BOLETÍN Nº 106 - 5 de junio de 2012

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 36E/2012, de 14 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueba la Convocatoria de ayudas en favor de las Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado de Centros Escolares de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de Navarra para el año 2012.

Objeto: Aprobar la convocatoria de la subvención Ayudas en favor de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos.

Referencia: Código Expediente: 0011-1081-2012-000000.

Unidad gestora: Departamento de Educación.

Servicio de Ordenación e Innovación Educativa.

Sección de Planes de Mejora y Programas de Innovación.

Teléfono.: 848 42 62 29. Fax: -.

Dirección: Cuesta de Santo Domingo, 31001 Pamplona.

Correo-Electrónico: lpastord@navarra.es.

Expediente:

Tipo de Expediente: Ayudas en favor de federaciones de asociaciones de padres y madres de alumnos.

Código RCSA: 3957.

Normas de aplicación: Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Aprobar la Convocatoria de ayudas en favor de las Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado de Centros Escolares de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de Navarra para el año 2012, y las bases reguladoras de la misma, que se recogen en el Anexo de esta Resolución.

2. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes, pudiéndose realizar modificaciones en función de las solicitudes recibidas:

IMPORTE

PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

57.000,00

G/425005/4819/324200: (**) Subvención a asociaciones y federaciones de padres y alumnos

2012

3. Publicar esta Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4. Trasladar la presente Resolución, la Convocatoria y Anexos a la Secretaría General Técnica, al Interventor Delegado de Economía y Hacienda en Educación, al Negociado de Gestión Económica, a la Sección de Régimen Administrativo, al Negociado de Información y Documentación, a la Sección de Planes de mejora y Programas de innovación y al Negociado de Escolarización a los efectos oportunos.

5. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 14 de mayo de 2012.-El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota.

Bases Reguladoras y Anexos

ANEXO I

Convocatoria de ayudas en favor de las Federaciones
de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado de centros
de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2012

Considerando la necesidad de fomentar y potenciar la realización de actividades por parte de las Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado de la Comunidad Foral de Navarra, el Departamento de Educación, hace pública esta Convocatoria de ayudas para el año 2012, con arreglo a las siguientes:

Bases

1.ª Podrán acogerse a la presente Convocatoria las Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado de Centros Escolares de la Comunidad Foral de Navarra, autorizados para impartir Educación Infantil, Primaria, y Secundaria de la Comunidad Foral, que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra.

2.ª El objeto de esta convocatoria es ayudar a la programación y organización de actividades educativo-culturales encaminadas a potenciar la dinámica escolar a través de las propias Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado y promover la participación de las mismas en las tareas educativas de los Centros. Se atenderá, en esta convocatoria, a paliar los efectos del ajuste presupuestario de 2011, que dejó sin efecto la convocatoria de ayudas aprobada por Resolución 20E/2011, de 28 de marzo, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, privando a las Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de alumnos de la posibilidad de obtener ayuda para las actividades planificadas y realizadas en 2011.

Las Federaciones podrán presentar como actividades objeto de subvención las actividades de formación de Padres y Madres, las de fomento de la participación, las acciones informativas y formativas relacionadas con la educación para la igualdad y el desarrollo de la convivencia pacífica, educación ambiental, consumo responsable, ahorro y eficiencia energética, gestión ambientalmente correcta de residuos, etc., así como cualquier otra actividad organizada y dirigida por las respectivas Federaciones y destinada a los miembros de la Federación, a las Asociaciones y al resto de la comunidad educativa.

No serán objeto de subvención las actividades que no respeten los derechos humanos y los valores de convivencia entre personas, o que incorporen símbolos o elementos que puedan resultar ofensivos para la ciudadanía, vulneren su dignidad o sugieran justificación de la violencia, así como las actividades o publicaciones de carácter político.

3.ª Las entidades que se acojan a esta convocatoria deberán mencionar expresamente, en todos aquellos documentos promocionales o informativos de las actividades acogidas a subvención, que éstas se realizan con la colaboración del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y en cualquier acto de publicidad de las mismas, deberá incluirse el anagrama y logotipo del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

4.ª Las Federaciones que soliciten acogerse a la presente Convocatoria, deberán presentar:

a) Solicitud debidamente cumplimentada, según modelo Anexo II.

b) Relación-Resumen de todas las actividades acogidas a esta Convocatoria, según modelo del Anexo IV. Si se presentó relación de actividades en la convocatoria del 2011, se considera válida y aceptada dicha relación. Solamente las nuevas solicitudes han de presentar esta relación, o quienes deseen modificar la anteriormente presentada.

c) Descripción de cada una de las actividades para las que se pide ayuda, según modelo del Anexo III. Si se presentó documentación de actividades en la convocatoria del 2011, se considera válida y aceptada. Solamente las nuevas solicitudes han de presentar esta documentación, o quienes deseen modificar la anteriormente presentada.

d) Justificación detallada de los gastos realizados. Junto a la justificación del gasto de las actividades se podrán aportar también otros gastos relacionados con ellas.

Si se presentó relación de gastos en la convocatoria del 2011, se considera dicha relación válida y aceptada. Solamente las nuevas solicitudes o quienes no hubieran realizado la justificación de éstos, o quienes deseen modificar la anteriormente entregada, han de presentar esta relación.

Los gastos realizados se acreditarán mediante facturas con todos sus elementos y en ningún caso se admitirán simples recibos y/o tickets de caja.

Las facturas deberán ser emitidas conforme a la legislación legal vigente, con detalle del nombre o razón social de la empresa que factura y su NIF, fecha de emisión, concepto, importe y desglose de cada uno de los objetos o conceptos facturados, sello, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicado y firma del expedidor.

Deberá incluirse también un ejemplar de los documentos promocionales o informativos de las actividades objeto de subvención y, en su caso, del cartel, folleto, tríptico o cualquier soporte publicitario, donde conste que las actividades acogidas a estas ayudas se realizan con la colaboración del Departamento de Educación de Gobierno de Navarra, así como los ejemplares de las publicaciones acogidas a subvención.

5.ª Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Departamento de Educación, en el Registro General del Gobierno de Navarra o utilizando cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a que se refiere el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio.

6.ª El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria.

Todas las solicitudes que se entreguen fuera de plazo o se remitan con datos falseados quedarán excluidas de la presente convocatoria.

Si las solicitudes no cumplen con lo establecido en la Base 4.ª o los datos son incompletos, se notificará dicha circunstancia a los interesados, concediéndoles un plazo de diez días a partir del día siguiente a su notificación, para subsanar las deficiencias. Pasado este tiempo, las solicitudes que no las hayan subsanado quedarán excluidas de la convocatoria.

Dicha notificación se podrá remitir telemáticamente si el interesado dispone de una Dirección Electrónica Única (solicitada al Servicio de Correos) y solicita expresamente esa respuesta telemática marcando este campo en la correspondiente instancia electrónica o en la hoja de solicitud, Anexo II.

7.ª El Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades resolverá la presente Convocatoria en un plazo máximo de tres meses a partir del plazo de finalización de presentación de solicitudes, a propuesta del Servicio de Ordenación e Innovación educativa, que actuará como órgano instructor del procedimiento.

Si hubiere transcurrido ese plazo sin existir resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud, según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

8.ª Las solicitudes presentadas serán estudiadas en una comisión de valoración que aplicará los criterios de distribución citados en la base 9.ª de esta Convocatoria, elevando la propuesta de adjudicación al órgano instructor.

Dicha Comisión estará formada por:

Presidente: El Jefe de la Sección de Planes de mejora y Programas de innovación.

Vocales: Dos técnicos del Servicio de Ordenación e Innovación educativa.

9.ª Para determinar la cuantía a adjudicar a cada Federación solicitante, la Comisión tendrá en cuenta además del número de solicitudes admitidas, el número de Asociaciones adscritas a cada una de las Federaciones, el número de familias afiliadas y el número de actividades realizadas.

Para ello se procederá de acuerdo con la siguiente distribución y criterios:

a) Se distribuirá el 15% del total asignado para las Federaciones en partes iguales entre las solicitudes admitidas.

b) El 25% del total en proporción al número de Asociaciones federadas a cada una de ellas.

c) El 30% del total en proporción al número de familias afiliadas a las asociaciones federadas a cada Federación.

d) El 30% en atención al gasto presentado por las actividades realizadas por cada Federación que se ajusten a lo establecido en las bases 2.ª y 10.ª

10.ª Quedarán excluidas, por no ajustarse a los fines de esta convocatoria, las siguientes actividades:

a) Las actividades o publicaciones de carácter político.

b) Las actividades que no respeten los derechos humanos y los valores de convivencia entre personas, o que incorporen símbolos o elementos que puedan resultar ofensivos para la ciudadanía, vulneren su dignidad o sugieran justificación de la violencia.

11.ª El Departamento de Educación se reserva el derecho a requerir cualquier información complementaria y la posibilidad de inspección y control de las actividades objeto de subvención.

12.ª Con anterioridad a la publicación de la resolución de concesión, el Departamento de Educación publicará en el catálogo de servicios del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, la adjudicación provisional junto con los datos en los que basa dicho cálculo, con objeto de que los solicitantes puedan verificar el proceso de determinación de las subvenciones individuales, otorgándose un plazo de tres días a partir del de su publicación para efectuar las oportunas reclamaciones.

El Departamento de Educación, en el ámbito de sus competencias, de oficio, podrá requerir a las federaciones solicitantes documentación complementaria que permita comprobar la veracidad de los datos aportados por éstas en cuanto al número de asociaciones federadas y familias asociadas y, en su caso, las cuotas abonadas por éstas.

Por todo ello las federaciones concurrentes deberán disponer y facilitar, en su caso, dicha documentación al Departamento de Educación en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

13.ª El Departamento de Educación publicará la resolución de la presente Convocatoria en el catálogo de servicios del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, indicando la relación de Federaciones beneficiarias de estas ayudas así como la cuantía a abonar a cada una de ellas y la relación de Federaciones excluidas, si las hubiere, con indicación de las causas de su exclusión.

14.ª El pago de las cantidades concedidas a cada una de las Federaciones se abonará en un único plazo tras la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la resolución de adjudicación. Estos pagos estarán condicionados a la existencia de fondos líquidos previstos para hacer frente a las obligaciones reconocidas y a la autorización expresa del Departamento de Economía y Hacienda según lo dispuesto en el artículo 33.5 de la Ley Foral de Subvenciones.

15.ª Cualquier infracción a las presentes Normas, dará lugar a la revocación de la ayuda concedida y a la devolución de las cantidades percibidas, y podrá implicar la pérdida del derecho para participar en las próximas Convocatorias, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

16.ª Contra esta Convocatoria y los actos que se deriven de la misma, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación o notificación.

ANEXO Ii

Solicitud de ayuda en favor de las Federaciones de Asociaciones
de Padres y Madres del alumnado para el año 2012

Nombre de la federación:

Dirección: .............................................. Teléfono:

Población: ........................................ Código Postal:

Notificación electrónica (sólo si se dispone de una dirección de correo electrónico facilitada por el Servicio de Correos) SÍ NO

En caso afirmativo indique la dirección:

C.I.F./N.I.F: ........................................... N.º Registro:

Presidente/a: ........................................... Teléfono:

N.º Asociaciones afiliadas: .................. Cuota anual socios:

N.º familias asociadas a las APYMAS a las que representa la Federación:

La Federación cuyos datos se relacionan anteriormente solicita acogerse a la Convocatoria de ayudas en favor de Asociaciones y de Padres y Madres del Alumnado de Centros escolares de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de Navarra, para el año 2012 y en consecuencia:

[ ] Solicita que se considere aceptada la relación de actividades presentada para la convocatoria del 2011.

[ ] Solicita que se considere aceptada la justificación de gastos presentada para la convocatoria del 2011.

La Federación declara bajo su responsabilidad que no está incursa en prohibición de obtener la condición de beneficiaria a que se refiere el artículo 13 de la ley 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

El Presidente de la Federación certifica que las actividades presentadas a esta Convocatoria han sido aprobadas por la junta de gestión de la misma y certifica igualmente la veracidad de los datos expresados en la solicitud.

.................................., a ........... de ................... de 2012
El/La Presidente/a de la Federación
(Firma y sello)

ANEXO iii

Informe-descripción de actividades o viajes

Denominación de la actividad:

Descripción de la actividad:

Dirigido a:

Número de participantes:

Objetivos que se pretenden abarcar:

Fecha de realización (indicar día, mes y año o periodicidad):

Lugar de realización:

Kilómetros de ida y vuelta (en caso de viajes):

Responsable de la actividad:

Relación de gastos (especificar conceptos):

1.-Concepto:

Importe:

2.-Concepto:

Importe:

3.-Concepto:

Importe:

Total:

Observaciones:

.........................., a .......... de ...................... de 2012

(Nota: Rellenar uno por cada Actividad).

ANEXO iV

Relación-resumen de actividades y viajes presentados
a la convocatoria de ayudas en favor de las Asociaciones
y Federaciones de Padres y Madres del alumnado de centros
de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2012

1.-Denominación de la actividad:

Importe:

2.-Denominación de la actividad:

Importe:

3.-Denominación de la actividad:

Importe:

4.-Denominación de la actividad:

Importe:

5.-Denominación de la actividad:

Importe:

6.-Denominación de la actividad:

Importe:

7.-Denominación de la actividad:

Importe:

8.-Denominación de la actividad:

Importe:

9.-Denominación de la actividad:

Importe:

10.-Denominación de la actividad:

Importe:

11.-Denominación de la actividad:

Importe:

12.-Denominación de la actividad:

Importe:

13.-Denominación de la actividad:

Importe:

14.-Denominación de la actividad:

Importe:

15.-Denominación de la actividad:

Importe:

Suma total:

.........................., a ....... de ................... de 2012
El/La Presidente/a de la Federación
(Firma y sello)

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