BOLETÍN Nº 68 - 7 de abril de 2011

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Demanda 615/2010

Doña Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 615/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Mikel Urriza Echarri, Amaya Martín Samanes y Aitor Montoya Dufur contra la empresa Ilusiona Creatividad en Internet Sociedad Limitada y fondo de garantía salarial, sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Fallo

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Mikel Urías Echarri, doña Amaia Martín Salames y don Aitor Montoya Dufur frente a la empresa Ilusiona Creatividad en Internet Sociedad Limitada y FOGASA, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a los demandantes las siguientes cantidades:

-Don Mikel Urriza Echarri: 8.569,81 euros, más el 10 por cien anual en concepto de interés por mora sobre 5.526,42 euros.

-Doña Amaia Martín Salames: 4.887,05 euros, más el 10 por cien anual en concepto de interés por mora sobre 3.842,83 euros.

-Don Aitor Montoya Dufur: 4.187,72 euros, más el 10 por cien anual en concepto de interés por mora sobre 3.771,44 euros.

Y debo absolver y absuelvo al FOGASA de todos los pedimentos contra el mismo deducidos, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que legalmente pudiera corresponderle.

Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará en el plazo de cinco dias hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado, Graduado Social Colegiado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado o Graduado Social Colegiado que le dirija el Recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,00 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito Sociedad Anónima, Banco de Vitoria Sociedad Anónima), sucursal de la Calle Cortes de Navarra número 5, de Pamplona y cuenta num.3159, procedimiento número 3159 0000 65 0615 10. Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cta., esta vez con el número de procedimiento 3159 0000 67 0615 10, la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Ilusiona Creatividad en Internet Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Pamplona, 11 de marzo de 2011.-La Secretaria Judicial, Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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