BOLETÍN Nº 108 - 7 de junio de 2012

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO UNO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Ejecución de títulos judiciales 81/2012

Doña Rosa M.ª Valencia Ederra, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 81/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Felipe Nuñez Cenzual contra la empresa Restauraciones y Obras Lizarra S.L., sobre Materias laborales individuales, se ha dictado Auto en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Parte Dispositiva:

Procede acordar la orden general de la ejecución instada por Felipe Nuñez Cenzual contra Restauraciones y Obras Lizarra S.L., y despachar la misma por un principal de 12.233,20 euros, más 733,99 euros de intereses y 1.223,32 euros de costas, sin perjuicio de ulterior liquidación de estos dos últimos conceptos.

Para la continuación de los trámites previstos en el artículo 551.3 de la L.E.C., estése al Decreto que dictará el Secretario Judicial y, para ello, consúltense las aplicaciones informáticas de las bases de datos de los distintos Registros y Organismos públicos a los que se tiene acceso.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer el recurso de reposición previsto en el artículo 239.4 de la L.R.J.S en el plazo de tres días.

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de la interposición, justificante de haber ingresado 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, indicando el número de expediente 3159.0000.65., y especificando en el campo "concepto" del documento: "Recurso 30". En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el número de cuenta 0030 1846 42 0005001274, indicando el mismo número de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado ("Recurso 30").

Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos, así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.

Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª, doy fe. La Magistrada Juez La Secretaria Judicial.

Así mismo se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal.

Parte Dispositiva:

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante, para que en el plazo de diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Y constando en las actuaciones que el ejecutante tiene embargada la parte proporcional de la nómina a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, líbrese oficio a dicho organismo comunicando que tiene reconocido por Sentencia un crédito de 11.160,94 euros así como que la empresa ejecutada ha sido declarada insolvente, sin perjuicio de las cantidades que el ejecutante pudiera percibir del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de reposición a presentar en la Secretaría de este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.3 y 187 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. La Secretaria Judicial.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Restauraciones y Obras Lizarra S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Pamplona, 18 de mayo de 2012.-La Secretaria Judicial, Rosa M.ª Valencia Ederra.

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