BOLETÍN Nº 172 - 31 de agosto de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 22 de agosto de 2012, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del Proyecto "Tratamiento de aguas residuales del curso medio del río Bidasoa. Narbarte-Legasa".

Mediante Resolución 920/2011, de 29 de agosto, del Director General de Administración Local, se sometió a información pública por plazo de quince días el proyecto de referencia y la relación de bienes y derechos afectados por el mismo.

Durante el periodo de información pública fueron planteadas varias alegaciones, significando la aceptación de alguna de ellas la modificación del proyecto inicial.

Por ello, se procedió a la apertura de un segundo plazo de información pública, por Resolución 270/2012, de 23 de abril, del Director General de Administración Local, para que los interesados pudieran formular las alegaciones que estimaran oportunas, respecto al proyecto modificado.

Transcurridos los dos plazos de información pública, mediante Resolución 600/2012, de 24 de julio, del Director General de Administración Local, se aprueba definitivamente el proyecto mencionado, resolviendo las alegaciones presentadas, en el sentido señalado en la parte expositiva de esta Resolución.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto consistente en la construcción de un emisario de aguas residuales que recoja los vertidos procedentes de las localidades de Nabarte y Legasa, y de una de Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) en Legasa, se fundamenta en que la rápida ejecución de las obras es imprescindible para solucionar, de forma inmediata, la problemática medioambiental que implica el actual vertido de residuos, sin la adecuada depuración biológica, en el curso medio del río Bidasoa.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por "Navarra de Infraestructuras Locales, S.A." (NILSA) y comprobada la existencia de consignación presupuestaria suficiente para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por el Proyecto "Tratamiento de aguas residuales del curso medio del río Bidasoa. Narbarte-Legasa", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

2.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, produciendo efectos desde el día de su publicación, haciéndose saber que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa y que el mismo puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar este Acuerdo a "Navarra de Infraestructuras Locales, S.A." (NILSA).

Pamplona, 22 de agosto de 2012.-El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Morrás Iturmendi.

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