BOLETÍN Nº 100 - 28 de mayo de 2012

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Resolución de aprobación de condiciones para autorización municipal de publicidad en fachadas

La Concejalía delegada de Seguridad Ciudadana el día 15 de febrero de 2012 aprobó la siguiente resolución:

Visto el artículo 14 "Publicidad" de la Ordenanza Municipal sobre "Promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos, que en su punto 2 dice: "Queda prohibido, en tal sentido, salvo autorización municipal, colocar cualquier tipo de anuncio en fachada de edificios público o privados, porches, marquesinas, mobiliario urbano, arbolado, muros, túneles, pasos subterráneos y, en general, fuera de los lugares especialmente habilitados. De igual modo, se prohíbe poner en los mencionados lugares cualquier clase de pegatina, cartel, pasquín, pancarta o banderola de cualquier índole."

Visto el Decreto de Alcaldía de 25 de junio de 2010 interpretativo y aclaratorio sobre instalaciones de publicidad en fachadas.

Teniendo en cuenta que dicho Decreto se refiere a fachadas en obra o andamiajes y que no incluye las fachadas medianeras, medianeras que por otra parte no aportan nada al paisaje urbano de la ciudad, es necesario regular para esas fachadas medianeras la excepcionalidad mediante autorización municipal y por ello, he resuelto:

1. Que en las fachadas medianeras se podrá autorizar publicidad, debiendo ser solicitada previamente al Ayuntamiento.

2. Que para la autorización o denegación de la solicitud el Ayuntamiento tendrá en cuenta:

-Que la publicidad que se exponga no sea machista o sexista, ni de alcohol ni de tabaco.

-Que la publicidad que se exponga no vaya en contra de la propia filosofía de la Ordenanza Municipal sobre promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos.

-Que cuente con la aprobación y visto bueno de todos los vecinos del inmueble.

-Que no afecte a la seguridad del tráfico.

3. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra y notificarla al Gobierno de Navarra y a la Administración del Estado de conformidad con lo establecido en el artículo 345 de la Ley Foral 6/90, de Administración Local de Navarra y en el artículo 56.1 de la Ley de Bases de Régimen Local.

Pamplona, 27 de abril de 2012.-El Secretario técnico del área de Seguridad ciudadana, firma ilegible.

Código del anuncio: L1206599