolución 61/2012, de 16 de febrero, de la Directora General de Transportes, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 40, de 16 de febrero de 2012, se aprobaron las tarifas correspondientes a los servicios interurbanos de taxi.

La Asociación Independiente de Taxistas Autopatronos de Navarra (AITAN) ha solicitado la actualización de las tarifas interurbanas de taxi para Navarra conforme al IPC interanual de septiembre del año 2011 y la aplicación de la subida del IVA establecida en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

La Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi establece en el apartado 2 de su artículo 40 que corresponde al Departamento competente en materia de Transportes la aprobación del régimen tarifario aplicable a los servicios interurbanos de taxi, previa audiencia de las asociaciones profesionales representativas del sector del taxi y de los consumidores y usuarios.

El Servicio de Transportes, aplicando la subida del 2% del IVA y el incremento del IPC interanual en Navarra de octubre de 2011 a septiembre de 2012 (que asciende al 3,6%), propone las siguientes tarifas de los servicios interurbanos de taxi:

Kilómetro recorrido: 0,59 euros.

Hora de espera: 16,32 euros.

Mínimo de percepción: 3,29 euros.

Los periodos de espera se facturarán por fracciones de quince minutos a razón de 4,08 euros cada fracción.

En los servicios nocturnos prestados entre las 22:00 horas y las 6:00 horas, así como en los prestados entre las 0:00 horas y las 24:00 horas de los sábados y festivos, se aumentará su importe en un 25% sobre la tarifa diurna.

Asimismo, el Servicio de Transportes informa de que se ha dado trámite de audiencia a las asociaciones profesionales del sector del taxi y de los consumidores y usuarios, en cumplimiento del artículo 40 de la Ley Foral 9/2005, del 6 de julio, del Taxi.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de conformidad con lo propuesto por el Servicio de Transportes,

RESUELVO:

1.º Los servicios interurbanos de taxi se realizarán con sujeción a las siguientes tarifas máximas:

Precio por kilómetro recorrido: 0,59 euros.

Precio por hora de espera: 16,32 euros.

Mínimo de percepción: 3,29 euros.

Los periodos de espera se computarán por fracciones de quince minutos a razón de 4,08 euros cada fracción.

En los servicios nocturnos, prestados entre las 22:00 horas y las 6:00 horas, así como en los prestados entre las 0:00 horas y las 24:00 horas de los sábados y festivos, se aumentará su importe en un 25% sobre la tarifa diurna.

2.º Establecer que estas tarifas serán de aplicación, desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, a todos los servicios interurbanos de taxi realizados al amparo de autorizaciones para la prestación de servicios interurbanos de taxi otorgadas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

3.º Determinar que los vehículos a los que afecta la presente Resolución irán provistos de los oportunos cuadros de tarifas, que deberán ser visados por el Servicio de Transportes.

El cuadro de tarifas vigente deberá exponerse en el interior del vehículo en lugar fácilmente visible para el usuario.

4.º Notificar esta resolución al Servicio de Transportes, a la Asociación Teletaxi-San Fermín, a la Asociación de Taxistas de Tudela, a la Asociación Independiente de Taxistas Autopatronos de Navarra (AITAN), a Ecotaxi, a la Asociación de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios Santa María la Real, y a la Asociación de Consumidores y Usuarios de Navarra Irache.

5.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Señalar que contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Fomento, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Las Administraciones Públicas, cuando sean interesadas en el expediente, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 21 de noviembre de 2012.-El Director General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Antonio Marcén Zunzarren.

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