BOLETÍN Nº 161 - 16 de agosto de 2012

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

AOIZ

Aprobación definitiva de Estudio de Detalle Irigai Auzoa 18

El Pleno del Ayuntamiento de Aoiz, en sesión celebrada el día 2 de agosto de 2012 adoptó entre otros el acuerdo de aprobar definitivamente el proyecto de estudio de detalle para modificar y reajustar las alineaciones y rasantes, ordenación y composición de volúmenes y alturas para eliminación de barreras arquitectónicas e instalación de ascensor en edificio colectivo de viviendas en calle Irigai Auzoa número 18 de Aoiz (polígono 1, parcela 255 del Catastro Municipal) promovido por Comunidad de Propietarios de la Calle Irigai Auzoa número 18.

Lo que se publica de conformidad con lo prevenido en el artículo 81.1 de la Ley 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Aoiz, 3 de agosto de 2012.-El Alcalde, Unai Lako Goñi.

3.-Justificación de la procedencia y conveniencia de su redacción.

La edificación existente en parcela 255, como el resto de edificaciones residenciales del "Grupo Misericordia" de Aoiz, no cumple con las condiciones actuales de habitabilidad ni de accesibilidad, con escalón desde rasante de planta baja a portal, inclusión de escalones previos en recorrido hasta hueco de escaleras, sin dotación de ascensor y sin previsión de hueco para su instalación. Las dimensiones de las escaleras y su tipología hacen imposible el cumplimiento de las condiciones de accesibilidad sin ampliar su recinto y el del portal.

En el apartado 5 (Otras Determinaciones) de ficha urbanística de la Zona Ordenada Z.0.1.2 del Plan Municipal de Aoiz, se específica la necesidad de tramitación de un Estudio de Detalle para llevar a cabo actuaciones con objeto de eliminar barreras arquitectónicas en estas edificaciones, con las limitaciones contenidas en la normativa vigente, Ley Foral 3512.002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y Ley Foral 6/2009 de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda. Recientemente se han tramitado y aprobado Estudios de Detalle similares para las parcelas adyacentes 256 (Portal 17) y 254 (Portal 19), así como para las parcelas 259 (Portal 21) y 558 (Portal 24), todas ellas del mismo grupo residencial.

Por todo lo expuesto, se justifica la procedencia y conveniencia de la redacción del presente Estudio de Detalle.

4.-Descripción y justificación de la solución adoptada.

En plano n.° 2 del Estudio de Detalle se refleja la modificación de alineaciones y rasantes, así como los esquemas de edificación para la parcela 255, sin alteración de aprovechamiento según normativa por afectar únicamente a la ampliación de portal y hueco de escaleras, con objeto de posibilitar la instalación de ascensor y la supresión de barreras.

La ampliación se realiza en zona central de fachada sur, en total continuidad con el actual núcleo de escalera y sin afectar a locales ni viviendas, de forma similar a la prevista en Estudios de Detalle precedentes en Parcelas 256, 254, 259 y 558. La ocupación máxima prevista será de de 2,90 m de anchura y saliente de 3,25 m (9,43 m²), con altura máxima de PB+4 y por debajo de la altura del alero actual (25 cm mínimo), para permitir la continuidad formal de coronación del edificio y de fachadas en hilera, todo ello de acuerdo con los criterios de homogeneización adoptados por el Ayuntamiento de Aoiz. La ampliación se proyecta sobre una pequeña franja de jardín aislado y en rampa, con las medidas necesarias para el desarrollo de nueva escalera y previsión de hueco para instalación de ascensor.

Esta ampliación se considera como tipología apropiada para las cuatro hileras de edificación con características similares y ajardinadas en su zona sur, portales 11-12, portales 13-14-15, portales 16-17-18-19 y portales 20-21-22-23-24. Las posibilidades de actuación en la hilera de edificación constituida por los portales 25-26-27-28, están condicionadas por las características del vial situado al sur como límite de la Zona Ordenada Z.O.I.2, por lo que se adoptó para ésta una ampliación mediante cuerpos volados con altura libre mínima de 2,5 m sobre acera exterior.

La composición del volumen proyectado como ampliación de edificación existente, así como la ordenación de fachada se define en plantas y especificaciones sobre construcción y tratamiento exterior, similar y concordante con la que figura en Estudios de Detalle precedentes, según criterios de homogeneización adoptados por el Ayuntamiento de Aoiz. Su cubierta será de tipología plana, por debajo del alero actual para mantener la continuidad y características de la cubierta general del conjunto de edificación en cada hilera. Los paños ciegos de fachada se tratarán con recubrimiento de panel arquitectónico plano, con terminación de chapa metálica prelacada color plata. La carpintería exterior en fachadas de ampliación se realizará con perfilaría de aluminio anodizado en su color natural. Se pretende así configurar un cuerpo de edificación singular, con criterio de homogeneización, cuya repetición se adecue a las características de la edificación en cada hilera.

Respecto al régimen urbanístico del suelo afectado por la modificación, toda la actuación correrá a cargo de la propiedad, mediante regularización urbanística sin necesidad de efectuar reparcelaciones. El instrumento de desarrollo será el Proyecto de Reforma de Edificación. La propiedad costeará las obras necesarias de reajuste de urbanización, así como la regularización de fincas para adaptar su configuración a las exigencias del planeamiento.

5.-Disposición general.

Con respecto a las determinaciones no contenidas en el presente Estudio de Detalle, éste se remite al vigente Plan Municipal de Aoiz, normativa general, particular y ordenanzas aplicables a la presente actuación.

Código del anuncio: L1211351