BOLETÍN Nº 240 - 11 de diciembre de 2012

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO SEIS DE PAMPLONA

Edicto. Notificación auto. Juicio ordinario 1188/2011

Se hace saber que en este Juzgado se sigue el procedimiento arriba indicado, y habiendo recaído auto, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto:

El/La Magistrado-Juez don Fernando Poncela García.

Pamplona, 10 de septiembre de 2012.

Antecedentes de hecho:

Único.-Por la Asesora Jurídica-Letrada en nombre y representación de la Comunidad Foral de Navarra, se presentó demanda de tercería de mejor derecho frente a Banco Guipuzcoano, S.A., y Promociones Gurimendi, S.L. en relación al procedimiento Ejecución de títulos judiciales número 0001793/2009. La ejecutante, se ha allanado a la terceria y la demanada Promociones Gurimendi, emplazada en legal forma, no ha contestado a la demanda.

Parte dispositiva:

1. Estimo la demanda de tercería de mejor derecho interpuesta por la Asesora Jurídica-Letrada de la Comunidad Foral de Navarra, frente a Banco Guipuzcoano, S.A., y Promociones Gurimendi, S.L., declarando la existencia del privilegio del demandante a ser reintegrado de su crédito con anterioridad al del ejecutante en el procedimiento de ejecución del que dimana el presente, sin prejuzgar otras acciones que puedan corresponder a las partes, sin hacer entrega al tercerista de cantidad alguna hasta tanto no se satisfaga al ejecutante las tres quintas partes de las costas y gastos originados por las actuaciones llevadas a cabo a su instancia hasta la notificación de la demanda de tercería. Llévese testimonio de este auto al referido proceso de ejecución.

2. No se hace especial pronunciamiento sobre las costas.

3. Una vez firme esta resolución procédase al archivo de los autos, previo desglose y devolución de los documentos originales aportados.

4. Llévese el original del presente al libro de autos definitivos.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, por escrito ante este Tribunal, en el plazo de veinte días siguientes a su notificación.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar al prepararse el mismo haber constituido un depósito de 50 euros en la cuenta depósitos y consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banesto, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirse ingresando la citada cantidad en la cuenta de este expediente número 3173000004118811 indicando el tipo de recurso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por este Auto lo acuerdo, mando y firmo. El/La Magistrado-Juez.

Diligencia.-Seguidamente la extiendo yo el Secretario, para hacer constar que la anterior resolución la ha dictado el/la Magistrado-Juez que la firma, para su unión a los autos, notificación a las partes y dar cumplimiento a lo acordado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a Promociones Gurimendi Sl hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 15 de noviembre de 2012.-La Secretaria Judicial, José Alonso Ramos.

Código del anuncio: J1216065