1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 90E/2012, de 25 de junio, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede con condiciones la Autorización de Afecciones Ambientales, al Proyecto línea eléctrica de baja tensión para suministro a la parcela 94 del polígono 3 de Sesma, promovido por Hermanos Palacios Morrás, S.L.
Con fecha 14/02/2012 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe I del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.
El objeto del proyecto es dotar de acometida eléctrica a la nave, destinada a la transformación agrícola (secadero), situada en la parcela catastral 94 del polígono 3 de Sesma. El trazado de la línea eléctrica subterránea discurrirá por zona rústica, por suelo urbano, por vía pecuaria y vial público. Su longitud total son unos 350 m.
El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.
El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. A estos efectos el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con fecha 18 de junio de 2012, informa favorablemente el proyecto en lo referente a suelo No Urbanizable.
El Ayuntamiento de Sesma informa con fecha 11 de abril de 2012, sobre la compatibilidad urbanística de la actuación, indicando una serie de condicionantes. En el expediente consta el informe favorable con condiciones, de la Sección de Planificación y Ayudas del 16 de marzo de 2012.
Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 1436/2011, de 13 de septiembre del Director General de Medio Ambiente y Agua.
RESUELVO:
1.º Conceder con condiciones Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto de línea eléctrica de baja tensión para suministro a la parcela 94 del polígono 3 de Sesma, promovido por Hermanos Palacios Morrás, S.L.
2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:
-El cauce existente en la parcela 157 se deberá cruzar de forma perpendicular (no oblicua, como plantea el proyecto). Si es posible, en vez de abrir zanja por el cauce, la línea eléctrica se colocará por el puente de la travesía de Sesma (carretera NA-8404). Por otra parte, en el tramo en paralelo al cauce, la línea eléctrica deberá mantener un mínimo de 5 m de distancia desde la coronación del talud de dicho cauce.
-En relación a la vía pecuaria se deben cumplir los condicionantes del informe de la Sección de Planificación y Ayudas del 16 de marzo de 2012.
-En los tramos con uso agrícola o natural (barranco) se utilizarán las tierras de excavación para recuperar la morfología y la fertilidad del terreno.
De contenido urbanístico:
Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar dicha ejecución, la empresa promotora se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia que se trate.
3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 2.000 euros para garantizar la restauración o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada.
4.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.
5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.
6.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
7.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Sesma, al Guarderío Forestal demarcación (Estella/Lizarra Sur) y al interesado, a los efectos oportunos.
Pamplona, 25 de junio.-El Director de Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.
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