BOLETÍN Nº 108 - 7 de junio de 2012

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BURLADA

Convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de 1 plaza de Empleado/a Servicios Múltiples (nivel D) al servicio del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada

Por Resolución número 2/2012, de 28 de mayo del Presidente del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada ha sido aprobada convocatoria pública para la provisión, mediante oposición restringida al personal funcionario o contratado laboral fijo del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada, prevista en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993 que aprueba el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, de una plaza de "Empleado/a de Servicios Múltiples" al servicio del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada, identificada en plantilla orgánica con el número 12.4., sin que la misma suponga incremento alguno del número de puestos de trabajo en la plantilla existente.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de Ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1.-Normas generales:

1.1. El objeto de la presente convocatoria pública es la provisión, mediante oposición restringida, prevista en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993 que aprueba el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, de una plaza de "Empleado/a de Servicios Múltiples" al servicio del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada, identificada en plantilla orgánica con el número 12.4., sin que la misma suponga incremento alguno del número de puestos de trabajo en la plantilla existente.

1.2. La persona que tras superar las correspondientes pruebas selectivas resulte nombrada para cubrir la plaza convocada, será encuadrada en el nivel D y percibirá las retribuciones fijadas con carácter general para dicho nivel en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen por las demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Burlada.

1.3. La participación en esta convocatoria no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera la persona empleada con anterioridad, continuando asimismo con el régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

1.4. El régimen será de jornada completa de trabajo y se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

1.5. En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y en el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra aprobado por Decreto Foral 113/1985.

2.-Requisitos de los y las aspirantes:

Para ser admitidas al presente oposición, los y las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos.

a) Ser funcionario/a o contratado/a laboral fijo al servicio del Patronato Municipal de cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada y hallarse encuadrado/a en el nivel o grupo E.

b) Hallarse, como mínimo, en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Poseer conocimiento de euskera a nivel de segundo grado de preceptividad conforme Anexo de la Ordenanza reguladora del Uso y Fomento del Euskera en el ámbito municipal de Burlada. Ello se podrá acreditar mediante prueba realizada al efecto por el Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública o mediante la presentación de Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente. Los aspirantes que deseen hacer la prueba del conocimiento del vascuence deberán indicarlo en la instancia general. Las personas aspirantes que deseen hacer la prueba del conocimiento del vascuence deberán indicarlo en la instancia general de solicitud de participación en la convocatoria. Esta prueba se realizará al final de las pruebas previstas en la fase de oposición.

El requisito exigido en el apartado b) relativo a la titulación mínima exigida podrá suplirse por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

Los requisitos anteriores deben ser acreditados por las personas aspirantes en el plazo y forma prevista en la base cuarta de la presente convocatoria, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

3.-Instancias:

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Patronato Municipal de Cultura y fiestas del Ayuntamiento de Burlada sito en la calle Ronda de las Ventas, número 1, 31.600, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de la misma en el Boletín Oficial de Navarra, y hasta las catorce horas del último día, o bien de cualquiera de las formas establecidas en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.2. Las instancias deben ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (Anexo I) que será facilitado en las Oficinas del Ayuntamiento de Burlada situadas en Plaza de Las Eras, s/n (Burlada), pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección https://sedeelectronica.burlada.es. En ellas los y las aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.3. Se adjuntarán a la solicitud los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o asimilados.

b) Copia compulsada del título exigido en la base tercera de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Certificado acreditativo del puesto de trabajo en el que se encuentra el o la aspirante, de su nivel y de su antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

d) Justificante de haber abonado en Tesorería Municipal la cantidad de 4,60 euros correspondiente a las tasas por derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los siguientes procedimientos:

-Pago en Depositaría, en las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Burlada.

-Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 2054 0210 91 1100000011 (CAN), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos del aspirante.
  • Concepto: Tasa Oposiciones.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias es improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones:

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Las y/o los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal calificador:

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros.

Presidente: Presidente del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Persona en quien delegue.

Vocal: Don Ignacio Gordejuela Hierro, Gerente-Coordinador del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Persona en quien delegue.

Vocal: Don José Míguel Egea Noain, Jefe de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Persona en quien delegue.

Vocal: Don Luis Sánchez Urrutia, designado a propuesta de la representación legal de los trabajadores.

Suplente: Persona designada a propuesta de la Representación del personal del Ayuntamiento de Burlada.

Vocal-Secretario: Director/a de RR.HH. del Ayuntamiento de Burlada o persona en quién delegue.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

6.-Desarrollo del oposición:

6.1. El ejercicio consistirá en el desarrollo de una prueba teórica, práctica y/o teórico-práctica, prueba que versará sobre las funciones, cometidos y desempeños del puesto de trabajo.

6.2. La puntuación máxima total de la fase de oposición será de 50 puntos, quedando eliminados aquellos opositores que no alcancen, al menos, 25 puntos.

6.3. Una vez terminado el ejercicio, el Tribunal, en el plazo de cinco días, hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Burlada la lista de aspirantes con las calificaciones obtenidas.

6.4. La prueba se realizará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas quedarán eliminados.

7.-Relación de aprobados:

7.1. Terminada la calificación del ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Burlada, la relación de aprobados ordenada de mayor a menor puntuación, y elevará propuesta de nombramiento al Presidente del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada a favor del o de la aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en los Tablones de Anuncios de las Oficinas del Ayuntamiento de Burlada y en el Boletín Oficial de Navarra.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta la persona candidata incluida en la misma deberá aportar en el Registro del Ayuntamiento de Burlada, los siguientes documentos:

a) Certificado Médico Oficial, expedido por el Colegio Oficial de Médicos, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

b) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Burlada.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el caso del Apartado 7.3, la baja se cubrirá con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento de alguna o algún aspirante propuesto, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento a la siguiente o siguientes personas aprobadas con puntuaciones sucesivas.

8.-Nombramiento y toma de posesión:

8.1. El Presidente del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada, mediante Resolución, procederá al nombramiento del o de la aspirante propuesta y ordenará la publicación de este nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra.

8.2. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión del cargo o formalizar anexo a su contrato laboral en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá los derechos derivados del nombramiento en la forma y con las consecuencias del apartado 7.3. Mientras no tome posesión o no formalice anexo a su contrato laboral no tendrá derecho a percepción económica alguna.

9.-Recursos:

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acuerdo recurrido.

b) Recurso de Alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

c) Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Navarra, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir.

Burlada, 28 de mayo de 2012.-El Alcalde, Juan-Carlos González Muñoz.

ANEXO 1

Modelo oficial de instancia

Don/Doña ..................................................................................................................................., mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad número ....................., con domicilio en .........................................................., calle ...................................................., número ................, código postal .............., teléfono .........................., teléfono móvil .................. mail

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición restringida, de una plaza de Empleado/a de Servicios Múltiples al servicio del Patronato Municipal de Cultura y Fiestas del Ayuntamiento de Burlada, identificada en plantilla orgánica con el número 12.4, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número ........., de fecha ................, cuyas bases declara conocer y aceptar expresamente.

[ ] Que no padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del puesto.

[ ] Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

[ ] Que no ha sido separado del servicio de ninguna Administración Pública ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

[ ] Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

[ ] Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto,

SOLICITA:

Que, teniendo por presentada esta instancia en tiempo y forma, ser admitido/a a la convocatoria.

(Fecha y firma del solicitante)

SEÑOR PRESIDENTE DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA Y FIESTAS DEL AYUNTAMIENTO DE BURLADA.

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