BOLETÍN Nº 238 - 7 de diciembre de 2012

3. Administración del Estado

CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN
DE ORIGEN CALIFICADA RIOJA

Oficio-Circular número 10/2012
Entrada elaboración en ficha de movimientos de vinos

Instrucciones del asiento de la elaboración de la añada 2012, tanto para las fichas manuales como para las mecanizadas.

En las fichas manuales la entrada en la ficha de los vinos obtenidos en la presente campaña está reflejada con fecha 1 de diciembre de 2012 en el asiento número 1 con el concepto de "elaboración" y en la casilla de Hls. figura el vino total obtenido (sin lías) que se corresponde con el que la bodega indicó en la Declaración de Cosecha. En las fichas mecanizadas deberá reflejarse la entrada por la bodega con esa misma cantidad y con la clave número 1 de "Elaboración". Cualquier modificación de la cantidad se hará mediante asientos de regularización con las claves 70 o 74, según proceda.

Con posterioridad, con los datos aportados en la Declaración Jurada de Cosecha y de Elaboración, contrastados por los Servicios Técnicos del Consejo Regulador, se emitirá un informe con los vinos obtenidos en cada tramo, vino amparado, vino de mesa y vino de destilación.

Con los datos indicados en el informe enviado por el Consejo Regulador, se harán dos asientos de salida con clave 74 desde la ficha de la añada, correspondientes uno a la cantidad indicada en el apartado "Vino No Amparado Mesa", que resulta de la elaboración de un máximo de 455 kg/ha en variedades tintas y 630 kg/ha en variedades blancas, y otro a "Vino No Amparado Pendiente Destilación" que resulta de la diferencia, si la hubiera, hasta los 650 kg/ha en las variedades tintas y 900 kg/ha en las blancas, que resultan del 10% de desviación por causas climatológicas del citado informe, que tendrán sus correspondientes contrapartidas de entrada en la ficha de subproductos y vino no amparado, y en la ficha de destilación, utilizando la clave 43 en ambos casos. De este modo quedará en la ficha de la añada 2012 el vino amparado previo a la calificación.

Por otra parte, cuando reciban el informe de vinos calificados, si hubiera que hacer alguna modificación sobre los vinos amparados, la salida se hará con la clave 70: "depósito a descalificación" y en la casilla de Hls. se reflejará la diferencia entre amparado y calificado; en la casilla de existencias en depósito quedará el vino calificado de esta añada. La diferencia se debe pasar a la ficha "Subproductos y vinos no amparados", utilizando la clave 43.

Todas las salidas con las clave 74 y 70, y desde la ficha de vinos, tendrán sus correspondientes contrapartidas de entrada en la ficha de Subproductos y vinos no amparados y en la Ficha de Destilación con la clave 43.

Con fecha 1 de diciembre de 2012 deberán dar entrada en la ficha Subproductos y vinos no amparados a las heces de elaboración anotadas en la declaración de cosecha. Tanto la anotación en la ficha de "Subproductos y vinos no amparados", como la salida del exceso/descalificación de la nueva añada, deberán ir reflejadas en los datos del siguiente envío de movimientos al Consejo Regulador.

Todos los productos no amparados se reflejarán en la ficha de "Subproductos y vinos no amparados" y, en su caso, la de Destilación hasta su salida de bodega antes del 31 de mayo al año siguiente al de su elaboración, tal como establece el Anexo 2, apdo. III. Uno de la Orden APA/3465/2004, de 20 de octubre, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Calificada Rioja y de su Consejo Regulador.

Les aconsejamos que ante cualquier duda se pongan en contacto con los Servicios Técnicos del Consejo Regulador a través del teléfono 941 500 400.

Lo que les comunicamos para su conocimiento y efectos.

Logroño, 21 de noviembre de 2012.-El Jefe de los Servicios Técnicos, Domingo Rodrigo Martínez.

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