BOLETÍN Nº 106 - 5 de junio de 2012

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Ejecución de títulos judiciales 19/2012

Don Alfonso Pérez Ruiz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 19/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Vladimir Disciuc contra la empresa Obras y Servicios Nivel 4, S.L., sobre Despido, se ha dictado Decreto de fecha 9 de mayo de 2012 que contiene la siguiente parte dispositiva:

Primero.-Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes de la parte ejecutada, Obras y Servicios Nivel 4, S.L., suficientes a cubrir las siguientes cantidades:

1.-La de 16.864,14 euros como principal.

2.-La de 1.011,85 euros que se calcula para intereses.

3.-La de 1.686,41 euros presupuestada para costas.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto con número 00301846420005001274, al concepto 4148.0000.64.0019.12.

Requiérase al deudor o persona que legalmente le represente, para que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad las cantidades objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en forma.

Segundo.-Únase la nota obtenida de las aplicaciones informáticas de acceso a las bases de datos de la Hacienda Tributaria de Navarra, Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Dirección General de Tráfico, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad y en su caso, de la Tesorería General de la Seguridad Social, y visto su contenido se declara el embargo de los siguientes bienes o derechos de la parte ejecutada.

Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Foral de Navarra a la persona o empresa ejecutada por el I.R.P.F. o I.V.A., según la personalidad jurídica de la parte ejecutada, o por cualquier otro concepto, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

Saldos existentes en cuentas corrientes, de ahorro o cualquier tipo de depósitos que la parte ejecutada tenga en entidad/es bancarias, así como cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en que esa entidad financiera actúe como depositaria o intermediaria, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio. Para la garantía y eficacia de dicho embargo, líbrese oficio a la/s citada/s entidad/es para que, en caso de existencia, proceda/n a retener y transferir a la cuenta de este Juzgado el importe de dichos saldos, en cantidad suficiente para cubrir lo reclamado en la ejecución.

Créditos que la parte ejecutada ostente frente a Banco de Bilbao Vizcaya, y Arzobispado de Pamplona, la/s que se librará oficio para que en el plazo de cinco días transfieran a la cuenta de este Juzgado la suma total de las cantidades pendientes en la ejecutoria, o sucesivas que adeude, hasta cubrir el total del importe, bajo las advertencias y apercibimientos legales en caso de incumplimiento.

El reembargo de bienes ya trabados en las ejecutorias que a continuación se indican, así como el embargo del sobrante que pueda resultar a favor del ejecutado en dichos autos. Líbrese los oportunos despachos para la toma de razón del embargo en dichos procedimiento y juzgados, reclamándose al mismo tiempo certificación comprensiva del estado en que se encuentra su vía de apremio:

-Juzgado de lo Social número 1. Ejecuciones 151/11 y 9/12.

-Juzgado de lo Social número 2. Ejecución número 26/12.

-Juzgado de 1.ª Instancia número 6. Ejecución 73/12.

El/los vehículo/s matrícula 4142BZJ, NA8177AW, librándose al efecto Mandamiento por duplicado al Registro de Bienes Muebles correspondiente para que tenga lugar la anotación del embargo trabado, reclamándose al tiempo certificación de cargas y gravámenes que se encuentren afectos, incluso de las que consten en la Dirección General de Tráfico.

Encontrándose la empresa ejecutada en ignorado paradero conforme se deduce de la diligencia extendida por el Scace en los autos de los que dimana la presente ejecución, líbrese edicto al Boletín Oficial de Navarra para su notificación. Póngase en conocimiento del FOGASA y notifíquese al mismo la presente resolución a los efectos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnarla.-Mediante recurso de revisión a presentar en la Secretaría de este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 551.5 de la Ley de Enjuiciamiento CIvil).

De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de la interposición, justificante de haber ingresado 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, indicando el número y año especificando en el campo "concepto" del documento: "Recurso 31". En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el número de cuenta 0030 1846 42 0005001274, indicando el mismo número y año de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado ("Recurso 31").

Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. El Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos, así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.

Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Obras y Servicios Nivel 4 S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Pamplona, 11 de mayo de 2012.-El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

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