BOLETÍN Nº 77 - 20 de abril de 2011

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 104/2011, de 15 de marzo, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales para el proyecto de construcción de línea eléctrica subterránea a 13,2 kV en la parcela 589 del polígono 2 del término municipal de Arróniz (Navarra), promovido por María Carmen de Izco Ollo.

Ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la documentación para la obtención de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado, al estar incluido en el Anexo 2C apartado I) del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

Este Decreto Foral establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

El proyecto tiene por objeto el soterramiento de una línea eléctrica aérea existente, para lo cual se construirá una zanja en el borde este de la parcela 589 del polígono 2 del término municipal de Arróniz (Navarra).

Consta en el expediente informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y del Ayuntamiento de Arróniz. La Sección de Evaluación Ambiental informa que el proyecto no generará afecciones ambientales significativas.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Otorgar la Autorización de Afecciones Ambientales para el proyecto de construcción de línea eléctrica subterránea a 13,2 kV en la parcela 589 del polígono 2 del término municipal de Arróniz (Navarra), promovido por M.ª Carmen de Izco Ollo.

2.º Esta autorización estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:

-Para reducir el riesgo de electrocución en el apoyo de conversión aéreo-subterránea, los puentes flojos de enlace entre los conductores de la línea y los seccionadores XS, así como los puentes flojos de enlace entre éstos y los pararrayos autoválvulas y terminales deberán aislarse en su totalidad con material aislante adecuado para trabajos en alta tensión y protección de la avifauna. Por su parte los pararrayos autoválvulas y terminales deberán instalarse en posición suspendida o, en su defecto, se protegerán con capuchones premoldeados BCAC ("Bushing connection animal cover") o similares.

-Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución del proyecto, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueran precisas de los organismos competentes en razón de la materia de que se trate.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Arróniz y al promotor, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de marzo de 2011.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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