BOLETÍN Nº 81 - 29 de abril de 2011

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 40 de la calle Jarauta

El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 24 de febrero de 2011, adoptó la siguiente resolución:

RUD 24-FEB-11 (23/UV).

Visto el informe emitido con fecha 18 de febrero de 2011 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 40 de la calle Jarauta de Pamplona, efectuada con fecha 17 de febrero de 2011, mediante la que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

Desperfectos:

Fachadas (a C/ Jarauta):

-Tras parte de comunicación de Policía Municipal, en el que se advierte de que se ha desprendido algún cascote del revoco de la fachada, se visita el edificio. Se observa como lesión principal una grieta en fachada que discurre diagonalmente desde esquina superior izquierda de hueco de planta 3.ª a esquina inferior derecha de hueco de planta 4.ª Dicha grieta de unos 10 mm de grosor ha ocasionado el desprendimiento de parte del material de revoco. Se comprueba que en planta 1.ª (en el dintel del hueco) también se ha desprendido parte del revoco.

-Se recaban mas datos con los testimonios de los vecinos del 2.º piso y del 4.º Se comprueba el interior del muro en este último piso y se advierte que la grieta visible desde exterior atraviesa el muro y se manifiesta al interior en forma de pequeña fisura de apenas 0,5 mm.

-Se observa que la superficie más cercana a la grieta, en su lado izquierdo, tiene un sonido hueco que hace dudar de la adherencia entre revoco y material de soporte (fábrica de ladrillo). Se deduce que no reúne condiciones suficientes de seguridad y que ha de ser retirado con urgencia y sustituido por un revestimiento nuevo.

-De los testimonios aportados por los vecinos se desprende que la grieta lleva en el edificio unos 10 años, que ha sido objeto de sucesivas reparaciones.

-Se verifica, asimismo, la presencia de grietas, de menor entidad, en los paños de fachada situados entre huecos (entre alfeizar y dintel) que no se consideran peligrosas a corto plazo.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, he resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio número 40 de la calle Jarauta de Pamplona, que procedan a partir de la notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes obras:

Plazos de ejecución y obras requeridas:

A) Con carácter de urgencia, en un plazo de 30 días, se procederá a las siguientes actuaciones:

-Retirada del revoco mal adherido, saneado de material de soporte y aplicación de nuevo revestimiento y pintado posterior con pintura al silicato (mismo color de fachada) previa petición de licencia abreviada y de ocupación de vía pública si procede.

B) En un plazo de 120 días, se procederá a las siguientes actuaciones:

-Los propietarios del edificio deben proceder, lo antes posible, a revisar, por parte de técnico competente, el estado de la estructura del edificio, reparar los agrietamientos de la fachada o al menos su revisión periódica y control por parte de técnico competente que permita recopilar información sobre la estabilización de los agrietamientos y causa de los daños y proceder a la consolidación y refuerzo o sustitución de los elementos dañados previa petición de licencia y redacción de proyecto técnico. Mientras tanto, se adoptarán las medidas provisionales de seguridad que el técnico estime oportunas y el seguimiento controlado de los daños y su evolución.

Documentación a presentar:

-Para obras requeridas en apartado A) (urgentes) será necesaria la solicitud de licencia abreviada acompañada de presupuestos. Si se emplean medios auxiliares que impliquen ocupación de vía pública habrá de presentarse certificado de supervisión por técnico competente del montaje y desmontaje de montacargas o andamios y solicitud de licencia de ocupación de vía pública detallando superficie ocupada y tiempo empleado.

-Para las obras del apartado B) antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación de director de obra.

2.-Apercibir a las personas propietarias del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, las personas propietarias que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3.-Apercibir igualmente a las personas propietarias, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntas responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de 300,00 a 6.000,00 euros.

4.-Indicar a las personas propietarias que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 13 de abril de 2011.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L1107073