BOLETÍN Nº 120 - 22 de junio de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 598/2012 de 25 de mayo, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Salesianos promovido por la Congregación Salesiana de San Juan Bosco, el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y Viviendas de Navarra, S.A.

Con fecha 21 de marzo de 2011, la Congregación Salesiana de San Juan Bosco, el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y "Viviendas de Navarra, S.A.", presentaron la documentación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Plan Salesianos en los términos municipales de Pamplona y Egüés, con el fin de que fuera tramitado según lo previsto en el artículo 45 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y para que se sometiera asimismo al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.

Según se establece en el anexo 3, apartado A) 4 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal deben someterse a Evaluación Ambiental Estratégica y ser objeto de Declaración de Incidencia Ambiental, de manera previa o simultánea a la aprobación del Plan.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 9 de mayo de 2011 se declara el "Plan Salesianos" como Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal y se somete a información pública en el Boletín Oficial de Navarra número 105 de 1 de junio de 2011. Durante el período de información al público se recibieron 10 escritos de alegaciones dirigidos indistintamente a los dos procedimientos para los que se efectuaba el trámite de información pública. Incluye aspectos estrictamente ambientales el escrito de alegaciones presentado por la Asociación Vecinal Urbi Auzo Elkartea. En su alegación considera que el PSIS propuesto carece de un estudio serio de accesibilidad y de sostenibilidad, con carencias en cuanto a criterios que logren un espacio para el vecindario y para el recorrido peatonal o en bicicleta y para la socialización. En cuanto a la disposición de las zonas verdes públicas considera que presentan un tratamiento residual, ubicadas en zonas limítrofes, irregulares y desvalorizadas urbanísticamente.

El Plan Salesianos incluye dos ámbitos, uno con 13.961,12 m² correspondientes al término municipal de Pamplona y 183.620 m² al de Egüés. El objetivo del Plan es posibilitar el traslado del Colegio Salesianos de la ciudad de Pamplona a Sarrigurren, en el municipio de Egüés. Se plantea el desarrollo de un área de actividad económica, vinculada y relacionada con la ecociudad de Sarrigurren, que acogerá la parcela dotacional en la que se ubicará el colegio y otras superficies destinadas a actividades económicas, como un gran establecimiento comercial. El PSIS también regula las condiciones urbanísticas del solar situado en la calle Aralar de Pamplona, donde se prevé un desarrollo de tipo residencial.

El estudio de incidencia ambiental se inicia con un caracterización y diagnóstico territorial del ámbito, identificando los valores ambientales más relevantes como son la vegetación de ribera del Barranco Grande y su llanura de inundación en el extremo suroeste y la Pasada 26, que atraviesa el ámbito de norte a sur.

En el Anexo se realiza un resumen de las actuaciones recogidas en el PSIS y de los aspectos más significativos del Estudio de Incidencia Ambiental.

En el informe del Servicio de Calidad Ambiental de 1 de junio de 2011 se indicaron al promotor los aspectos que desde el punto de vista ambiental debían quedar adecuadamente resueltos durante la tramitación del expediente. En concreto, se debían precisar las medidas preventivas y correctoras aportadas en el Estudio de Incidencia Ambiental, concretar la conexión mediante vías peatonales y ciclables entre Sarrigurren y Olaz y las medidas correctoras para la prevención de la contaminación de las aguas pluviales, evaluación de la situación acústica tras el desarrollo del Plan y zonificación acústica del ámbito a desarrollar.

En cuanto a la vía pecuaria, el Plan propone un nuevo trazado para la P26, desplazándola al Camino de Labiano y por lo tanto fuera del ámbito del PSIS, de tal forma que se circunvala el nuevo desarrollo urbanístico. En relación a esta propuesta, el informe de 5 de mayo de 2011 de la Sección de Planificación y Ayudas indicaba las condiciones de trazado, anchura y titularidad con las que resultaría autorizable este cambio de trazado.

La Sección de Arqueología, mediante informe favorable de 26 de mayo de 2010 establece como medida preventiva que dada la amplia superficie a ocupar y la presencia en las proximidades de yacimientos arqueológicos (El Cerro I, La Playa Grande I y II), cualquier actuación deberá llevar el correspondiente seguimiento arqueológico. Aspecto este que se incluye en el Estudio de Incidencia Ambiental y se propone como medida para el proyecto de urbanización.

En el citado informe remitido al promotor con fecha 1 de junio de 2011 se indicaba que desde el punto de vista del ruido ambiental la implantación de la nueva zona colegial cerca de la Ronda Este PA30 que constituye una Gran Eje Viario no resulta el más adecuado. Constata que el Estudio de Ruido aportado pone de manifiesto el incumplimiento de los objetivos de calidad acústica en al menos 2 receptores ubicados en la zona de uso docente, a pesar de plantearse la instalación de una pantalla acústica junto a la Ronda Este PA-30 (190 m lineales y 3 m de altura). Hay que resaltar que este tipo de medidas correctoras deberían quedar reservadas para la corrección acústica en zonas urbanizadas existentes y no sustituir un mejor diseño urbanístico en las nuevas. Como mejora de las medidas de planificación acústica se sugería establecer una velocidad máxima de 30 km/h para las carreteras de Aranguren NA-231 y el resto de las vías urbana interiores del Sector.

Teniendo en cuenta que la zona educativa se integra en un área acústica terciaria se pueden admitir usos que requieran mayor protección acústica, siempre y cuando se garantice en los receptores el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica previstos para dichos usos.

Con fecha 11 de noviembre de 2011 se presenta documentación complementaria en la que se informa por parte del promotor como se han teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas por los diferentes departamentos.

En dicha documentación se mantiene la propuesta de cambio de trazado de la Pasada 6 por el camino de Labiano hasta la ronda Este, donde se uniría al trazado original en Olaz. Respecto a las condiciones bajo las que resulta autorizable este cambio de trazado, el promotor considera inasumible llevar a cabo una modificación del PSIS con el fin de incorporar el nuevo trazado de la vía pecuaria en el ámbito del Plan, puesto que impediría cumplir los compromisos adquiridos en cuanto a tramitación y objetivos de apertura del nuevo centro educativo. Se mantiene la reposición de la vía pecuaria por el camino de Labiano, considerando que cumple la integridad superficial, idoneidad del itinerario, da continuidad al modificado de la pasada realizado en Sarrigurren y garantiza el tránsito ganadero.

Todo el sector ha sido zonificado como área acústica tipo d, con predominio de suelo de uso terciario, pero existe una zona con otro uso docente (nuevo Centro Educativo de Formación Profesional) que requiere mayor exigencia de protección acústica. El Estudio acústico, incluido como Anexo III del Estudio de impacto ambiental, pone de manifiesto el incumplimiento de los objetivos de calidad acústica para nuevas áreas urbanizadas, en la zona educativa del sector, a pesar de las medidas correctoras que se han planteado. A este respecto, incidir en lo señalado sobre el particular en el informe del Servicio de Calidad Ambiental de junio de 2011.

Por el contrario, el Estudio acústico muestra el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica en las áreas urbanizadas existentes de Sarriguren, adyacentes al nuevo sector, lo que indica que no se verán afectadas por el desarrollo previsto de dicho sector.

El Servicio de Calidad Ambiental informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y propone medidas adicionales que figuran en la parte resolutiva de esta DIA.

En consecuencia, a la vista de los informes que figuran en el expediente y, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y por el artículo 68 del Decreto Foral 141/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre el PSIS "Plan Salesianos" promovido por la Congregación Salesiana de San Juan Bosco, el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y Viviendas de Navarra, S.A. con las siguientes consideraciones:

-Dado que el sector ha sido zonificado como área acústica tipo d, con predominio de suelo de uso terciario, pero existe uso docente, que requiere mayor exigencia de protección acústica, se deberán adoptar las medidas necesarias que garanticen en los receptores el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica, a todos los niveles de altura y en todas las orientaciones de fachada de los correspondientes edificios, establecidos por el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, que desarrolla la Ley del Ruido en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, para nuevas áreas urbanizadas (valores de la Tabla A del Anexo II disminuidos en 5 decibelios):

USOS CON MAYOR EXIGENCIA

VALORES ÍNDICES DE RUIDO (dBA)

Ld

Le

Ln

Tipo e, uso docente

55

55

45

-A este respecto se deberán priorizar medidas de prevención, tanto en la fase de ordenación urbana como de diseño y ejecución de las edificaciones, entre las que se podrían citar, ordenadas jerárquicamente, las siguientes: establecimiento de zonas de transición interpuestas entre las zonas de uso docente y las infraestructuras viarias; reordenación urbana con el emplazamiento de usos no docentes, poco sensibles, en las inmediaciones de las fuentes de ruido (viales y áreas de uso terciario); medidas constructivas susceptibles de proteger acústicamente los edificios de uso docente como el retroceso de planos de fachada en planta o sección, y la construcción en fachada de elementos dispersivos de las ondas sonoras; y, por último, la orientación de fachadas de forma que se dispongan las dependencias de uso sensible al ruido (dormitorios, salas de estar, aulas) en la parte del edificio opuesta al ruido, y los espacios con usos poco sensibles al ruido (cocinas, cuartos de baño, cuartos de limpieza, laboratorios, talleres, pasillos, escaleras, aparcamientos) antepuestos a los anteriores, de forma que sirvan como protección de las mismas.

-Asimismo, deben considerarse otras medidas de planificación acústica como son la reducción de la velocidad máxima de circulación en la Ronda Oeste de Pamplona (PA-30), en la carretera del Valle de Aranguren (NA-231) y en el resto de las vías urbanas interiores del sector; y el uso de pavimento de bajo índice de emisión de ruido en dichos viales.

-Se presentará en el Servicio de Conservación de la Biodiversidad, el proyecto de reposición de la Pasada 6 por el camino de Labiano atendiendo a las condiciones establecidas en los informes de la Sección de Planificación y Ayudas y cumpliendo las disposiciones de la Ley Foral 19/1997 de 15 de diciembre de vías pecuarias.

-En el desarrollo del PSIS, se garantizará la movilidad interna basada en modos de transporte no motorizados (a pie y bicicleta), en cuyo diseño se considerará la continuidad y conexión entre tramos y la comodidad y seguridad de los trazados entre la avenida del valle de Aranguren y Olatz.

-Las infraestructuras, cuyo trazado general y tipo de solución se incluye en el PSIS, deberán tramitarse de acuerdo con lo previsto en el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

3.º Notificar esta Resolución al promotor, al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a los Ayuntamientos de Pamplona y Egües y a los alegantes a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de mayo de 2012.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

Anexo 1

Resumen del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal
y del Estudio de Incidencia Ambiental

El objetivo fundamental del PSIS es posibilitar el traslado del Colegio Salesianos de la ciudad de Pamplona al municipio de Egüés, estableciendo una nueva ordenación del Área de Reparto AR-1 de Olaz (como suelo urbanizable), donde se ubicará el nuevo centro educativo, así como la regulación urbanística del solar de la calle Aralar de Pamplona (suelo urbano consolidado), recuperando el uso residencial.

El ámbito afectado por el PSIS perteneciente al término municipal de Pamplona, se sitúa en el Segundo Ensanche en la manzana que conforman las calles Leyre, Media Luna, San Fermín y Aralar. La propuesta en este ámbito persigue varios objetivos, como son la conservación de la trama urbana, el mantenimiento de la actividad y refuerzo de su centralidad; la recuperación del uso residencial y la mejora de las condiciones y calidad de las viviendas y por último, posibilitar la ubicación en este ámbito de una dotación pública-Centro Cívico.

En el término municipal de Egüés se plantea el desarrollo de un área de actividad dotacional-económica, vinculada y relacionada con la Ecociudad de Sarriguren a modo de ampliación de la misma, que acogerá además de la parcela dotacional en la que se ubicará el Colegio Salesianos, otras superficies destinadas a actividades de tipo económico, entre las que cabe destacar un gran establecimiento comercial, así como una parcela de equipamiento polivalente público y los sistemas generales adscritos necesarios para dotar de acceso al área.

Dentro de este término municipal, el ámbito afectado por el Plan se localiza en el paraje Antxurieta, al norte de la Ecociudad de Sarriguren, sur del área residencial de Gorráiz y lindante con las carreteras PA-30 (Ronda Este de Pamplona) y NA-2310 (Valle de Aranguren). Concretamente el ámbito se sitúa frente a las instalaciones deportivas y escolares de la Ecociudad de Sarriguren. La superficie a ordenar es de 183.620 m², correspondientes a las parcelas 197, 198, 199, 204, 207, 208, 209, 210, 212, 237, 238, 240, 243, 436, 438, 444, 455, 456, 457 del polígono 14 y las parcelas 78, 82, 84, 88, 103, 104, 111, 118, 118, 259 y 8063 del polígono 5 del término municipal de Egüés. Las parcelas correspondientes a viales y caminos públicos son las parcela 212 del polígono 14 y las parcelas 103, 104 y 259 del polígono 15.

Se propone una ordenación basada principalmente en un vial, que se configura como la prolongación de uno de los viales principales del área residencial de Sarriguren -Avenida de la Unión Europea-, que recorre de norte a sur el nuevo desarrollo y que permite el acceso a todas las parcelas proyectadas así como la conexión con la referida área residencial. Dicho vial conecta a su vez las carreteras NA-2310 y Ronda Este.

Como resultado de este esquema, la estructura urbana queda definida en cinco manzanas de usos diferentes: al sur del ámbito, la parcela destinada a uso educativo y deportivo que albergará al Colegio de Salesianos, la zona comercial vinculada al uso residencial de Sarrigurren, al norte del centro educativo y junto a la Ronda Este, dos espacios de uso terciario al este del vial longitudinal y un quinto espacio público y de uso dotacional polivalente al sur.

Las zonas verdes públicas se proyectan junto a la Ronda Este, de modo que sirvan como pantalla entre este vial y el área terciaria-dotacional y junto a la rotonda prevista de conexión con esta vía.

El tramo de la actual carretera NA-2310 incluido en el ámbito de actuación, se transforma en vía urbana con doble carril por sentido, acera y mediana, para facilitar de este modo la permeabilidad entre el área residencial y esta nueva área dotacional-económica. Asimismo, se proyecta un acceso directo desde esta carretera a la PA-30, evitando de este modo el paso de tráfico por la rotonda actualmente existente de acceso a la Ciudad de la Innovación de Sarriguren. Por otro lado, se ha previsto dotar a la Ronda Este de un tercer carril continuo con dos ramales de entrada y salida al ámbito por su extremo Norte.

En cuanto al saneamiento el PSIS plantea una red separativa para las la recogida de aguas fecales y pluviales de los edificios y áreas libres a urbanizar, perfectamente diferenciadas. La red de aguas pluviales conducirá el agua por gravedad hasta el barranco Grande.

Respecto a la capacidad de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento actuales, el informe de Mancomunidad de la Comarca de Pamplona de 21 de febrero de 2011 indica que resultan insuficientes para el desarrollo previsto y que para garantizar la capacidad de estas infraestructuras se deberá considerar en el PSIS el refuerzo de las infraestructuras existentes.

En cuanto a las infraestructuras eléctricas se contempla desmontar las instalaciones existentes, como son la línea aérea de 13,2 kw, un centro de transformación y una línea de baja tensión. Posteriormente, desde el punto de conexión, tender una línea de 13,2 kw subterránea, de donde colgarán dos nuevos centros de transformación de compañía y los centros particulares que suministran energía a las parcelas grandes.

Resumen del Estudio de Incidencia Ambiental

El Estudio de Incidencia Ambiental elaborado sobre el PSIS Plan Salesianos forma parte de la documentación presentada para su tramitación en marzo de 2011. El contenido y alcance de dicho Estudio de Incidencia responde a lo previsto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo.

El Estudio de Incidencia Ambiental enumera y describe aquellos planes y programas vigentes con los que interacciona el PSIS Salesianos. En relación a la calidad acústica del ámbito ubicado en el municipio de Egüés se aporta un Estudio de Ruido.

El análisis y diagnóstico territorial se centra principalmente en el ámbito correspondiente al municipio de Egüés, puesto que la parcela ubicada en Pamplona integrada en la trama urbana, presenta características propias del ámbito urbano.

En el caso de Egüés, el ámbito tiene forma sensiblemente triangular con un relieve bastante llano -con pendientes máximas del 5%- y, salvo las zonas ocupadas por varias empresas, está ocupado íntegramente por cultivos. En el límite suroeste del ámbito, se encuentra el Barranco Grande de dirección SE-NW. Aunque el propio cauce discurre fuera del ámbito, la vegetación riparia asociada, formada por chopos y álamos principalmente, así como parte de su llanura aluvial se localizan dentro del ámbito del PSIS.

La Pasada 26 atraviesa el ámbito del PSIS por el Camino de Badostain. El trazado de esta Vía pecuaria que fue modificado con el desarrollo del PSIS de Ecociudad de Sarrigurren, actualmente está señalizado como itinerario número 9.

En cuanto a la movilidad, el desarrollo del PSIS modifica la conexión mediante vías peatonales y ciclables entre Sarriguren y Olaz, puesto que actualmente se realiza a través de la Pasada 26 o Camino de Badostain, señalizado como itinerario número 9.

Respecto a los posibles restos arqueológicos, y siguiendo las indicaciones del informe de la Sección de Arqueología, dada la amplia superficie a ocupar y la presencia en las proximidades de yacimientos arqueológicos (asentamiento de la Edad del Hierro en el Cerro I, La Playa Grande I y II) se deberá prever la realización de un seguimiento arqueológico durante las obras.

En el municipio de Egüés las afecciones se consideran moderados y compatibles a excepción de los cambios en la calidad acústica del ámbito y la vía pecuaria P26, que se consideran Moderado-Severo. Una vez identificados los impactos se establecen las medidas preventivas y correctoras de aplicación tanto en el propio PSIS como en el proyecto de urbanización y de edificación. Entre las principales medidas a considerar en el proyecto de urbanización destacan:

-Medidas encaminadas al cumplimiento de los objetivos de calidad acústica, como son la aplicación de asfalto drenante o poroso en los nuevos viales, reducción de la velocidad en los viales locales a 40 km/h, una pantalla acústica en un tramo de la ronda Este de Pamplona, cerramiento de la parcela de uso dotacional privado por el lado norte (limite con la parcela destinada a uso comercial), zona de transición sin uso efectivo que sirva de atenuante del ruido que genera el foco emisor de la carretera de Aranguren, fachadas ciegas en los edificios que dan a esta zona de transición y reorganización espacial dentro de los edificios para adecuar las actividades a los niveles acústicos calculados.

-Definición de unas zonas de protección en el entorno de la vegetación riparia del Barranco Grande. En la zona de riesgo potencial de inundación del barranco Grande se ubicará el campo de futbol, evitando los cerramientos que supongan un obstáculo al libre circular de las aguas en épocas de crecidas.

-Estudio y valoración del movimiento de tierras, asegurando la compensación de las tierras en el propio ámbito del PSIS y la gestión en vertedero autorizado, cuando no sea posible su compensación total.

-Seguimiento arqueológico de las obras.

-En cuanto a la movilidad, el proyecto de urbanización estudiará acondicionar las aceras de la nueva avenida, resultado de la transformación de la carretera de Aranguren, para su utilización como carril-bici y/o paseo peatonal. Por otro lado la conexión mediante vías peatonales y ciclables, entre Sarrigurren y Olaz, se garantizará con la modificación del trazado de la vía pecuaria P-26 a través del camino de Labiano, circunvalando el nuevo desarrollo urbanístico.

En cuanto a las medidas a considerar en el proyecto de edificación su objetivo se centrará en la eficiencia en el consumo de agua y eficiencia energética de los edificios.

En el ámbito de Pamplona, se establecen criterios para el ahorro energético y para la disminución de las emisiones a la atmósfera que se incorporarán en aquellos instrumentos de ordenación urbanística que desarrollen el PSIS.

Finalmente el Estudio de Incidencia Ambiental incluye un Plan de Vigilancia Ambiental mediante el cuál se verifique la aplicación de las medidas correctoras en el proyecto de urbanización y edificación.

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