BOLETÍN Nº 81 - 29 de abril de 2011

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

EGÜÉS

Aprobación definitiva de modificación del Plan Municipal
del Valle de Egüés en el ámbito de Ardanaz

El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés, en sesión celebrada el día 4 de setiembre de 2007, con el quórum de la mayoría absoluta legal, acordó aprobar definitivamente la modificación del Plan Municipal del Valle de Egüés en la unidad UAO 1.2 de Ardanaz, promovida por Vicente Garrido Elustondo y Adam Myszkowski.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se publica el presente anuncio de la citada aprobación definitiva, junto con el contenido de la modificación.

CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN

Dentro del artículo 26 de Normas Urbanísticas Particulares de Ardanaz, se añade una nueva unidad -integrada por las parcelas catastrales 381 y 382 del polígono 19- con el siguiente contenido:

Unidad UAO 1.2.

-Clasificación: Suelo Urbano Ordenado.

-Calificación: Residencial.

-Condiciones de la edificación.

  • Tipología: Vivienda unifamiliar aislada.
  • Superficie estimada: 1.200 m².
  • Alineaciones: Las establecidas en el Estudio de Detalle.
  • Profundidad edificable: La establecida en el Estudio de Detalle.
  • Edificabilidad: 259 m² por parcela.
  • Ocupación permitida: La ocupación es libre dentro de las alineaciones establecidas en el Estudio de Detalle.
  • Número máximo de plantas: Planta baja + 1 planta.
  • Altura máxima de planta baja: 3,50 m (exceptuando las dobles alturas).
  • Altura máxima de planta pisos: 2,70 m (exceptuando espacios bajo cubiertas inclinadas).

-Condiciones de uso:

  • Usos principales: Residencial y los vinculados con el mismo.
  • Usos tolerados: en planta baja comercial, servicios, almacenes y pequeñas industrias de tipo artesanal.
  • Usos prohibidos: todos los demás.

-Cumplimiento de la normativa urbanística vigente.

  • Los propietarios de los terrenos sitos dentro de la UAO 1.2 de Ardanaz, deberán ceder obligatoria y gratuitamente al Ayuntamiento, el 10% del aprovechamiento de dicha unidad. Dadas las condiciones de la unidad, la citada cesión se realizará mediante el pago de cantidad sustitutoria en metálico -previa la oportuna valoración-, a cuyo efecto se suscribirá el correspondiente convenio urbanístico. No se concederán licencias urbanísticas en la unidad, en tanto no se cumpla la citada obligación de cesión del 10%.
  • No se afecta a zonas verdes y espacios libres, ni supone la modificación un aumento del número de viviendas.

Valle de Egüés, 4 de abril de 2011.-El Alcalde-Presidente, José A. Andía García de Olalla.

Código del anuncio: L1106540