BOLETÍN Nº 81 - 29 de abril de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OLITE

Aprobación definitiva de modificación
de Estudio de detalle afectante a unidad UE 12-3

El Pleno del Ayuntamiento de Olite, en sesión plenaria del pasado 6 de agosto de 2010 ha acordado aprobar definitivamente la modificación del Estudio de Detalle cuyo texto se reproduce a continuación.

MODIFICACIÓN DE ESTUDIO DE DETALLE
AFECTANTE A UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-12-3

1.-Objeto.

El presente Estudio de Detalle tiene por objeto la modificación puntual de 2 aspectos normativos recogidos, uno, en el Plan Urbanístico Municipal de Olite, y otro, en el Estudio de Detalle para la Ordenación de la UE 12-3 de Olite.

4.-Normativa urbanistica actual.

La Normativa Urbanística vigente en Olite contempla los siguientes aspectos:

a) En las Ordenanzas de Edificación del Plan Urbanístico Municipal de Olite en su artículo 23.2 se señala para las plantas de pisos una altura libre ? 2,50 m.

b) El Estudio de Detalle de la UE 12-3 de Olite, en el artículo 2.2.1.1 se establece una altura "H" a cornisa ? 10,50 m y como altura en plantas Baja+2+Bajo cubierta.

5.-Nueva normativa urbanistica.

El presente documento tiene por objeto, como se ha explicado anteriormente, modificar de forma puntual algunos aspectos de la Normativa existente sin traicionar el espíritu de la misma. A continuación se reflejan dichos cambios:

a) El artículo 23.2 del Plan Municipal de Olite deberá señalar para las plantas de pisos una altura libre ? 2,40 m.

b) En la parcela C de la UE 12.3 de Olite el artículo 2.2.1.1 del Estudio de Detalle deberá reflejar como altura en plantas Baja+3.

6.-Justificación.

Los cambios de Normativa propuestos obedecen a los siguientes motivos:

a) La altura libre mínima de pisos de 2,40 m es una altura admitida en el Decreto Foral 142/2004, de 22 de marzo, por el que se regulan las Condiciones Mínimas de Habitabilidad de las Viviendas en la Comunidad Foral de Navarra.

b) Al establecer como altura libre mínima de plantas de pisos 2,40 m, y dado que el Estudio de Detalle de la UE 12-3 permite una altura a cornisa de 10,50 m, en la parcela C de dicha unidad cabe perfectamente una edificación de Baja+3.

Precisamente, según conversaciones mantenidas con el Ayuntamiento, la elevación de la altura de cornisa a 10,50 m en esta unidad responde a la idea de ocultar los medianiles del edifico existente que tiene una altura de Baja+3.

Lo que se hace público para general conocimiento con la indicación de que, frente a la presente modificación de Estudio de detalle cabrá interponer los siguientes recursos:

-De alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

-Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Olite, 7 de abril de 2011.-La Alcaldesa, María Carmen Ochoa.

Código del anuncio: L1106545