BOLETÍN Nº 161 - 16 de agosto de 2012

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

ATEZ

Edicto. Incoación procedimiento restauración orden urbanístico

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Referida Ley.

Asunto Resolución de Alcaldía 59/2012: Realización de obras sin contar con la preceptiva licencia en parcela 58 del polígono 8 en parcela 23 del polígono 2 de Eguaras, propiedad de don Joseba Koldobika García Aguirregomuzkorta.

Habiendo tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento del Valle de Atez informe del arquitecto municipal en el que hace constar la existencia de un contenedor de escombros en parcela 23 del polígono 2 de Eguaras, lleno de escombro de aglomerado asfáltico y que en el jardín de la parcela se observa el trazado del antiguo camino con tierra movida.

Examinado el artículo 189 de la Ley Foral 35/2002 en el que se señala los actos sujetos a licencia.

Visto el artículo 199 y siguientes de la Ley Foral 35/2002 que postula que la actuación municipal debe dirigirse a proteger y restaurar el Orden Urbanístico Infringido con las obras realizadas.

Visto que el inicio de un procedimiento de Protección de la legalidad urbanística es de carácter preceptivo o reglado para la administración, ante la constatación de la Administración de la cual deberá adoptar medidas.

Visto el artículo 200 de la Ley Foral 35/2002 que regula las actividades ejecutadas ilegalmente.

Visto igualmente lo establecido en los artículos 209 y siguientes de la ya citada Ley Foral 35/2002. en concreto lo dispuesto en el artículo 211, sobre régimen sancionador e infracciones y los artículos 220 y 221 del mismo cuerpo legal en materia de competencias y procedimiento,

Acuerda:

Primero.-Incoar el procedimiento de restauración del Orden Urbanístico vulnerado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 197 y siguientes de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

A tal fin dispongo que se ponga el procedimiento de manifiesto al interesado para que en el plazo de quinces días alegue y presente los documentos y justificantes que estimen pertinentes, comunicándole que puede actuar asistido de Asesor si lo estima conveniente en defensa de sus derechos.

Segundo.-A su vez será de aplicación el artículo 204 apartado tercero relativo a la imposición de multas coercitivas para lograr la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restablecimiento. Podrán ser hasta doce sucesivas por periodos de un mes y en cuantía de 600 a 6000 euros, según las medidas previstas.

Tercero.-Notificar la presente resolución a don Joseba Koldobica García Aguirregomuzcorta.

Lo que notifico a usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:

1.º Potestativamente en el plazo de un mes Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

2.º Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 26/1998 que se presentará ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Erice de Atez, 3 de agosto de 2012.-El Alcalde, Francisco Javier Nuin Ibero.

Código del anuncio: L1211556