BOLETÍN Nº 178 - 10 de septiembre de 2012

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 69 de la calle Mayor

La Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 26 de junio de 2012, adoptó la siguiente resolución:

RUV 26-JUN-12 (6/UV).

«Visto el informe emitido con fecha 23 de mayo de 2012 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre las visitas de inspección al edificio número 69 de la calle Mayor de Pamplona, efectuadas el 23 de abril y 22 de mayo de 2012, mediante las que se han comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

Desperfectos:

Fachada principal:

-Descuido generalizado de la carpintería de madera del zócalo del edificio a nivel de planta baja debido a la falta de mantenimiento.

-Presenta un estado avanzado de deterioro, con suciedad, pintura levantada, con pérdida de material en la zona inferior.

-Vidrios rotos en la parte superior del hueco, protegidos por forja decorativa.

-Losas de balcón agrietadas con pérdidas de material.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, he resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio número 69 de la calle Mayor de Pamplona, que procedan en el plazo de 100 días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes obras:

Obras requeridas:

Fachada principal:

-Planta baja:

  • Retirada de todas las piezas de madera en mal estado.
  • Recomposición y/o sustitución de las piezas deterioradas.
  • Limpieza, restauración y pintado de la totalidad de la carpintería recuperando su estética original, con eliminación de instalaciones vistas.
  • Se podrá valorar la adopción de otra decoración, con diferentes materiales, como alternativa a la actual, siempre que se ajuste al Plan Especial de Protección y Reforma del Casco Antiguo (PEPRI) y con la previa aprobación de los Servicios Técnicos de la Oficina de Rehabilitación.
  • Revisión de las losas de balcón. Intervención necesaria sobre las mismas de manera que se garantice su seguridad estructural, recuperando su forma y estética original.

Documentación a presentar:

-Presupuesto.

-Dirección de obra para la intervención sobre las losas de balcón.

Las obras requeridas serán objeto de la preceptiva licencia de obras, previa a su ejecución.

2.-Apercibir a las personas propietarias del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, las personas propietarias que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3.-Apercibir igualmente a las personas propietarias, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntas responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de 300,00 a 6.000,00 euros.

4.-Indicar a las personas propietarias que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 31 de agosto de 2012.-El Alcalde, Enrique Maya Miranda.

Código del anuncio: L1212512