BOLETÍN Nº 240 - 11 de diciembre de 2012

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Conflicto colectivo 101/2012

En el procedimiento de Conflicto colectivo, número 101/2012, seguido en este Juzgado a instancia de Unión Sindical de Comisiones Obreras de Navarra y Unión General de Trabajadores contra Asociación Empresarial EANA, Quavitae Servicios Asistenciales, S.A.U., Avanvida, S.L., Adacen, Fundación Aspace Navarra Residencial (FANE), Sindicato ELA, Sindicato LAB y Agencia Navarra para la Dependencia (ANDEP), sobre Declarativo, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que, estimando la demanda interpuesta por Unión General de Trabajadores y Unión Sindical de Comisiones Obreras de Navarra contra Asociación Empresarial EANA, la empresa Quavitae Servicios Asistenciales, S.A.U., Avanvida, S.L., Adacen, Fundación Aspace Navarra Residencial (FANE), Sindicato ELA, Sindicato LAB y Agencia Navarra para la Dependencia (ANDEP), debo declarar y declaro la nulidad de la decisión de modificar los calendarios laborales de los centros afectados por este conflicto para el año 2012, reconociendo el derecho de todos los trabajadores afectados por este conflicto a ser repuestos en la totalidad de las condiciones de trabajo de jornada y salario precedentes a la decisión modificativa, conforme al Convenio Colectivo de aplicación, condeno a las partes a estar y pasar por la anterior declaración, absolviendo a la Agencia Navarra para la Dependencia de todos los pedimentos deducidos en su contra.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se advierte a la empresa que si recurre deberá acompañar al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, con referencia expediente: 4148 0000 65 0101.12 en la entidad Banesto.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado o Graduado Social colegiado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de Justicia Gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Asociación Empresarial EANA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 15 de noviembre de 2012.-El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

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